Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.
Un paso más en la deriva de la Fiscalía: el 'caso Valdeluz Agustinos'
El fiscal jefe superior de la Comunidad de Madrid, Manuel Moix Blázquez, acaba de realizar unas declaraciones acerca de la no obligación de denunciar por su parte aquellos casos que atentan contra la libertad sexual de menores y en los que los padres del menor deciden no iniciar acciones legales.
Estas declaraciones se enmarcan en el hecho de que el Instituto Madrileño de la Familia y del Menor, a través del Centro Especializado de Intervención en Abuso Sexual de Madrid (CIASI), estaba conociendo y tratando el caso de una menor de 17 años, quien manifestó allí haber sido víctima de presuntos abusos sexuales por parte de uno de sus profesores.
De 2007 a 2008, este órgano de protección del menor de la Comunidad de Madrid estuvo realizando el seguimiento del caso, hasta que concluyó que lo relatado por la menor era verosímil y recomendó a los padres de la niña que lo denunciaran. Los padres nunca lo hicieron.
Dadas estas circunstancias, la polémica surgió por el hecho de que no fuera el propio instituto el que lo denunciara ante la Fiscalía, tal y como viene obligado por ley. En efecto, la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor establece la obligación de toda persona –especialmente de los profesionales (médicos, maestros, psicólogos, trabajadores sociales, etc.– de poner en conocimiento de la autoridad o agentes que correspondan cualquier situación de riesgo o desamparo de un menor.
Cuando el caso se judicializó, el sospechoso fue imputado y posteriormente enviado a prisión. Ya no pesa sobre él tan sólo una denuncia sino varias, por parte de menores que dicen haber sufrido abusos sexuales a lo largo de todos estos años en un colegio concertado de Madrid. Así mismo, han sido imputados –posiblemente por encubrimiento– los máximos responsables del centro escolar.
Queda por ver si en dicha imputación también se incluirá a los responsables del Instituto Madrileño de la Familia y del Menor, que no denunciaron el relato “verosímil” que les contó aquella menor de 17 años.
También está por ver si la Comunidad de Madrid se personará en el procedimiento judicial como acusación popular. Esto último no sería aconsejable. De hacerlo, estaría actuando en fraude de ley, debido a la más que probable posibilidad de que en un futuro próximo tenga que afrontar responsabilidades –al menos, civiles– por la actuación del Instituto Madrileño de la Familia y del Menor en este caso.
Sin embargo, ante las críticas que ha recibido la Comunidad de Madrid por su inactividad en un caso donde en su día se concluyó que el relato resultaba “verosímil”, el fiscal jefe superior de esta Comunidad, Manuel Moix, ha respaldado la actitud de este órgano de protección del menor porque, en su opinión, este delito es semiprivado y exige la denuncia previa de los padres.
Esto es cierto, pero con una salvedad: según señala el art. 191 del Código Penal, cuando la víctima sea menor de edad, incapaz o persona desvalida, bastará la denuncia del Ministerio Fiscal. Es decir, que en el caso de que se trate de víctimas menores de edad, no se exige una conducta activa de los padres, sino que será suficiente con que actúen los poderes públicos en su defensa.
Estas afirmaciones realizadas por un alto cargo de la Fiscalía –quien accedió a dicho cargo gracias a llevar en la carrera fiscal un mínimo de 15 años y que, además, tiene categoría de presidente del Tribunal Superior de Justicia– sólo se explican desde la encendida defensa política de una institución de la Comunidad de Madrid, pero no desde la defensa del interés superior del menor.
El Ministerio Fiscal –que debería seguir siendo el defensor de las personas con capacidad disminuida y de los menores– en este caso concreto justifica la dejación institucional con peregrinas explicaciones, impropias del órgano al que representa.
Pero puede que no nos extrañen sus palabras si recordamos que fue él, Manuel Moix, quien criticó duramente al movimiento 15M y quien presentó una querella criminal en contra de un magistrado que envió a prisión al responsable de la caída de Bankia; caída que –recordemos– requirió un rescate de 40.000 millones de euros.
Finalmente, también fue este fiscal quien impulsó una investigación general contra los medios de comunicación que difundieron una de las más importantes noticias habidas en nuestro país en los últimos tiempos, de gran interés general ciudadano: el contenido de los correos electrónicos de Miguel Blesa desde Bankia.
Por último, un dato: este cargo es designado por el fiscal general del Estado, a propuesta del Consejo Fiscal, que a su vez está representado por las dos asociaciones de fiscales mayoritarias (la Asociación de Fiscales y la Unión Progresista de Fiscales) y presidido por el propio fiscal general.
El fiscal jefe superior de la Comunidad de Madrid, Manuel Moix Blázquez, acaba de realizar unas declaraciones acerca de la no obligación de denunciar por su parte aquellos casos que atentan contra la libertad sexual de menores y en los que los padres del menor deciden no iniciar acciones legales.
Estas declaraciones se enmarcan en el hecho de que el Instituto Madrileño de la Familia y del Menor, a través del Centro Especializado de Intervención en Abuso Sexual de Madrid (CIASI), estaba conociendo y tratando el caso de una menor de 17 años, quien manifestó allí haber sido víctima de presuntos abusos sexuales por parte de uno de sus profesores.