Los 27 pactan dar más libertad a los Estados para aplicar los tipos de IVA reducidos y nulo
Los 27 han acordado dar más libertad a los Estados para aplicar los tipos de IVA reducidos y nulos. El Ecofin de este martes en Bruselas, la reunión de ministros de Finanzas de la UE, ha alcanzado un acuerdo para actualizar las normas de la UE sobre los tipos del impuesto sobre el valor añadido (IVA). “Las nuevas reglas reflejarán las necesidades actuales de los Estados miembros y los objetivos políticos de la UE, que han cambiado considerablemente desde que se establecieron las anteriores reglas”, afirman los 27. Así, “las actualizaciones garantizan que los Estados miembros sean tratados por igual y que se les dé más flexibilidad para aplicar tipos de IVA reducidos y nulos”.
Al mismo tiempo, la legislación adaptará las normas del IVA a prioridades comunes de la UE, “tales como la lucha contra el cambio climático, el apoyo a la digitalización y la protección de la salud pública. Ahora debe consultarse al Parlamento Europeo sobre este texto final”, explica la Comisión Europea.
¿Qué IVA podrán aplicar los Estados miembros a los bienes incluidos en la lista actualizada? “Los Estados miembros seguirán aplicando un tipo estándar de IVA superior al 15%”, explica la Comisión Europea: “Sin embargo, ahora también tendrán la posibilidad de aplicar dos tipos reducidos tan bajos como el 5% a bienes y servicios en hasta 24 categorías incluidas en un anexo III actualizado y modernizado de la Directiva del IVA. Ahora también se puede aplicar un tipo reducido inferior al 5% y una exención (”tipo cero“) a un máximo de siete categorías de la lista que se considera que cubren las necesidades básicas, como productos alimenticios, medicinas y productos farmacéuticos”.
Las normas vigentes de la UE sobre los tipos del IVA tienen casi treinta años “y necesitaban con urgencia una modernización dada la evolución de las normas generales del IVA a lo largo de los años”, explica el Ejecutivo comunitario, que propuso una reforma en 2018.
Según el acuerdo alcanzado este martes, se actualiza la lista de bienes y servicios (anexo III de la Directiva del IVA) a los que todos los Estados miembros pueden aplicar tipos reducidos del IVA. Entre los nuevos productos y servicios añadidos a la lista figuran los que protegen la salud pública, son buenos para el medio ambiente y sostienen la transición digital. Una vez que las normas entren en vigor, los Estados miembros también podrán eximir por primera vez del IVA a determinados bienes y servicios enumerados que se considera que satisfacen necesidades básicas.
Además, se prevé la eliminación de aquí a 2030 de la posibilidad de que los Estados miembros apliquen tipos reducidos y exenciones a bienes y servicios considerados perjudiciales para el medio ambiente y para los objetivos de la UE en materia de cambio climático.
Así mismo, se pone a disposición “de todos los países excepciones y exenciones que ahora estaban vigentes por razones históricas en algunos Estados miembros, a fin de garantizar la igualdad de trato y evitar distorsiones de la competencia”, explican los 27: “No obstante, las excepciones existentes que no estén justificadas por objetivos de política pública que no sean los que sostengan la acción de la UE en materia de clima deberán acabar antes de 2032”.
Según la Comisión Europea, las nuevas normas están respaldadas por un acuerdo previo para trasladar el sistema del IVA de la UE a aquel en el que el IVA se paga en el Estado miembro del consumidor y no en el Estado miembro del proveedor: “Esto garantiza que una mayor diversidad de tipos (como se ha acordado este martes) tenga menos probabilidades de perturbar el funcionamiento del mercado único o de crear distorsiones de la competencia. Al mismo tiempo, también evita la proliferación de tipos reducidos, lo que pondría en peligro la capacidad de los Estados miembros de recaudar ingresos en la era posterior a la COVID-19”.
El Ejecutivo comunitario recuerda que “en los próximos años, los Estados miembros deberán proseguir sus esfuerzos por garantizar una recuperación sostenible tras la pandemia de COVID-19 e invertir intensamente en las transiciones ecológica y digital, y la protección de los ingresos públicos es especialmente importante a este respecto. Esta es la razón por la que la legislación actualizada también especifica el nivel mínimo de los tipos reducidos, así como el número máximo de bienes y servicios del anexo III al que los Estados miembros pueden aplicar dichos tipos (véase el documento de preguntas y respuestas para más detalles). No obstante, por primera vez, los Estados miembros también podrán aplicar un tipo reducido inferior al 5 % o eximir del IVA a un pequeño número de artículos de la lista”.
A partir de este acuerdo en el Consejo de la UE (los Gobiernos), las normas actualizadas se enviarán al Parlamento Europeo para su consulta sobre el texto definitivo a más tardar en marzo de 2022, según Bruselas. Una vez adoptada formalmente por los Estados miembros, la legislación entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, lo que permitirá a los Estados miembros aplicar el nuevo sistema a partir de esa fecha.
Paolo Gentiloni, comisario de Economía, ha afirmado: “El acuerdo por unanimidad alcanzado hoy para modernizar las normas que rigen los tipos del IVA es una excelente noticia. Este resultado de unas negociaciones maratonianas pone de manifiesto que, allí donde hay voluntad, hay manera, y esta es la vía europea. Los Estados miembros dispondrán de más flexibilidad a la hora de que sus sistemas de IVA reflejen las opciones políticas nacionales, garantizando al mismo tiempo la coherencia con las prioridades europeas comunes: las transiciones ecológica y digital y, por supuesto, la protección de la salud pública”.
6