LexNet o la separación de poderes en el mundo digital
“El sistema LexNet es un ejemplo perfecto del concepto de Winner sobre sonambulismo tecnológico. Es una expresión nítida de la ausencia de reflexión sobre cómo debe diseñarse la separación de poderes en la era digital”. El ejemplo se refiere al concepto acuñado por el filósofo estadounidense Langdon Winner en 1978 para aludir a la falta de conocimientos tecnológicos básicos en aquellos líderes con responsabilidades de gobierno.
Javier de la Cueva utiliza este ejemplo en el escrito de la denuncia que presentó en la Comisión Europea contra España “por vulneración de la normativa europea” respecto a la implantación del sistema LexNet, el cual los profesionales del derecho, entre ellos lógicamente los abogados, están obligados a utilizar para realizar trámites en el desempeño de su profesión desde el 1 de enero de este año.
En su artículo, publicado en el portal Derecho de Internet, De la Cueva explicaba que, según su criterio, LexNet “vulnera gravemente el principio de la separación de poderes y los derechos fundamentales de quienes intervienen en un procedimiento judicial. Este problema ya se lo advertí en 2007 a un alto funcionario del Ministerio de Justicia. Su respuesta fue que primero sacarían adelante el sistema LexNet y que ya verían”.
Ante semejante respuesta cabe preguntarse si hubo algún tipo de comisión de expertos o algo similar para evaluar el impacto sobre los derechos esenciales de la ciudadanía. De la Cueva responde a eldiario.es: “No conozco ningún estudio público ni ninguna comisión sobre este tema, y, que yo conozca, tampoco se ha preguntado a los profesionales afectados por la implantación: asociaciones de jueces y magistrados, fiscales, abogados o procuradores”, y reitera: “En este caso se ha optado por un diseño tecnológico sin consultar con ninguno de los afectados, como si no existiera una infinita gama de otras posibilidades”.
Este abogado aclara que la denuncia ante la Comisión Europea es “la primera de las actuaciones legales. Ya se interpondrán los recursos que se están redactando para las instituciones de nuestro país”. También explica a este diario por qué considera que se ha producido una vulneración de los derechos más elementales: “De una tacada el poder Ejecutivo tiene en su poder datos del poder Judicial que le permite saber exactamente qué hace cada órgano judicial, quiénes intervienen en los litigios, qué categoría y qué tipo de asuntos defiende cada abogado”.
Separación de poderes, también en la gestión de la información
Con esto hace referencia a lo expresado por él en su artículo cuando dice que “el Ministerio de Justicia o las consejerías de las comunidades autónomas con competencias delegadas se encargan de gestionar una información que nunca tendría que salir de los cauces de comunicación entre el interesado y el órgano judicial”, y advierte de que “este diseño de arquitectura atenta contra lo que debe ser el Estado en el siglo XXI, donde el principio de separación de poderes implica una separación en la gestión de la información”.
En su texto no hay una especie de fobia o al menos de inercia a recelar de la tecnología, ya que anteriormente en una entrevista concedida a Silvia Font para Baquia abogaba por el sistema LexNet “en código abierto”, y animaba a que este criterio fuera “extensible a todas las aplicaciones que está desarrollando el Estado”. En esa misma entrevista señaló su preocupación por el uso de ActiveX para la identificación de los usarios, cuando, escribe Font, ha sido desarrollado por “una empresa con gravísimos fallos de seguridad”.
Aparte de presentar esta denuncia y ofrecer en su artículo un enlace a la plantilla para que cualquier usuario pueda interponer una denuncia de este tipo, por ahora De la Cueva no puede hacer mucho más en su día a día, como reconoce cuando desde eldiario.es se le pregunta por la actitud tomada en este contexto: “La que estoy llevando a cabo: utilizar el sistema LexNet, porque no tengo otra posibilidad física, e impugnarlo por los cauces jurídicos”.
Otro letrado que ha criticado públicamente la puesta en marcha de LexNet ha sido José Muelas, decano del Colegio de Abogados de Cartagena, en su blog. En el mismo hablaba de los siete pecados capitales de este sistema, y el primero de ellos para él era, de nuevo, que la separación de poderes queda en entredicho: “Dado que LexNet es un sistema que tiene acceso a todas las notificaciones que se producen en la práctica totalidad de los expedientes judiciales de España una medida básica de seguridad habría sido atribuir el control de sus infraestructuras al Consejo General del Poder Judicial”.
“Sin embargo, no se ha hecho así y se ha optado por colocar toda la infraestructura bajo el control del Ministerio de Justicia […]. Que los datos de la Administración de Justicia se encuentren bajo el control y la supervisión del poder Ejecutivo […] es algo que repugna al sentido común, y choca con las más elementales buenas prácticas”.
