Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.
El Consejo de Europa censura el sistema penitenciario español
El pasado 16 de noviembre, el Comité para la Prevención de la Tortura y otros tratos o penas inhumanas y degradante (en adelante, CPT), del Consejo de Europa, hizo público el Informe sobre el sistema penal y penitenciario español, tras la visita que realizó al Estado hace exactamente un año atrás. Pese a la acostumbrada técnica argumentativa consistente en comenzar reconociendo los esfuerzos de las autoridades por atender sus anteriores Recomendaciones, el CPT inicia un conjunto de descripciones de situaciones atentatorias contra los derechos humanos de las personas presas en España, con una contundencia notable y posiblemente más dura que las de los Informes anteriores que cada cuatro años se efectúan sobre las visitas a los estados miembros del Consejo de Europa.
Es significativo que un Informe de tal importancia, rigor en su investigación y probada independencia de sus miembros, no haya merecido la atención periodística que debiera, máxime cuando en estos pasados días tanto se ha elogiado al sistema penitenciario español, ante los requerimientos de las autoridades belgas a propósito del conflicto catalán, asunto que no se abordará aquí.
Interesa destacar, desde una estricta mirada de derechos humanos, algunas observaciones que conviene citar textualmente, de las señaladas por el CPT: “sin embargo, sí recibimos una importante cantidad de denuncias sobre maltrato físico (respaldadas por documentos médicos) por parte de los detenidos que se encuentran en los módulos de régimen cerrado y departamentos especiales. Se trata de bofetadas, puñetazos, patadas y golpes con porras propinados, principalmente, a modo de castigo informal tras episodios de desobediencia, violencia entre prisioneros o casos de autolesión. También se nos dijo que algunos de estos maltratos físicos tuvieron lugar mientras el prisionero en cuestión estaba sometido a sujeción mecánica. El CPT está seriamente preocupado por la gravedad de estos hechos y se recomienda que los directores de los centros lleven a cabo una mayor supervisión del personal y se garantice que las quejas presentadas por los detenidos sean investigadas de modo eficaz.
O un poco más adelante, añade el CPT que “El hecho de que se lleve a cabo la fijación mecánica de internos continúa siendo un asunto que preocupa al Comité. Las recomendaciones que en el pasado hizo el CPT para que se regulara debidamente el recurso a la inmovilización, no se han aplicado. Una vez más, la delegación del CPT vio que se recurría a la inmovilización de los presos durante largos períodos (días y horas, y no minutos) sin ningún tipo de supervisión ni registro adecuado. Es más, parece que en algunos casos el motivo por el que se recurría a ella era claramente punitivo (p.ej.: en caso de resistencia pasiva a una orden dada por el personal) y algunas de las formas en la que se llevaba a cabo (sin permitir a los presos hacer sus necesidades) suponían un ataque a su dignidad. Asimismo, la medida también se aplicaba a menudo a detenidos con problemas mentales. El CPT considera que los intentos por regular la fijación mecánica han fracasado y que la medida es abusiva en todos los centros que el Comité ha visitado. En opinión del CPT, la medida de la fijación mecánica podría suponer, en muchos casos, trato inhumano o degradante. En el informe se insta a las autoridades españolas a que dejen de recurrir a la sujeción mecánica con fines regimentales en las prisiones.
Como dato especialmente preocupante, por contravenir lo dispuesto en las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de la ONU de 2015, conocidas como “Reglas Nelson Mandela”, en torno al aspecto cuantitativo y cualitativo de los regímenes de aislamiento (tanto a presos preventivos como a penados), conviene también transcribir a continuación que “El CPT comprobó que en varios centros penitenciarios se imponían períodos consecutivos (hasta de 14 días) de aislamiento con fines disciplinarios que se interrumpen sólo durante un día. El CPT reitera su Recomendación de que no se someta a ningún interno a régimen de aislamiento de forma continua, a modo de castigo, más de 14 días”. El informe aborda la situación del personal de prisiones, los prisioneros transgénero, los cacheos a los presos y la efectividad del sistema de denuncias, recomendando que se tomen medidas cuando sea necesario.
