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El Gobierno prepara un cambio en la Ley de Subvenciones que perjudicará a las ONG

Imagen de un comedor social.

Ana Requena Aguilar

Madrid —

Las ONG no pasan por su mejor momento: crisis, recortes, y el tajo de la cooperación al desarrollo las han dejado en una situación delicada. Un trance que podría empeorar con el cambio de la Ley de Subvenciones que prepara el Gobierno. El borrador, al que ha tenido acceso eldiario.es, introduce varios cambios decisivos para las organizaciones sociales: les obliga a cofinanciar con entidades privadas parte de sus proyectos y establece como norma general que las entidades adelanten el dinero de las subvenciones.

El borrador del anteproyecto de ley, que el Ministerio de Hacienda aún negocia con las organizaciones, impone la cofinanciación: “Cuando el importe de las subvenciones se determine en función del coste de la actividad o proyecto a subvencionar, la suma de las subvenciones no podrá superar el 75% de su coste”, dice la nueva redacción del artículo 19. ¿Cuál será la salida? O bien cofinanciar con fondos propios (algo al alcance de muy pocas ONG) o buscar en la empresa privada la financiación de ese 25% restante. La norma actual no excluye la posibilidad de cofinanciar los proyectos, pero permite la financiación del 100%.

“Esto en la práctica significa que casi ninguna organización sin ánimo de lucro podrá sacar adelante un proyecto en solitario. Además, es paradójico que haya que buscar financiación para el 25% de algo que es responsabilidad del Estado, que delega en las organizaciones sin ánimo de lucro estos servicios”, dicen fuentes de la Plataforma del Tercer Sector y de la Coordinadora de ONG, que ha presentado una batería de propuestas para subsanar lo que consideran un severo golpe para las entidades dedicadas a la acción social y la cooperación. “La cofinanciación puede tener sentido en el caso de una subvención a una empresa para que haga una nave, pero en nuestro caso el 100% va para el usuario. Esto nos estrangula”, dice el presidente de la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en España (EAPN), Carlos Susías.

Fin de los pagos a cuenta

Otro de los cambios de calado que incluye el anteproyecto es la forma en la que se abonan las subvenciones. Hasta ahora, el reglamento de la anterior Ley de Subvenciones establecía como norma general que los pagos se hacían por adelantado y que, posteriormente, las organizaciones justificaban sus actividades y proyectos. La nueva redacción contenida en el borrador, sin embargo, parece dejar claro que el pago por adelantado no será la norma, sino la excepción: “Cuando la naturaleza de la subvención así lo justifique, podrán realizarse pagos a cuenta. Dichos abonos a cuenta podrán suponer la realización de pagos fraccionados que responderán al ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada”, dice la nueva redacción del artículo 34 del borrador.

Expertos consultados coinciden en señalar que, de llevarse a cabo, esto supondría que las organizaciones sociales se verían obligadas a recurrir al crédito para financiar sus proyectos y actividades. “Las ONG no tienen capacidad económica para adelantar esta financiación, nuestras entidades no generan beneficios”, dicen desde la Plataforma del Tercer Sector.

Susías también subraya que este requisito no está pensado para las organizaciones sociales: “Imagínate tener abierta una residencia o un comedor social, con gastos desde el primer día, sin beneficios. Además, hacemos actividades que deberían estar haciendo la propia Administración, que debe asegurar una vida digna a los ciudadanos, nosotros somos colaboradores”. Susías asegura que, de materializarse estos cambios, todas las entidades pequeñas desaparecerían, muchas medianas tendrían que echar el cierre y las grandes tendrían que renunciar a muchos proyectos, ya que solo podrían cofinanciar unos pocos.

Las organizaciones insisten que el nuevo anteproyecto no tiene en cuenta las especifidades del Tercer Sector: “No es lo mismo conceder una subvención a una empresa, a una fundación privada, a un autónomo o a una entidad sin ánimo de lucro”, dicen. La nueva definición de la finalidad de las subvenciones y de las posibles entidades beneficiarias no deja claro, además, que no puedan concurrir a ellas entidades privadas con fines lucrativas. De hecho, el borrador determina que, en ningún caso, la finalidad y el objeto de la subvención “deben ser tan restrictivas que supongan un menoscabo a los principios de igualdad de acceso y concurrencia de las subvenciones”.

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