El Tribunal Supremo confirma las condenas de hasta 46 años en el caso Terra Mítica
La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado las principales condenas a prisión del caso Terra Mítica que van de entre 5 años y 10 meses impuesta a los exdirectivos Justo Valverde Castañeda (exdirector de contratación) y Antonio Manuel Rincón García (exdirector técnico), a los 46 años de Antonio Moreno (empresario). No obstante el Supremo también corrige algún aspecto de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia, de 26 de abril de 2016, pasando el número de condenados de 22 a 19, y variando la pena de dos de los que continúan condenados.
La sentencia se produce tras el recurso de casación de los sentenciados, habiendo también condenas menores que no llevarán a los sentenciados a prisión, es el caso de los condenados solo por el delito de falsedad en documento mercantil a 19 de los procesados que tendrán un año y 10 meses de prisión.
Así tanto Valverde (excuñado de Eduardo Zaplana) como Rincón, y otros 17 acusados entre empresarios y familiares de estos, ven ratificadas sus penas por delitos de estafa agravada y continuado de falsedad en documento mercantil, con codenas que llegan hasta los 46 años de carcel por delitos de estafa, falsedad en documento mercantil y delitos contra la Hacienda Pública.
Los condenados Justo Valverde y Antonio Manuel Rincón, junto a otros siete procesados a los que consideró cooperadores, deberán indemnizar a Terra Mítica con 1.158.661 euros y a Hacienda con 185.385 euros.
El fraude se instrumentalizó con la emisión de facturas por trabajos o servicios que no se llevaban a cabo. Los empresarios condenados se dedujeron facturas correspondientes a esos trabajos con el propósito de compensar el coste fiscal derivado también de la emisión de facturas falsas.
La Fiscalía pidió el ingreso en prisión inmediato para los dos exdirectivos del parque condenados (Valverde y Rincón) y para los empresarios Antonio Moreno Carpio, José Luis Rubio y Vicente Conesa, y su esposa Matilde Ripoll.
El Ministerio Público argumentó para esta solicitud la existencia de riesgo de fuga y de “capitales que no han aflorado”, fruto de cuentas en Andorra en las que varios de los procesados figuraban como titulares hasta el inicio de la instrucción del caso.
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