Por cuanto hace a los llamados “Departamentos de Régimen Cerrado”, el Informe del CPT es elocuente también: “Sin embargo la delegación recibió un número significativo de denuncias de recientes malos tratos físicos cometidos por funcionarios de prisiones en los otros módulos, especialmente en los de régimen cerrado y en los departamentos especiales de todos los centros visitados. Los supuestos malos tratos consistían en bofetadas, puñetazos, patadas y golpes con porras. En la mayoría de los casos, se infligieron a modo de castigo informal tras casos de desobediencia por parte de los presos o en casos de violencia entre los presos o por autolesiones. Algunas de las denuncias fueron respaldadas con lesiones que la delegación tuvo oportunidad de ver o que quedaron anotadas en los registros médicos. El CPT está especialmente preocupado por algunos de los castigos que supuestamente tuvieron lugar mientras algún preso en particular estaba fijado a una cama ya fuera o no por razones médicas. Asimismo, en todos los centros visitados, también fueron frecuentes las denuncias de agresiones verbales, formuladas en particular por reclusos extranjeros y por gitanos, que consistían en insultos de contenido racial o religioso.
En lo que hace a la falta de una pedagogía formativa especial en materia de derechos humanos del personal de funcionarios penitenciarios, Recomendación permanente del CPT, éste constata con suma preocupación que la cantidad de episodios de malos tratos a presos no constituye algo esporádico y comienza a realizar una serie de narraciones por distintas Comunidades Autónomas de las que aquí, por no abusar del espacio, mencionamos sólo algunas, remitiendo al lector a la comprobación en el sitio web del Propio Comité.
i) Un recluso del Centro Penitenciario de León denunció que el 3 de agosto de 2016, tras un incidente por causas disciplinarias, fue golpeado repetidamente por un grupo de 4 funcionarios de la prisión para, después de caer al suelo, ser golpeado y pateado con porras de goma. Cuando fue examinado por el médico de la prisión después del incidente, se le diagnosticaron fracturas en las costillas séptima y octava que quedaron anotadas en su expediente médico sin hacer mención al origen de la lesión;
ii) Un recluso del Centro Penitenciario Puerto I denunció el 23 de septiembre de 2016 que, después de negarse a obedecer una orden, un grupo de funcionarios de prisiones le sacó de su celda en el módulo I, fue esposado y le llevaron al módulo de aislamiento número 5 para ser sometido a sujeción mecánica en una cama. El preso en cuestión denunció que, en las escaleras que conducen al módulo 5, le dieron patadas, puñetazos y recibió golpes de porra de goma en varias partes de su cuerpo. Una vez llevado a la celda equipada para la sujeción mecánica, un funcionario de prisiones presionó su rodilla contra el pecho del recluso para poder ajustar las correas de fijación. Estuvo fijado durante 24 horas ininterrumpidas y no se le desató para ir al baño; como consecuencia, se orinó encima varias veces. En el momento de la visita del CPT (2 de octubre de 2016), el recluso todavía presentaba hematomas en las muñecas, escoriación en las rodillas y se quejaba de dolores en la mandíbula;
iii) Un preso del Centro Penitenciario Puerto III, que padece un tipo de discapacidad mental leve, denunció el 31 de agosto de 2016 que, tras autolesionarse con un cuchillo improvisado, un grupo de funcionarios de prisiones le sacaron de su celda en el módulo 6 propinándole varios golpes de porra en las manos y la espalda para ponerle las esposas. Además, de camino al módulo 15, supuestamente recibió varios golpes de porra en varias partes del cuerpo. Posteriormente le fijaron boca abajo y le quitaron los zapatos. Mientras estaba sometido a sujeción mecánica, fue golpeado por los funcionarios de la prisión varias veces con una porra en la espalda y en la planta de los pies. Durante las 8 horas que duró la fijación mecánica, una enfermera le trajo la medicación que tenía que tomar por prescripción facultativa, que el preso tuvo que tragar directamente de un plato. Cuando el médico de la prisión le examinó después de la aplicación de la medida, el recluso solicitó que las lesiones visibles a simple vista se registraran en el informe correspondiente. El médico se negó a hacer dicho informe, alegando la gravedad de su conducta y que la reacción de los funcionarios estaba justificada;
