Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Sánchez rearma la mayoría de Gobierno el día que Feijóo pide una moción de censura
Miguel esprinta para reabrir su inmobiliaria en Catarroja, Nacho cierra su panadería
Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

La Audiencia Nacional desmonta la justificación de Marlaska y el Gobierno ceutí para defender las devoluciones de menores

Desalojo de menores no acompañados en Ceuta

Gabriela Sánchez

18 de agosto de 2021 22:55 h

22

La Fiscalía, un juzgado de Ceuta y ahora también la Audiencia Nacional. Cada día, un nuevo organismo judicial desacredita la justificación a la que se aferran el Ministerio del Interior y el Gobierno de Ceuta para defender la devolución de decenas de menores inmigrantes desde la ciudad autónoma iniciada la pasada semana. El último varapalo es de la Audiencia Nacional y deja claro que el pacto hispano-marroquí en el que se amparan los Gobiernos de Ceuta y Marruecos no exime del cumplimiento de la legislación española. El auto de la Audiencia Nacional subraya que la Ley de Extranjería “establece claramente” la aplicación de un procedimiento individualizado para repatriar a los menores. La resolución también concluye que la orden para activar las repatriaciones procedió del departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska.

Todo está en el escrito en el que la Audiencia ha resuelto la petición de suspensión urgente de la instrucción con la que Interior, según sostenía la asociación Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, ordenó las devoluciones de menores desde Ceuta. Los magistrados descartan frenar las expulsiones de forma inmediata, pero abren la puerta a que puedan decidirlo los juzgados competentes de la ciudad autónoma, como se está haciendo hasta el momento. La argumentación de la Sala de lo Contencioso va más allá y deja constancia de que los retornos de menores solo pueden realizarse en base a los procedimientos “previstos y regulados detalladamente en la legislación española a los que remite el Acuerdo hispano-marroquí”.

“En la legislación española a cuyo cumplimiento obliga el artículo 5 del Acuerdo citado, se establece claramente el procedimiento a seguir en estos casos”, reitera la resolución, que cita la obligación de seguir lo establecido por la Ley de Extranjería y por el reglamento que la desarrolla. El ministro del Interior ha defendido el dispositivo de retornos y considera que las dudas sobre su legalidad forman parte de una “discusión técnico-jurídica del procedimiento”.

De momento no hay constancia de que esas devoluciones se hayan apoyado en informes individuales, hayan dado audiencia a los menores y tampoco existen evidencias de que cuenten con el aval de la Fiscalía, como exige la ley. Más bien todo lo contrario -el Gobierno de Ceuta ha reconocido que no se realizaron informes previos de cada caso- y por eso ha sido la propia Fiscalía la que ha solicitado al Ministerio del Interior que aporte pruebas del procedimiento, sin que conste a día de hoy ninguna justificación que dé a entender que se ha seguido el procedimiento legal.

Informes individualizados y escuchar al menor

En esos mismos argumentos redunda la Audiencia Nacional quien recuerda que la Administración debe solicitar “un informe sobre las circunstancias familiares del menor a la representación diplomática del país de origen” con carácter previo a la decisión sobre la repatriación de cada menor. También, apuntan los jueces, las autoridades tienen que escuchar al niño o adolescente “si tiene suficiente juicio” y la necesidad de contar con informes individualizados de los servicios de protección de menores y del Ministerio Fiscal.

El propio Gobierno de la ciudad autónoma ha admitido ya que el operativo de devolución no contó con informes individualizados y ha defendido que el pacto con Marruecos no obliga a realizarlas. “El acuerdo solo dice que los gobiernos se pondrán de acuerdo en cómo llevarlas [las repatriaciones] a cabo, siempre cumpliendo el interés del menor. En ningún sitio dice que haya que tener entrevistas individualizadas”, dijo Juan Jesús Vivas.

El principal criterio para seleccionar a los primeros retornados, dijo Vivas, ha sido su edad, empezando por los adolescentes con más años. Según fuentes jurídicas, los menores incluidos en los listados de expulsables tenían entre 16 y 18 años.

Los magistrados recuerdan que, en el caso de los menores con más de 16 años, “se les reconocerá capacidad para actuar en el procedimiento de repatriación previsto” en la normativa “pudiendo intervenir personalmente o a través del representante que designen”.

Sobre el estudio individualizado de cada caso, uno de los asuntos sobre los que preguntó la Fiscalía al Ministerio en un oficio el sábado, Marlaska ha precisado que la autoridad competente de estudiar “si existe riesgo en cada uno de los casos” y si “el retorno de cada niño a su ambiente es la respuesta más óptima” es el Gobierno de la ciudad, restando responsabilidad a la gestión de Interior.

A este respecto, el auto de la Audiencia Nacional no entra a valorar la responsabilidad del estudio individualizado de los potenciales chavales retornados, pero sí señala que el reglamento de Extranjería “atribuye la competencia sobre el procedimiento de repatriación del menor extranjero no acompañado y actuaciones previas a las Delegaciones y subdelegaciones del Gobierno”. 

El email que prueba la orden de Interior

Otro de los extremos que están siendo discutidos por el Ministerio del Interior hace referencia a la orden de la activación del inusual dispositivo de retorno de menores. Un correo electrónico enviado el 10 de agosto por la Secretaría de Estado de Seguridad a la Delegación del Gobierno de Ceuta prueba que la directriz para ejecutar las devoluciones de menores desde la ciudad autónoma procedió de la cartera de Fernando Grande-Marlaska.

El email, adelantado por El Confidencial y al que ha accedido este medio, instaba a la activación del acuerdo de repatriación de menores firmado por España y Marruecos en el 2007 ese mismo día–tres antes de las primeras expulsiones– “dada la importancia del asunto”, mientras el departamento liderado por Grande-Marlaska ha defendido ante la Audiencia Nacional que no había dado orden alguna, sino que se limitaba a “rogar” la aplicación del pacto.

“En respuesta a su solicitud, se remite acuerdo sobre repatriación de menores. Dada la importancia de este asunto, se insta se proceda a cumplir lo previsto en el escrito desde hoy mismo”, indica el email, en referencia a la instrucción sin firma que solicitaba la activación de las repatriaciones de niños y adolescentes migrantes en base al acuerdo hispano-marroquí.

El correo forma parte de la documentación entregada por Interior a la Audiencia Nacional a raíz del recurso registrado por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, a través del que pedían la suspensión urgente de orden enviada por el departamento de Grande-Marlaska de comenzar con las devoluciones de menores desde la ciudad autónoma. El Ministerio había pedido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo la inadmisión del recurso alegando que no es la administración competente en este trámite.

Fuentes del Ministerio del Interior consultadas con elDiario.es sostienen que solo se trata del “cuerpo del correo electrónico” a través del que la Secretaría de Estado de Seguridad envía a la Delegación del Gobierno en Ceuta “el escrito en el que 'ruega se proceda a' poner en marcha el proceso de retorno asistido solicitado por el Gobierno de Ceuta”.

Pero estos emails sirven a la Audiencia Nacional para acreditar que la orden procede de Interior: “Como se expone en el escrito de interposición y se deduce de las comunicaciones por correo electrónico realizadas por la propia Secretaría de Estado” el oficio sin firma enviado por Interior “ha servido para que las autoridades correspondientes en la Ciudad Autónoma hayan puesto en marcha actuaciones de retorno de menores marroquíes con base en tal documento o instrucción”.

Etiquetas
stats