Más allá del número de participantes, el otro recuento del 9-N es el del número de denuncias presentadas. Durante el día se presentaron quince en Barcelona, seis en Manresa, dos en Tarragona y una en Badalona, por parte de individuales y miembros del PP, de UPyD y, en gran número, de PxC. En cambio, ninguna de ellas se materializó en actuaciones judiciales el domingo. Los juzgados consideraron fuera de lugar las medidas cautelares planteadas –es decir, la retirada de las urnas. Pero sí que abrieron diligencias por las denuncias presentadas, que deberán seguir su curso legal en los próximos días.
La Fiscalía preparaba ayer una querella en base a las denuncias, y es probable que no sea la única acción jurídica contra la consulta. Pesan acusaciones sobre Artur Mas y algunos consejeros del Govern: la de educación Irene Rigau, el de interior Ramon Espadaler y la vicepresidenta Joana Ortega. UPyD también apuntaba ayer incluso a Mariano Rajoy, al que acusaba de prevaricación por su inacción.
La decisión de los jueces el domingo de no intervenir fue recibida por los participantes en la votación como una victoria y permitió celebrar una jornada de movilización sin ningún incidente notable. La magnitud del proceso, con 6.695 mesas de participación por toda Catalunya, hacía prácticamente imposible la intervención, y el juzgado de instrucción de Barcelona que respondió a la mayoría de denuncias consideró que no aparecían “razones de urgencia o relativas al orden público que aconsejaran” la adopción las medidas cautelares.
Para Benet Salellas, abogado y miembro de la Comisión de Control de la Ley de Consultas –suspendida a la espera de la resolución del Tribunal Constitucional–, en esa respuesta “entró en juego el concepto de desbordar la legalidad”. “Hay una situación de hecho que hace que el derecho sea totalmente ineficaz”, explica el letrado. “Las decisiones judiciales que se hubieran tomado para suspender la consulta o retirar las urnas o no se hubieran ejecutado o hubieran provocado tal situación de rebelión, que lo que hacen es reconocer el poder que tenemos cuando nos organizamos ante resoluciones injustas”, asegura.
El abogado considera que el 9-N no hubo una situación de desobediencia y que los tribunales evitaron actuar precisamente para evitarla. “Gran parte de la población de la Catalunya estaba entrando en un discurso generalizado de desobediencia civil, no sólo contra el TC sino contra todos los poderes públicos”, dice Salellas, que apunta a que los propios juzgados les interesaba evitar esta situación. “Si tú tomas una decisión judicial y ésta no se puede materializar, lo que el sentido común lleva a pensar es que si quieres defender la vigencia de la institución más vale que no lo pruebes”.
Denuncias pendientes
A pesar del domingo tranquilo, las acusaciones de desobediencia, prevaricación o malversación hacia responsables de la Generalitat y funcionarios siguen sobre la mesa. Con las denuncias recogidas, la Fiscalía Superior de Catalunya presentará una querella ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Desde el sábado la Fiscalía ya ordenó a los Mossos identificar los locales de votación y los responsables de abrirlos, a lo que la Generalitat respondió toda la responsabilidad por no cargarla sobre los voluntarios.
En un artículo publicado el mismo sábado en El País, el exfiscal del TSJC José María Mena aseguraba, sin embargo, que la Generalitat no incurrió en ningún delito de desobediencia. Con la presentación del recurso contra el 9-N alternativo, la Abogacía del Estado pidió al Constitucional que hiciera constar que “las autoridades y funcionarios de Catalunya que no acaten la orden de suspensión podrían cometer un delito de desobediencia, que lleva aparejada la pena de inhabilitación”. No obstante, el TC no lo recogió en la suspensión, y Mena destaca que esta advertencia “desde hace muchos años, ha sido un presupuesto imprescindible, según el Tribunal Supremo, para que se pueda castigar a las autoridades o funcionarios por el delito de desobediencia a las órdenes de una autoridad superior”.
El alto tribunal admitió a trámite el recurso del Gobierno porque tenía que hacerlo ya que cumplía todos los requisitos, apunta Mena. Sin embargo, considera que el único resultado efectivo del recurso “es la nulidad jurídica de las actuaciones de la Generalitat vinculadas a la consulta”. “Todo lo que resuelva, decida, ordene, comunique o haga, será nulo, como jurídicamente inexistente. Y nada más”, concluye. Sin embargo, el juzgado que tramitó las denuncias en Barcelona el domingo no descarta que se pueda dar un delito de desobediencia, y corresponderá al TSJC dirimirlo.
Prevaricación y malversación, difíciles de probar
Benet Salellas considera que “el Govern en una parte muy importante de su actuación ha actuado de forma totalmente legal, y en una parte en un campo de alegalidad” y que “no hay delitos de ninguna de las maneras”. Aparte de compartir los argumentos de Mena en cuanto a la desobediencia, tampoco cree que se puedan probar delitos de prevaricación o malversación por parte de la Generalitat.
El delito de prevaricación consiste en dictar una resolución arbitraria a sabiendas de que es manifiestamente injusta. En este caso, el abogado considera que los denunciantes se encontrarían dos dificultades. Por un lado, identificar la resolución –“¿Qué resolución ha dictado Mas al respecto?”, pregunta para señalar la ausencia. Por el otro, argumentar que sea manifiestamente injusta.
En cuanto a la acusación de malversación, habiendo dedicado recursos públicos a este proceso, señala que el Govern podrá argumentar que los destinó antes que la convocatoria fuera suspendida, en base a sus competencias en participación ciudadana.
A la espera del TC
Con el incumplimiento de la suspensión del 9-N por parte del Constitucional, Salellas considera que “vemos como las instituciones del Estado dejan de ser vigentes en Catalunya, en un tema muy concreto, pero es una especie de rebelión que está desactivando las instituciones del Estado en pro de construir otras nuevas”. “Para el Estado es un callejón sin salida político en el que se ha colocado él solito”, apunta.
En todo caso, considera que el TC tenía más herramientas que las que utilizó –tanto en la primera como en la segunda suspensión– para impedir la celebración de la consulta. Quedará ver la resolución del Constitucional sobre la Ley de Consultas, la convocatoria del 9-N y el proceso participativo que lo sustituyó –hasta ahora sólo ha habido una suspensión cautelar–, pero Salellas considera que, ante la movilización ciudadana, “el tribunal no quiso entrar en una situación de enrocamiento”.