La portada de mañana
Acceder
El rey pide a los políticos “serenidad” para rebajar “el ruido de fondo"
'Sor Collina', la monja que ejercía de enlace entre los presos y la mafia calabresa
OPINIÓN | 'El rey se hace un selfie en el barro', por Isaac Rosa

La nueva ordenanza de movilidad de València limita a 5 kilómetros por hora la velocidad de las sillas de ruedas

El borrador de la nueva Ordenanza de Movilidad de Valencia, cuyo texto está pendiente de aprobación en el pleno municipal, momento en el que particulares y entidades podrán acceder a ella y presentar alegaciones, no ha dejado prácticamente ningún aspecto por regular.

Tanto es así, que no solo se han establecido límites de velocidad a los patinetes eléctricos y las bicicletas en función del tipo de viario por el que circulen, sino también a las sillas de ruedas.

En concreto, el artículo 24.2 relativo al capítulo 1 sobre derechos y deberes del peatón establece que “hay que considerar igualmente como peatones a las personas con movilidad reducida que utilizan vehículos a ruedas, eléctricos o no, acomodando su marcha a la de las personas que se desplazan a pie y en todo caso a una velocidad nunca superior a los 5 Km por hora”.

El mismo artículo añade que también se consideran peatones a “los niños y niñas que circulan por las aceras con patines y otros dispositivos con ruedas, y ciclistas empujando la bicicleta con la mano”.

Además, el artículo 26.1 relativo a las obligaciones de los peatones establece que “los peatones transitarán por las calles, aceras, pasos y andenes a ellos destinados, según la organización de cada viario, teniendo siempre la preferencia las personas con diversidad funcional y aquellas con movilidad reducida que se desplacen en sillas de ruedas o vehículos similares”.

En lo que concierne a la limitación de velocidad de las sillas de ruedas, el Ayuntamiento añade así una velocidad máxima que, según fuentes de la Dirección General de Tráfico (DGT), no está especificada en el Reglamento de Circulación, por lo que, explican, no habría ningún inconveniente en que una ordenanza municipal lo contemplara.

Al respecto, desde la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (Cocemfe), han comentado que “la normativa de circulación existente que equipara a la persona usuaria de silla de ruedas con el peatón no incluye límites de velocidad para los primeros”.

Por este motivo, “se considera que las condiciones de aplicación a las personas usuarias de sillas de ruedas deben ser las mismas que al peatón en general, figura a la que es asimilada”.

Aún así, Cocemfe entiende que indirectamente “este límite de 5 kilómetros por hora es el que también tiene aplicado el peatón en general, ya que tiene prohibido desplazarse corriendo por la acera y el paso medio de un peatón está entre los 5 o 6 kilómetros por hora”.

Con todo, han explicado que analizarán tanto este aspecto de la Ordenanza como todo lo que tenga que ver con las personas con movilidad reducida en la comisión de accesibilidad una vez se abra el plazo de alegaciones y se haga público el borrador de la normativa.

Las mismas fuentes han añadido que una silla convencional alcanza los 6 kilómetros por hora, otras de gama media alcanzan los 10 kilómetros por hora y las que cuentan con más prestaciones pueden llegar a los 14 kilómetros por hora.

La ordenanza establece, sin embargo, unas limitaciones de 10 kilómetros por hora para patinetes eléctricos de tipo A (los más ligeros) y bicicletas en zonas peatonales.

La diferencia se explica en que las personas con movilidad reducida que usan sillas de ruedas tienen la consideración de peatones, algo que obviamente no sucede con ciclistas y usuarios de patinetes eléctricos.

Regulación para patinetes, bicis y otras novedades

Como informó eldiario.es, los patinetes eléctricos en ningún caso podrán circular por las aceras.

Sin embargo, los de tipo A (los más ligeros que solo alcanzan 20 kilómetros por hora) podrán circular por zonas peatonales a una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora, a un máximo de 15 kilómetros por hora en los carriles bici que estén sobre la acera, y a 20 kilómetros por carriles bici habilitados sobre la calzada, como el anillo ciclista. Además, podrán circular por la calzada en áreas de prioridad residencial, en calles 30 de un solo carril y en ciclocalles.

Los patinetes de tipo B (alcanzan los 25 kilómetros por hora) tendrán las mismas condiciones, salvo que al tener una potencia mayor no podrán circular por zonas peatonales.

En cuanto al uso de las bicis, la novedad más significativa es que en algunos casos se permite que los ciclistas rebasen un semáforo en rojo.

En concreto, el artículo 33-B4, establece que cuando una bicicleta circule por la calzada, “en los cruces semaforizados, se permite a los ciclistas adelantarse a la línea de detención estando el semáforo en fase roja para realizar un giro para acceder a un carril bici adyacente o a una calle peatonal, respetando la prioridad del resto de personas usuarias. En particular, en aquellos cruces semaforizados en los que exista paso de peatones, los ciclistas respetarán en todo momento la prioridad peatonal”.

Lo mismo se podrá hacer para realizar un giro a la derecha, aunque no haya carril bici, siempre que haya una señal que así lo indique.

La normativa también otorga autoridad, tanto a los agentes de la ORA como a los inspectores de la EMT, para “formular denuncias respecto de todas las infracciones de estacionamiento por vulneración tanto de las normas generales como de las específicas de su ámbito de actuación”.