El segundo pecado capital estaría relacionado con “la opacidad” del sistema de acuerdo al criterio de Muelas, quien reta: “Trate usted de averiguar cómo funciona LexNet tras la pantalla. ¿Es un mero webmail? […] ¿Qué protocolos usa? He tratado estos días de averiguarlo sin demasiado éxito. La información técnica sobre LexNet no pasa de manuales de información al usuario y algún documento antiguo con visiones muy generales del sistema”.
Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, eldiario.es, pregunta a Muelas si ha habido algún progreso en este sentido desde que escribió la entrada: “No, el funcionamiento interno de LexNet es un misterio y el código fuente es hasta ahora desconocido”.
Y eso desemboca en el tercer pecado capital descrito por el decano: “LexNet aparece como un sistema no neutral y que solo parece entenderse bien con los productos de una única empresa: Microsoft”, por lo que, según él, el sistema de gestión “es viejo” al “hallar dificultades casi insalvables para operar en smartphones y tablets”. Por otra parte no dudó en calificarlo como “impuesto en especie” en tanto que “se obliga a los profesionales de la justicia […] a que destinen un importante número de horas a formarse sin que exista contraprestación alguna”.
Llegados a este punto, Muelas responde afirmativamente a eldiario.es cuando se le pregunta si de acuerdo con su propia experiencia, y con la de alguno de sus colegas, dicho aprendizaje les ha robado horas de ejercicio del verdadero objeto de su profesión: “Ciertamente, y no solo eso y lo que es peor, su funcionamiento inconsistente genera unos niveles de incertidumbre inaceptables. Por otro lado, este sistema ha convertido a España en una manta de retales donde para un procurador trabajar en Cantabria, por ejemplo, es como trabajar en el extranjero, con muchos sistemas de comunicación distintos e incompatibles entre sí”.
Los dos últimos pecados capitales apuntados por Muelas en la entrada tendrían que ver con la característica “discriminatoria” de LexNet como herramienta, puesto que“en algunos casos supone una brecha insalvable para determinados profesionales mayoritariamente veteranos”, y con el riesgo de “convertir en crónica la enfermedad tecnológica que acarrea. Lo provisional en España se vuelve eterno, y soluciones anticuadas y malas acaban pasando por modernas”.
José Muelas se muestra totalmente identificado con la denuncia presentada por Javier de la Cueva, de hecho ha anunciado en declaraciones a eldiario.es que “he distribuido un enlace a esa denuncia a los más de 20.000 firmantes de la petición de moratoria para que se unan a ella si lo desean”.
No se puede usar con smartphones y tablets
Según se recoge en una de las páginas oficiales, “LexNet se ha convertido en un instrumento de trabajo seguro tan habitual en el mundo de las comunicaciones judiciales como el teléfono, el fax o el correo electrónico”, y actualmente lo usan, entre otros, “órganos judiciales y Oficinas de Registro y Reparto, Procuradores y Colegio de Procuradores, Abogacía del Estado, Abogacías dependientes de la Abogacía del Estado, Fiscalías, Colegios de Abogados”. En el dosier sobre preguntas frecuentes del sistema, el Colegio de Abogados de Madrid confirma lo dicho por Muelas: “Es necesario tener un ordenador. Actualmente no es posible su uso con smartphones y tablets”.
Según continúa informando dicho colegio de abogados: “Es necesario disponer de un certificado digital importado en un dispositivo físico (tarjeta criptográfica) o un DNI electrónico”. La certificación del contenido del envío se lleva a cabo “con la firma electrónica de todo escrito y documento que se presente; los registros electrónicos emitirán un recibo consistente en una copia autenticada del escrito, documento o comunicación de que se trate”.
También se menciona en el apartado “Software necesario” que es preciso emplear “sistema operativo Windows XP, Windows Vista, Windows 7 de 32 bits” advirtiendo eso sí que “Windows XP no tiene soporte técnico por parte de Microsoft Word desde el 8 de abril de 2014, lo que supone que en caso de que aparecieran vulnerabilidades críticas todas las máquinas que lo ejecutan podrían verse afectadas”.
A pesar de funcionar solo con hardware propietario, José Luis Hernández Carrión, Subdirector General de Nuevas Tecnologías del Ministerio de Justicia tras el cese en enero de 2016 de Luis Bustamante, salió al paso de la entrada del blog de José Muelas en un tuit donde afirmaba que el sistema “no es opaco”, y que “tiene una arquitectura muy robusta tecnológica [sic]”, prometiendo además enviarle un informe técnico “en unos días”. El abogado ha asegurado a eldiario.es que “ha pasado mucho tiempo, pero a día de hoy” este ingeniero no ha enviado el esperado informe. Este diario ha intentado contactar con Hernández Carrión sin resultado alguno al cierre de de esta información.