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¿Derecho a discriminar?

Hace unos días Nick Griffin, eurodiputado y líder del ultraderechista Partido Nacional Británico (BNP) hablaba en la BBC del “derecho a discriminar”. ¿Un oxímoron? ¿O no tanto? Veamos.

Michael Black y John Morgan son pareja. Un día decidieron irse de fin de semana al Sur de Inglaterra. Reservaron habitación en un típico Bed & Breakfast, pagaron el depósito y se fueron de viaje. Pero cuando llegaron allí la propietaria se negó a que durmiesen bajo su techo, porque ella era cristiana y no aceptaba que dos hombres durmiesen en la misma cama. Michael y John se fueron, pero demandaron a la propietaria por discriminación. Dos años después acaban de ganar esa demanda, y la dueña del hostal deberá indemnizar a la pareja.

A Nick Griffin, el eurodiputado del Partido Nacional Británico la sentencia no le sentó muy bien. A través de su cuenta en Twitter dio la dirección de la casa de Michael y John e invitó a la gente a ir allí a manifestarse “contra la heterofobia”. Posteriormente Griffin declaró a la BBC que él simplemente está reclamando el “derecho a discriminar” cuando debes dar un servicio que va en contra de tus principios.

Griffin plantea, como sucede en muchas ocasiones cuando hablamos de derechos humanos, un conflicto entre derechos. ¿Debe prevalecer el derecho de la pareja a no ser discriminada o el derecho de la propietaria a sus convicciones, religiosas en este caso? Casi todo el mundo tiene claro que la administración pública no puede discriminar a ningún ciudadano. Pero ¿puede una empresa privada o una persona individual discriminar a la hora de decidir a quién presta sus servicios? ¿Debe protegerme si me echan de un restaurante por besar a mi mujer? Muchas personas contestarán que por supuesto. Pero vamos a un caso más límite ¿qué pasa si decido alquilar mi apartamento sólo a mujeres, porque creo que lo cuidarán mejor? ¿Tengo derecho a hacerlo? Al fin y al cabo es mi casa, pero sería una discriminación por razones de sexo.

Hace unos meses conocí un caso en España. Ricardo e Iván buscaban colegio para su hijo y se decidieron por un colegio privado y laico que destacaba en su ideario valores como el respeto a los Derechos Humanos y a otras culturas, religiones y modos de vida. Al decir que su hijo tenía dos padres, el colegio les dijo que no había plaza, aunque sí las había. A través de una petición firmada por más de 7.000 personas consiguieron que la Junta de Andalucía concluyese que el menor podría no haber recibido igualdad de trato y propusiese la apertura de un procedimiento sancionador al citado centro privado. Además Iván y Lucas han denunciado judicialmente al colegio por discriminación, pero aún no hay sentencia. Veremos que pasa.

En España la regulación sobre la discriminación es sectorial y diversa. Existen sanciones para la discriminación en algunos sectores, como el laboral, o en el ámbito de la discapacidad, pero no existe una ley general que desarrolle el artículo 14 de nuestra Constitución. El gobierno del PSOE elaboró un Proyecto de Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación que, entre otras cosas, extendía la protección contra la discriminación al acceso de bienes y servicios, incluida la vivienda, y establecía sanciones para las empresas, establecimientos o personas que discriminasen. La ley nos acercaba a países como Alemania, Holanda o Suecia, donde la discriminación es un tema muy serio y existen mecanismos para proteger a los ciudadanos contra la misma. El proyecto no llegó a aprobarse y ahora está parado, dicen que porque prohíbe dar dinero público a colegios que solo admitan a chicos o a chicas. Pero esta ley hace mucho más, extendiendo la prohibición de la discriminación a muchas esferas no claramente protegidas hasta ahora, como la del alquiler de viviendas.

Por el bien de gente como Ricardo e Iván, de la gente que no consigue alquilar un piso por su acento o el color de su piel, por la decencia de toda nuestra sociedad, esperemos que la ley acabe llegando a buen puerto.