TVE cobró por derechos de autor de un 'Adagio' de Mozart “arreglado” por la 'rueda'
Intérpretes que cobraban el 0% por tocar canciones de dominio público mientras que televisiones públicas como TVE y Canal Sur se llevaban un porcentaje por la emisión de estos temas. Canciones puestas a nombre de familiares y personas del entorno de los implicados en la trama de la “rueda” o composiciones firmadas por hasta ocho personas para ser usadas como fondos musicales que nadie escuchaba.
Son los ejemplos que se recogen en los tres autos de prisión provisional comunicada, eludible bajo fianzas de 100.000 euros, que dictó el miércoles el juez Ismael Moreno contra tres socios de la SGAE: el pianista gaditano Manuel Carrasco, el compositor Fernando Bermúdez y el productor Rafael Tena.
Los tres fueron detenidos, junto a otras 15 personas, en el marco de una operación donde se investiga un fraude, conocido como “la rueda de las televisiones”. Con estas prácticas se obtenían ingresos millonarios por los derechos de autor de canciones emitidas en programas nocturnos de televisión mediante el registro “fraudulento” de temas musicales, en ocasiones de dominio público, supuestamente modificados. Se registraban como si fueran obras nuevas y al emitirse generaban derechos de autor como temas originales, aunque en la mayor parte de los casos no había ningún cambio sustancial, según señala el juez.
Los autos recogen los tejemanejes de los detenidos a la hora de realizar los registros de estas obras. Las sintonías plagiadas se ponían a nombre de familiares y testaferros sin conocimientos musicales, y bajo diferentes editoriales pertenecientes a los investigados.
Las televisiones tenían un doble papel. Por un lado, el juez señala que podría haber “connivencia” de varios responsables de contratación en las televisiones, mediante el pago de comisiones, para que se difundiera el repertorio musical fraudulento, “estando claramente al servicio” de los investigados.
Además, entre los beneficiarios aparecen varias televisiones como editoras. El juez considera que “esta cesión de derechos es la verdadera motivación de las cadenas de TV para emitir los repertorios musicales de los investigados, ya que en virtud de la misma, se convierten en titulares de derechos y por ende receptores de una cantidad económica por parte de la SGAE como consecuencia de sus propias emisiones, retorno”.
Estos son los ejemplos que se recogen en los autos que dictó el juez Ismael Moreno contra tres socios de la Sociedad General de Autores. La información fue obtenida del departamento de Registro de Obras de la SGAE.
Ah donate il caro sposo
Ah donate il caro sposoGénero: sinfónicos.
Gloria Tubío Gragera y Ana María Beltran Lassaletta (madre de Manuel Carrasco y mujer de Fernándo Bermúdez respectivamente) aparecen como “arregladoras” del tema. La obra es de Gioachino Antonio Rossini, compositor italiano fallecido en 1868.
Por los “arreglos” a este tema, se llevaban el 25% cada una, siendo el 50% restante para Canal Sur, según la liquidación por Derechos de Ejecución.
Consta como intérprete Sandra Ferro, soprano española, que pese a desarrollar esa labor, tiene reflejado un 0% en el reparto.
Pobre de mí
Pobre de míGénero: canción.
La obra aparece compuesta por Ana María Siguero Lasa, mujer de Antonio Arizaga. Comparte los derechos a un 50% con la empresa de Fernando Bermúdez (Edurodelta). El nexo de unión entre ambos: Bermúdez y su mujer, y Arizaga y su esposa, gestionaban y administraban juntos otra empresa llamada Cesión de Autores Musicales SA.
Marcha con variaciones
Marcha con variacionesGénero: sinfónico.
En esta sinfonía intervienen la exmujer de Carrasco (Elena Zubareva Zubareva) y Nuria Blanco Morales, hija de Antonio Blanco (otro de los investigados). RTVE aparece como editora. Entre los tres se reparten el 100% de los derechos, mientras que las dos personas que figuran como intérpretes del tema no perciben nada.
Adagio in E Major KV 261
Adagio in E Major KV 261Género: sinfónico
Este Adagio fue creado por el célebre compositor Wolfgang Amadeus Mozart, cuya obra es de dominio público. La ley española recoge que una obra queda libre de derechos cuando han pasado más de 70 años desde la muerte de su autor.
En este caso el investigado Fernando Bermúdez recibe el 75% correspondiente a un 50% de la parte autoral (como “arreglador”) y un 25% de la parte editorial a través de su empresa Eurodelta, compartida con Manuel Carrasco. El 25% restante es para RTVE que también figura como editora.
Aquí Tranceminasa
Aquí TranceminasaGénero: Fondos musicales.
Según el comunicado que difundió la Policía cuando se dio a conocer la operación, determinadas televisiones, para maximizar las ganancias que pueden obtener en concepto de “retorno” por parte de la SGAE, extendieron la programación de la música “fraudulenta” a otras franjas horarias fuera de la madrugada.
Esto lo hacían colando en programas emitidos en prime time músicas de fondo, calificada por la policía como “música inaudible”. Las melodías están supuestamente de fondo en los programas, pero los espectadores no la perciben. A pesar de ello, se declara como música emitida y se generan los consecuentes derechos de autor.
En esta obra es un ejemplo de música calificada en el registro como “música de fondo”. Sus compositores son Rafael de Tena y Fernando Pequeño Torres. Entre los dos se repartían en 50%. El 50% restante iba para Telecinco que figura como editor.
Sal Veredicto
Sal VeredictoGénero: Fondos musicales.
En este otro ejemplo de fondo musical, los compositores son Juan Felipe López Márquez con Fernando Pequeño Torres, cuyo reparto son 15% para cada uno. Un 20% es para una tercera compositora, Marta María Gutiérrez Mayor y el 50% para Telecinco.
Banda Varasil
Banda VarasilGénero: Fondos musicales
Hasta ocho personas cofirman la autoría de este fondo musical, ejemplo de los supuestamente utilizados durante horas y horas en franjas de máxima audiencia como fondo de programas y que sonaban por debajo del umbral perceptible por los televidentes.
Rafael Tena recibe en concepto de reparto un 2,5% como compositor. Según recoge el auto, en el reglamento de la SGAE no están permitidas coautorías en porcentajes inferiores al 5%. Junto a él, figuran otros siete autores entre los que se repartían el 50% percibido. El otro 50%, era para Telecinco, que figura como editor.