Me sorprende la sentencia augurada o el Dictamen del Abogado del TJUE sobre el IRPH, precisamente redactando un recurso o reclamación contra el Reino de España ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, popularmente el Tribunal de Estrasburgo, precisamente por un españolito al que un banco le vendió un producto con capital garantizado y después perdió hasta la camisa, sin que ningún juzgado ni Tribunal en España extrañamente, le haya dado la razón o lo haya amparado.
Esto es claramente una vulneración de su sacrosanto derecho a la propiedad y a haber tenido un juicio justo y con doble instancia o revisión efectiva. A nuestro entender. Y que en España, lamentablemente, no se le ha respetado. Claro. Como hoy sienta el TJUE: no se puede cobrar demás en los intereses de los préstamos hipotecarios por aplicación de cláusulas abusivas y/o oscuras como esta del IRPH. El españolito que además firmó esta hipoteca con trampa, con IRPH, más de un millón, no sabía que por ello iba a pagar de media 20.000 euros demás que con una hipoteca normal. Los bancos implicados ya lo tienen provisionado y atenderán voluntariamente y sino con demanda judicial a este nuevo fiasco. Tal vez tengan que devolver más de 60 mil millones de euros... Pero es que los usuarios y consumidores de banca han de ser tratados con esmero. Al igual que por la Justicia. Pues al final, son los paganos tantos de unos como de otros.