El Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia, que investiga el accidente de metro en el que murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas, ha resuelto tener como imputados a la exgerente de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), Marisa Gracia, y a otros cinco exdirectivos, para evitar que los delitos, en el caso de que los hubiera, prescriban.
Los cinco exdirectivos son el exdirector de auditoría y seguridad en la explotación, el exdirector de operaciones, el exjefe de mantenimiento de instalaciones fijas, el exjefe de talleres de Valencia Sud y el exjefe de la Línea 1, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
La instructora adopta ahora esta decisión para evitar que los delitos, si los hubiera, prescriban ya que el informe pericial que está elaborando la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF), “que va a ser fundamental a la hora de concluir sobre la existencia o no de responsabilidades penales”, no estará concluido hasta octubre.
A este respecto, la juez lamenta en su auto la demora en la emisión del informe pericial que ha de determinar si FGV cumplía con la normas de seguridad exigibles conforme a la normativa ferroviaria y explica que, de no pronunciarse ahora sobre la condición de investigados de los seis exdirectivos, podrían producirse “consecuencias irreparables” ya que si del informe se desprendiese “la existencia de alguna irregularidad que pudiese llevar a entender que son exigibles responsabilidades penales, las mismas ya estarían prescritas”.
En el auto, notificado este lunes a las partes, la juez aclara que “recibido que sea el informe pericial de AESF se acordará lo que proceda respecto a mantener o levantar la condición de investigados”.
Petición de la Asociación de Víctimas
La magistrada estima así la petición formulada por el abogado de la Asociación Víctimas del Metro 3 de Julio (AVM3J), que representa a las familias de 13 de las 90 víctimas del accidente ferroviario.
Fue la Audiencia Provincial de Valencia, en la resolución que ordenó la reapertura del caso en julio de 2015, la que estableció la necesidad de realizar este informe pericial como paso previo a resolver sobre la imputación de los responsables de Ferrocarrils.
La instructora, en cumplimiento del mandato de la Audiencia, pidió a AESF la designación de dos peritos en noviembre de 2015. AESF respondió en febrero de 2016 y cinco días después la titular de Instrucción 21 les encargó el informe y los aspectos sobre los que éste tendría que versar sobre la comparación entre las medidas de seguridad exigibles a la empresa conforme a la normativa aplicable y las que había en la fecha del accidente.
La resolución de la juez en la que acordaba posponer el pronunciamiento sobre la situación de los exdirectivos de FGV cuya imputación solicitó el abogado de la AVM3J el pasado mes de marzo hasta recibir la pericial solicitada estaba amparada por el auto de la Audiencia. El abogado de la Asociación no recurrió dicha resolución, dictada en abril.
A principios de junio, no obstante, el letrado reiteró su petición. La magistrada preguntó entonces a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria sobre la previsión de entrega del informe, que aseguró que no lo tendrá concluido hasta octubre, motivo por el que la instructora ha decidido tener a los exdirectivos como investigados con la cautela de que si del informe no se desprenden indicios de delito la causa no se dirigirá contra ellos.
Así, explica que “sentado cuanto antecede y teniendo en cuenta que conforme consta en el punto segundo del fundamento jurídico anterior el informe a emitir por la AESF va a versar tanto sobre el material móvil (incluido mantenimiento de las unidades en el taller y revisiones técnicas) y cambio de ventanas, extremos sobre los que era responsable el Jefe de Talleres, así como todos aquellos extremos referidos a la infraestructura, vías, medidas de seguridad y baliza, cuyos responsables podrían ser el resto de personas sobre quienes se solicita la condición de investigados, se hace necesario en este momento tener por dirigido el procedimiento frente a todos ellos, sin perjuicio de que una vez se aporte el informe pericial de la AESF se pueda mantener o levantar tal condición”.
El otro informe, el requerido a Invassat tras la reapertura de las diligencias, descarta “infracción alguna de la normativa de prevención de riesgos laborales”, en coincidencia con los informes aportados por la Inspección de Trabajo.