iv) Un recluso con el que se reunió la delegación en el Centro Penitenciario Puerto III denunció que el 10 de mayo de 2016, durante su detención en el módulo de aislamiento número 13 del Centro Penitenciario Sevilla II, presentó una queja verbal a los funcionarios de la prisión sobre su clasificación por la Junta de Tratamiento. Al resistirse a ser esposado, un grupo de funcionarios de la prisión comenzó a golpearlo en las muñecas con porras para que accediera a ser esposado. Posteriormente, se le fijó boca abajo y, supuestamente, se le dejó desnudo durante un periodo de 23 horas. En el transcurso de la fijación, tres guardias entraron en la celda y le propinaron golpes con la porra en la espalda y en la planta de los pies. El médico que lo examinó una hora después de que acabara la medida realizó la siguiente anotación en su expediente médico: “durante de la fijación mecánica, después de estar involucrado en una pelea con otro recluso, el preso presenta las siguientes lesiones: contusión en la muñeca, seis hematomas lineales en la región dorsal derecha, tres hematomas lineales en la región dorsal izquierda, múltiples hematomas con excoriación en la región dorsal media y alteración en la extensión de la pigmentación en la región dorsal”;
v) Un recluso del Centro Penitenciario Teixeiro denunció el 9 de agosto de 2016 que, tras un altercado verbal con los funcionarios de prisiones en el transcurso de una inspección de su celda, el grupo de funcionarios de la prisión encargados de las inspecciones abandonó la celda entrando en el patio desde donde rociaron su celda con un espray de pimienta. Posteriormente, lo llevaron a una celda vacía donde le propinaron puñetazos y le golpearon con porras por todo el cuerpo. A continuación, le mantuvieron desnudo durante unas 36 horas y estuvo fijado boca abajo, sin que pudiera acceder a un baño durante toda la aplicación de la medida. Obviamente, se hizo sus necesidades encima. Además, no le dieron nada de comer durante el período de sujeción mecánica;
vi) Un recluso del Centro Penitenciario Villabona denunció, el 14 de septiembre de 2016, que, tras un altercado que tuvo con otro preso en el patio del departamento de régimen cerrado, un grupo de 4 funcionarios de prisiones intervino agarrándole del cuello para darle puñetazos y golpes con la porra en distintas partes del cuerpo durante varios minutos. El día de la visita del CPT (30 de septiembre de 2016), el recluso todavía mostraba un hematoma azulado en el lado izquierdo de la región dorsal.
Evidentemente algo sucede cuando uno constata que el llamado “Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura” del Defensor del Pueblo, para el mismo año 2016 apenas si es capaz de comprobar casos de esta naturaleza a lo largo de 365 días, con todo un equipo, personal y presupuesto para ello. Por el contrario, y afortunadamente, un organismo independiente, riguroso y perteneciente al Consejo de Europa, desvela una realidad carcelaria que tantos se esfuerzan en tapar.
La primera pedagogía en el campo de la educación en derechos humanos consiste en difundir todos los Informes que en este terreno se producen, antes de señalar determinados “clichés” que carentes de comprobación, se vuelcan en las redes sociales y medios de comunicación.
Queremos así llamar la atención de los lectores sobre este gravísimo caso de omisión un Informe riguroso sobre el sistema penitenciario español. Reconocer que tenemos un grave problema, en lugar de ocultarlo, debería ser el primer paso en la búsqueda de soluciones.
El pasado 16 de noviembre, el Comité para la Prevención de la Tortura y otros tratos o penas inhumanas y degradante (en adelante, CPT), del Consejo de Europa, hizo público el Informe sobre el sistema penal y penitenciario español, tras la visita que realizó al Estado hace exactamente un año atrás. Pese a la acostumbrada técnica argumentativa consistente en comenzar reconociendo los esfuerzos de las autoridades por atender sus anteriores Recomendaciones, el CPT inicia un conjunto de descripciones de situaciones atentatorias contra los derechos humanos de las personas presas en España, con una contundencia notable y posiblemente más dura que las de los Informes anteriores que cada cuatro años se efectúan sobre las visitas a los estados miembros del Consejo de Europa.
Es significativo que un Informe de tal importancia, rigor en su investigación y probada independencia de sus miembros, no haya merecido la atención periodística que debiera, máxime cuando en estos pasados días tanto se ha elogiado al sistema penitenciario español, ante los requerimientos de las autoridades belgas a propósito del conflicto catalán, asunto que no se abordará aquí.