Esta obligación se deriva del reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo de 14 de marzo de 2012 sobre las ventas en corto y determinados aspectos de las permutas de cobertura por impago, que entra en vigor el próximo mes.
Ante estos cambios, la CNMV facilita en su página web un nuevo servicio para que las entidades obligadas a notificar posiciones cortas netas puedan realizar este trámite. Para ello, deberán registrarse previamente y así disponer de las claves y contraseñas necesarias para utilizar este servicio.
El registro de usuarios se podrá realizar desde este mismo miércoles, mientras que la presentación de las notificaciones por esta vía se podrán llevar a cabo a partir de noviembre.
En esa fecha también estarán disponibles los diferentes formularios de notificación y cancelación de posiciones cortas netas en el siguiente
enlace la página web de la CNMV: http://www.cnmv.es/portal/Gpage.aspx?id=MOD&idPerfil=2.
El reglamento mantiene el régimen ya establecido en España según el cual las personas físicas o jurídicas deben notificar al regulador las posiciones cortas a partir del 0,2% y al mercado a partir de 0,5%.