El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha puntualizado que el juzgado de instrucción de Paterna no se comprometió a hacerse cargo de la exhumación de las víctimas del franquismo. A través del departamento de comunicación ha explicado que “el juzgado nunca judicializó las excavaciones que estaban realizando los arquéologos amparados en una autorización administrativa”.
La mención del tribunal se refiere a la información publicada por eldiariocv.es en la que se explica que el juzgado de Instrucción número 2 de Paterna no exhumará a las víctimas del franquismo enterradas en la Fosa 113 de dicha localidad y se interpreta como un paso atrás de la juez. La Asociación de Familiares de la Fosa 113, el equipo de ArqueoAntro y la diputada de Memoria Histórica, Rosa Pérez Garijo, se presentaron en el juzgado para informar del hallazgo de 12 cuerpos en el cementerio de Paterna.
Según informa el TSJ, la jueza realizó una inspección ocular y ordenó al forense un informe para datar la antigüedad de los restos óseos hallados “con la única finalidad de descartar que hubiera algún cadáver con etiología homicida con un antigüedad inferior a 20 años, porque en esos casos los delitos no estarían prescritos y el juzgado tendría que investigarlos”.
“En el auto de incoación de diligencias previas por el que se abre la causa no se adopta ninguna decisión respecto a la actuación de los arqueólogos: ni se judicializan las excavaciones, ni se tutorizan las actividades de los expertos que están allí trabajando y que siguen haciéndolo al margen del juzgado conforme a la autorización administrativa de la que disponen”, añade el TSJ.
“La jueza lo único que hace es oficiar al forense para que date la antigüedad de los restos y, descartada la existencia de restos humanos recientes, el juzgado archiva la causa. No hay pues ninguna marcha atrás ni ninguna rectificación”, concluye.
El argumento del juzgado de Paterna para archivar la causa es que “han transcurrido aproximadamente 70 años, tiempo que supera con creces el de la prescripción señalado en el artículo 131 y siguientes del Código Penal”.
La Asociación de Familiares de Víctimas del Franquismo de la Fosa 113 de Paterna, promotora de las obras de excavación y exhumación de dicha fosa que desde el pasado 22 de mayo está llevando a cabo el equipo arqueológico ArqueoAntro, gracias a una subvención de la Diputación de Valencia, recibió la noticia como “un jarro de agua fría”, según informó su presidente, Santi Vallés, en un comunicado.
El sobreseimiento implica que la Administración no se hará cargo de los costes que implica la exhumación ni de las pruebas de ADN, que la Policía Nacional no intervendrá y que el Estado no asume responsabilidades en la tutela de los cuerpos de los fusilados por el franquismo. Serán las familias quienes asuman los costes económicos.
Tras conocer el fallo de la jueza, el presidente de la Asociación de Familiares ha anunciado que la entidad está estudiando interponer recurso contra este archivo judicial.