El expresidente socialista de la Diputación de Valencia dimitido tras su detención por la Policía queda absuelto cinco años después

Lucas Marco

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El 27 de junio del 2018, el entonces presidente de la Diputación de Valencia, Jorge Rodríguez, fue detenido por agentes de la Unidad de Delincuencias Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional en una operación comandada por la Fiscalía Anticorrupción. La imputación del político socialista en la causa, relativa a la presunta contratación ilegal de una decena de cargos de alta dirección vinculados al PSPV-PSOE y a Compromís, supuso su salida del partido y la creación de la candidatura de La Vall Ens Uneix, que arrasó en Ontinyent, la localidad de la comarca de la Vall d'Albaida de la que Rodríguez es alcalde. Tras un lustro de suplicio judicial, el 'caso Alquería' ha quedado en nada.

La sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a todos los acusados en una sentencia que tumba todas y cada una de las tesis de la Fiscalía Anticorrupción y de las acusaciones populares, ejercidas por el PP y por la entidad Acción Cívica Contra la Corrupción. No hubo, según el fallo, ni prevaricación administrativa, ni malversación de caudales públicos, ni falsedad en documento oficial.

Toda la causa pivotaba sobre la contratación como personal de alta dirección en Imelsa (la empresa pública de la Diputación de Valencia que había sido el epicentro del 'caso Taula' durante el último mandato del PP de Alfonso Rus) de siete personas de confianza del PSPV-PSOE y de Compromis: Josep Lluís Melero, María Soledad Torija, Raúl Ibáñez Fos, Manuel Carot Martínez, Miguel Ángel Ferri Llopis, Salvador Femenía Peiró y Pau Pérez Lledó (éste último finalmente no fue acusado), cuyas retribuciones y cotizaciones alcanzaron un coste total aproximado de un millón de euros. Además de Jorge Rodríguez, también se sentaron en el banquillo de los acusados su jefe de gabinete, Ricard Gallego, su asesor Manuel Reguart, y los cogerentes José Ramón Tíller (PSPV) y Agustina Brines (Compromís).

Sin embargo, lejos de ser 'enchufes dorados', tal como mantenían las acusaciones, no ha resultado acreditado “ni que las áreas carecieran de contenido real, ni que esta nueva estructura de Imelsa se mantuviera oculta al Consejo de Administración”, aunque este órgano no las acordara.

Además, agrega la sentencia, “no sólo no resulta acreditado que la sociedad [Imelsa] resultase económicamente perjudicada por este nuevo modelo de gestión, sino que podría afirmarse que la nueva estructura” de la empresa pública “permitió ampliar significativamente su actividad sin que lo hiciera su presupuesto”. Es decir, que a la postre las contrataciones de los altos directivos cercanos al PSPV-PSOE y a Compromís no salieron caras a la institución provincial.

La sentencia tampoco asume un punto en el que incidió especialmente la acusación pública: la existencia de una suerte de órgano paralelo al consejo de administración, para eludir a la oposición formada por el PP y Ciudadanos. Así, no hubo “una maniobra de ocultación” de las contrataciones al consejo de administración, aunque no fueran refrendadas por este órgano. 

Sobre el singular procedimiento de contratación, el fallo reconoce que no hubo un concurso público para cubrir los puestos de alta dirección pero apostilla que todos los seleccionados eran personas “formadas académicamente y con una amplia experiencia laboral”, desarrollada en ámbitos relacionados con la política o que directamente habían sido cargos públicos (con la única excepción de Soledad Torija, que no tenía vinculación partidista alguna).

La clave de la absolución de todos los acusados radica en que no se ha acreditado que la creación de las nuevas áreas de alta dirección “obedeciera a la necesidad o voluntad de contratar a determinadas personas como una forma de pagar favores o conceder prebendas”. De hecho, la sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia sostiene que “más bien” fue al revés: “Se dotó a Imelsa de una nueva estructura que, con más o menos acierto, no estamos en condiciones de valorarlo, se consideró más eficaz para el cumplimiento de los fines sociales”.

