El expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps se ha librado definitivamente de la investigación de las presuntas irregularidades en la organización de la visita del Papa Benedicto XVI a Valencia. La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha avalado el archivo de la instrucción al no haber detectado “ningún propósito delictivo” en el acuerdo de creación de la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias (FVEMF).
El auto rechaza la argumentación de la Abogacía de la Generalitat Valenciana y del Ministerio Fiscal y refrenda que, a pesar de las millonarias inyecciones dinerarias del Gobierno autonómico del PP, la Fundación que organizó el encuentro era de naturaleza privada y no estaba, por tanto, sometida a la normativa de contratación pública. La Audiencia Provincial de Valencia tilda de “extensa y desmesurada duración” al periodo de instrucción, que se ha prolongado durante cinco años.
El auto, del que ha sido ponente el magistrado Pedro Castellano, destaca la proyección de la visita del Papa y “el objetivo del buen desarrollo de los actos”, por “ser de notorio y público conocimiento el inmenso número de personas asistentes directamente a los mismos y el ingente seguimiento que tuvo a través de los medios de comunicación, con la consiguiente y paralela proyección mundial de la imagen de la ciudad de Valencia, viniendo pues a prestar la fundación un irrefutable servicio público finalmente auxiliada en sus costos por el Gobierno autonómico”.
La Fundación, definida como privada en la escritura de constitución, pasó a ser pública en 2010, cuando la Generalitat incrementó la dotación fundacional en dos millones de euros y la integró en el sector público. Así, la jueza instructora descartó que la FVEMF tuviera que someterse a las “formalidades de la contratación pública”.
La investigación no ha podido acreditar que la fundación se creara deliberadamente con el fin de eludir la normativa de la contratación pública. Así, Camps era simplemente el presidente de honor de la fundación, “sin ninguna atribución concreta”. No consta que participara en sus actividades y nadie lo vio en las reuniones de trabajo.
Sobre el supuesto delito de malversación de caudales públicos, la resolución de la jueza que avala la Audiencia Provincial de Valencia recuerda que la aportación de dos millones de euros y la asunción de las deudas de 1,3 millones por parte del Gobierno autonómico fue una “decisión política del Consell”, además con los informes favorables de la Intervención y de la Abogacía de la Generalitat Valenciana.
Los magistrados de la Audiencia de Valencia lamentan la “interminable discusión” entre las partes que se han visto encerradas en un “laberinto jurídico administrativo completamente tangencial a la jurisdicción penal”. La Fiscalía insistía en que la dotación fundacional era pública en un 75% por lo que cuestiona la naturaleza privada.
“Presumir que los creadores de la Fundación la dotaron de la formalidad privada para eludir los controles públicos, no se compadece bien desde un punto de vista lógico con la presunción simultánea de imputar a los autores la intención de abonar en el futuro las deudas con su consiguiente visibilidad, al igual que con el interés porque en su composición estuvieran presentes todas las instituciones públicas más representativas de la ciudad, y por supuesto el estamento eclesiástico, del cual dependía en buena parte el señalamiento de los hitos que pudieran demandar las autoridades eclesiásticas del Vaticano, naturalmente parte esencial, decisora e influyente en la misión de la Fundación”, reza el auto.
Además, tras cinco años de instrucción, no se ha podido demostrar que se favoreciera a determinadas empresas contratistas, que “han justificado y explicado tanto sus trabajos como la remuneración percibida”. Simplemente, sostiene el auto, se han descubierto “defectos contables en el sistema de facturación”, especialmente de la empresa pública Vaersa.