- UGT denuncia “persecución sindical” de la trabajadora y también el abuso de esta vía de despido objetivo de trabajadores debido a sus ausencias por estar enfermos, que avaló la semana pasada el Constitucional
El gigante de la atención telefónica Atento ha despedido este martes a una trabajadora, la presidenta del comité de empresa de su centro en Lleida y del sindicato UGT, por el conocido como 'despido por absentismo', debido a 18 ausencias en dos meses consecutivos, todas ellas justificadas por baja médica. Como ha adelantado La Vanguardia, la multinacional ha echado a la sindicalista en virtud del artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, solo unos días después de que el Tribunal Constitucional avalara esta vía de despido objetivo, endurecido en las reformas laborales de 2010 y 2012.
Como explica la carta de despido con fecha del 5 de noviembre –a la que ha tenido acceso eldiario.es–, la empleada faltó al trabajo en tres periodos (del 11 al 14 de marzo, el 15 de marzo y del 2 al 18 de abril) justificados en su totalidad por bajas médicas de incapacidad temporal. En total, 18 días en dos meses consecutivos.
El artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores permite el despido objetivo –con indemnización de 20 días por año trabajado– por faltas intermitentes del trabajador, aunque estén justificadas, cuando estas alcanzan el “el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos” y “siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles”, o bien cuando suponen “el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses”.
Atento se agarra al primero de los supuestos. Dado que el número de días hábiles en esos dos meses es de 42 días, el porcentaje de ausencias alcanza el 42,86% en ese periodo. Además, en los doce meses anteriores esos 18 días de baja suponen el 7,23% de las jornadas hábiles, lo que ha servido para justificar el despido objetivo por absentismo.
Hay que recordar que la legislación recoge excepciones en las que no se tienen en cuenta las ausencias de cara a este cómputo, como las faltas por “enfermedad grave” o tratamiento de cáncer. Sí se incluyen otras bajas médicas cortas e intermitentes, como ocurre en este despido.
UGT y CCOO han anunciado en un comunicado conjunto que van a recurrir el despido de la trabajadora. “La empresa se ha acogido a un artículo contenido en la reforma laboral de 2012, avalado el pasado 16 de octubre por el Tribunal Constitucional, que es totalmente perjudicial, regresivo e injusto”, critica la nota.
Atento: “Es un caso más de despido objetivo”
Fuentes Atento defienden la extinción del contrato de trabajo como un “procedimiento que se utiliza para combatir el alto absentismo laboral independiente de la condición del trabajador o trabajadora”. La multinacional “considera que es un caso más de despido objetivo”, añaden.
UGT ha denunciado públicamente el despido como “una clarísima situación de persecución sindical”, que recurrirán ante los tribunales. Además, más allá de este caso concreto, el sindicato critica que se utilice esta fórmula de despido para prescindir de trabajadores que se ausentan por haber estado enfermos, explica a este medio Monika Benito, secretaria de Organización de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT en Catalunya.
“De hecho, la trabajadora se entera de su despido cuando estaba cumpliendo con horas sindicales asesorando a un afiliado nuestro que también había sido despedido por lo mismo, por absentismo”, sostiene Benito. Aunque esta fórmula de despido no ha sido muy utilizada hasta la fecha, según los propios sindicatos y abogados laboralistas contactados, la representante de UGT advierte de que Atento “sí la está aplicando, no de forma masiva, pero la está aplicando”.
Las direcciones estatales de UGT y CCOO anunciaron este martes su estrategia conjunta contra el despido por absentismo avalado por el Tribunal Constitucional hace solo unos días. Los sindicatos tacharon la sentencia de “una temeridad” por el riesgo a la salud al que expone a los trabajadores, que pueden acabar acudiendo al trabajo enfermos para evitar ser despedidos.
Los líderes de ambas organizaciones, Pepe Álvarez y Unai Sordo, han advertido que señalarán públicamente a las empresas que utilicen esta forma de despido y que batallarán los casos de los que tengan constancia ante los tribunales. UGT y CCOO consideran que sigue habiendo motivos para anular el precepto por anticonstitucional, más allá de las analizadas por el Pleno en su reciente fallo.
Este jueves, ambos sindicatos han anunciado que recurrirán “la sentencia del Tribunal Constitucional ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea y ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.
Unai Sordo advirtió esta semana del temor de los sindicatos a que, tras el respaldo del Constitucional, se produzca un “efecto contagio” y se multipliquen este tipo de despidos. Ambos sindicatos llamaron además a los partidos políticos a posicionarse sobre este artículo del Estatuto de los Trabajadores de cara a las elecciones de este 10 de noviembre y exigieron la derogación urgente de la reforma laboral.