Así, “se buscaron personas que fueran capaces para el desempeño y, no menos importante que su capacidad, formación y profesionalidad, se buscaron personas que pudieran merecer la confianza del equipo directivo”. Y es que, según la sentencia, “no es extraño” que fueran perfiles políticamente próximos a los partidos que gobernaban la Diputación de Valencia “pues, en definitiva, se trataba de desarrollar acciones que, dentro del objeto social de la mercantil [Imelsa] tienen un marcado carácter político.

La empresa pública, agrega, “no es sino un ente instrumental de la Diputación para la implementación sus políticas”. Además, no se ha podido establecer que los acusados desempeñaran un “trabajo irrelevante o carente de responsabilidad”, apostilla. Los contratados sostuvieron al unísono que nunca habían visto un contrato de alta dirección (ni siquiera el letrado Raúl Ibáñez) y que simplemente les explicaron “en líneas generales” las condiciones y el sueldo. También les advirtieron de que se trataba de un contrato temporal y no tuvieron ocasión de negociar la modalidad de la contratación ni las condiciones.

“Lo reprochable sería el descontrol”

Sobre Jorge Rodríguez, expresidente de la Diputación de Valencia, no resulta “censurable” que procurara controlar —“en el estricto sentido de este término”— la empresa pública, “pues es su responsabilidad hacerlo y lo reprochable sería más bien de lo contrario, el descontrol”. La sentencia también arguye que “parece de sentido común” que su jefe de gabinete, Ricard Gallego, y su asesor Manuel Reguart, estuvieran al tanto de “la marcha” de Imelsa, hablaran con sus gerentes e incluso asistieron a los consejos de dirección (sin voz ni voto) para informar al presidente de la institución provincial. Gallego, además, no tuvo participación en las primeras contrataciones del año 2015, remarca el fallo.

Tampoco ha resultado acreditado que el actual alcalde de Ontinyent remitiera ningún currículum o “propusiera, indicara o sugiriera” nombre alguno de los altos directivos contratados. Ni que tuviera “una estrecha relación, por amistad o afinidad política con ninguno de ellos”, tal como se desprende de los abundantes mensajes telefónicos y correos electrónicos analizados por los investigadores de la UDEF. 

La clave de todo el asunto ha sido la supuesta ilegalidad de los contratos, que ha “monopolizado buena parte del debate” en el juicio oral, más propio por momentos de una discusión de la jurisdicción administrativa o laboral que del ámbito estrictamente penal. No es en absoluto “un tema pacífico” en la jurisprudencia, recuerda la sentencia.

Un debate sin precedentes en el ámbito penal

“No hemos hallado precedentes en la jurisprudencia en los que se haya abordado el tema de la contratación de directivos o altos directivos por parte de una sociedad mercantil de capital público, ni de ningún otro ente instrumental público, en el ámbito de la jurisdicción penal”, recuerda la sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia.

Sí que existen, por el contrario, en materia de contratación por parte de las administraciones estatales o locales; sin embargo “no hay parangón” en relación con el 'caso Alquería'. “En definitiva, no puede decirse que el tema no sea polémico”, concluye la sentencia. Y, además, en el ámbito laboral “tampoco puede decirse que el tema esté exento de polémica”.

El fallo también establece que, tal como declaró el inspector de la UDEF que analizó “los innumerables archivos de correo”, no hubo presiones. Por el contrario, “está fuera de toda duda que se pidieron los informes a los técnicos”.

Uno de los principales colaboradores de la Fiscalía Anticorrupción en el 'caso Alquería', el jefe jurídico de la empresa pública José Luís Vera (actualmente investigado en el marco del 'caso Azud') “mantuvo criterios diversos y, en algún caso, contradictorio”, reprocha el fallo en referencia a uno testigos principales del juicio. 

Sobre la presunta malversación que se imputaba a los acusados, el fallo indica que las cantidades “fueron satisfechas en concepto de salario”, según los respectivos contratos de trabajo, lo que “impide hablar de sustracción o de desvío de fondos”. Así, “no ha habido perjuicio para las arcas públicas”, ya que la empresa pública “se benefició del trabajo que los contratados desempeñaron”. Por otro lado, sobre la supuesta falsedad en documento oficial, la sentencia reprocha a las acusaciones que “son muy poco concretas”.

Jorge Rodríguez: “La sentencia desmonta punto por punto todos los argumentos de la acusación”

Dos días después de las elecciones del 28M y en pleno prolegómeno de la negociación de la nueva Diputación de Valencia, la única institución que conserva la izquierda valenciana tras la cita con las urnas, los partidos de los acusados en el 'caso Alquería' han valorado la absolución.

Jorge Rodríguez ha comparecido para valorar la sentencia absolutoria. En una rueda de prensa junto con su jefe de gabinete, Ricard Gallego y la diputada provincial de la Vall Ens Uneix, Natàlia Enguix, el expresidente de la institución provincial ha mostrado su alivio por la absolución, informe Toni Cuquerella.

El alcalde ha asegurado que han sido cinco años “de mucho de dolor” y ha agradecido el apoyo de los vecinos de Ontinyent, que lo han demostrado dándole la confianza con dos mayorías absolutas consecutivas. Pero Rodríguez no ha podido evitar emocionarse recordando a su madre, que murió a los tres meses de su detención. “Me habría gustado que mi madre, que sufrió mi detención, me hubiera visto inocente, son daños irreparables”, ha afirmado.

Sobre la sentencia considera que “desmonta punto por punto todos los argumentos de la acusación” y se ha mostrado agradecido por que “la justicia ha trabajado con imparcialidad”. Eso sí, ha sido crítico sobre cómo se encaró la investigación del caso: ha señalado que la sentencia indica que el caso de los contratos se tendría que haber resuelto por la vía laboral y no la penal. “Nosotros salimos esposados de la Diputación”, ha recordado.

La referencia al futuro del gobierno de la Diputación de València vinculado a su antiguo partido, el PSPV-PSOE, ha sido inevitable. “La confianza se recupera rectificando, entonando lo 'mea culpa', es un buen gesto para restituir la confianza”, ha afirmado. Pese al comunicado de felicitación remitido por el PSPV, echa en falta las disculpas del secretario general del PSOE, y también del líder de los socialistas valencianos, Ximo Puig y de su secretario de Organización, José Muñoz. “Sólo me ha enviado un mensaje de enhorabuena Rebeca Torró”, quien fuera su mano derecha en el Ayuntamiento.

Rodríguez ha informado de que ya le ha llamado Vicente Mompó, del PP, y el socialista Carlos Fernández Bielsa, para felicitarle por el diputado conseguido, y de cara a entablar conversaciones para el futuro gobierno de la Diputación. Sin embargo, ha lamentado: “Unos nos han pedido ocho años de prisión y otros nos han tratado como apestados”, por lo que afirma que “el nivel de confianza es muy bajo” porque “no es una cuestión tanto de política como humana”.

“Si tenemos ánimos de entendimiento debemos saber pasar página, pero para ello es necesario mucha conversación”, eso sí, ha dejado claro que “nosotros no vamos a blanquear la ultraderecha. Nosotros venimos de donde venimos”, ha agregado.

El PSPV-PSOE, por su parte, ha celebrado la sentencia absolutoria. Los socialistas señalan que “el tiempo y la justicia han demostrado la honorabilidad de los investigados y su buen hacer durante el tiempo que ocuparon cargos de responsabilidad en las instituciones valencianas”.

El partido del que salió Jorge Rodríguez para crear una nueva formación política ha transmitido al expresidente de la Diputación de València y actual alcalde de Ontinyent y al resto de personas implicadas en el 'caso Alquería', su “enhorabuena por la decisión” de la sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia de absolver a todos los acusados.

Por su parte, el senador de Compromís, Carles Mulet, ha indicado en un tuit: “Mira la casualidad, justo después de las elecciones, no antes”, en referencia a la fecha en que la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado el fallo.