Algunas coincidencias entre la CNMC y EHHA
Si se analizan las conclusiones y recomendaciones de la CNMC y se comparan con un documento de la EHHA que resume su perspectiva se encuentran varias similitudes. En algunos casos la CE se ha pronunciado también al respecto. Contactados por este medio, ningún portavoz de la EHHA ha hecho declaraciones.
Autorización de actividad
CNMC
“Someter a las viviendas de uso turístico (VUT) a un régimen de autorización implica un exceso de trámites administrativos, que pueden suponer una carga excesiva y desincentivar la entrada de viviendas de turístico en el mercado de alojamiento”.
EHHA
“Observamos que los esquemas que dependen del registro público y autorización de viviendas y apartamentos ya están demostrando ser excesivamente burocráticos (para los proveedores y las autoridades locales) y actúan como barreras a la innovación y a los modelos emergentes de negocio de alquiler turístico”.
COMISIÓN EUROPEA
“Cuando se requiere legítimamente que los prestadores de servicios obtengan autorizaciones con arreglo a la legislación nacional, los Estados miembros deben garantizar que las condiciones para obtenerlas sean, entre otras cosas, claras, proporcionadas y objetivas, y que las autorizaciones se concedan en principio sin límite de tiempo”.
Limitación del número de noches
CNMC
“Desde la óptica de los principios de la regulación económica eficiente, esta limitación del número de días no responde a la existencia de ningún fallo de mercado pero tiene como efecto la protección de los incumbentes frente a la competencia potencial ya que, de esta forma, se evita la entrada de nuevos competidores en un segmento del mercado”.
EHHA
“Las regulaciones que intentan limitar el número de noches que se puede alquilar una propiedad, o la cantidad máxima de veces que se pueden alquilar, pueden constituir un intento de limitar la competencia. En particular, los consumidores deben tener la mayor cantidad de opciones posibles de lugares para alojarse, por lo tanto, las reglas que especifican un número mínimo de noches que un viajero puede permanecer en un alojamiento de alquiler a corto plazo representan un conjunto de medidas desproporcionado y anticompetitivo”.
COMISIÓN EUROPEA
“Prohibir el arrendamiento de apartamentos a corto plazo de modo general parece difícil de justificar porque el uso en alquiler de propiedades a corto plazo pueden limitarse a un número máximo de días al año. Esto permitiría a los ciudadanos compartir sus propiedades de manera ocasional sin retirar la propiedad del mercado de alquiler a largo plazo”.
Normas específicas sobre alquiler turístico vs más generales
CNMC
“Algunas de esas externalidades negativas son propias de las VUT, otras están en realidad ligadas a la actividad turística en general o a la concentración de visitantes y no exclusivamente a los turistas que se alojan en VUT. Sin embargo, tales efectos han sido utilizados como justificación teórica para numerosas regulaciones, a nivel autonómico y local, que son restrictivas únicamente con las VUT”.
“Por un lado, estarían las derivadas del aumento del turismo, como congestión, ruidos, o consumo de recursos medioambientales. Estas externalidades no son exclusivas de las viviendas turísticas, ya que se producen por cualquier turista, independientemente del modo de alojamiento en el que se hospede”.
EHHA
“Hay obligaciones únicas que se aplican exclusivamente a viviendas turísticas, como notificaciones obligatorias a vecinos y propietarios de edificios, o disposiciones específicas sobre comportamiento antisocial o molestias. EHHA cree que los resultados buscados por tales obligaciones se deben conseguir con la aplicación efectiva de leyes existentes que se apliquen a todo tipo de alojamiento residencial, en lugar de la creación de marcos completamente nuevos que se aplican solo a un segmento del sector de alojamiento”.
Normas de viviendas turísticas frente a las hoteleras
CNMC
“Como la CNMC y las autoridades de competencia autonómicas han constatado, estas regulaciones, con frecuencia, restringen la oferta y la capacidad de competir de las VUT y, por ello, son perjudiciales para consumidores, ciudadanos y para la economía en su conjunto. Muchas de estas regulaciones están inspiradas en las normas de alojamiento tradicional, que tienen que hacer frente a la competencia de la expansión de las VUT y tienen como efecto proteger esta oferta tradicional (aunque en ocasiones pueden incluso perjudicar a esos propios operadores tradicionales con cargas excesivas)”.
EHHA
“La propiedad utilizada para el alquiler a corto plazo ya está sujeta a regulación, ya sea a través de regulaciones contra incendios aprobadas localmente, códigos de construcción o reglas que rigen el alojamiento pagado a corto o largo plazo. Este enfoque refleja con precisión el hecho de que, especialmente en el caso de la propiedad que se utiliza como alojamiento no turístico durante parte del año, sigue siendo propiedad residencial que ya debe cumplir con la ley de seguridad pertinente. Un apartamento usado ocasionalmente para turistas es muy diferente de un hotel, y es correcto que las regulaciones se diseñen y apliquen de manera proporcionada y considerada”.
COMISIÓN EUROPEA
“A efectos de regulación de las actividades en cuestión, los particulares que ofrezcan servicios entre pares de manera ocasional a través de plataformas colaborativas no deben ser tratados automáticamente como prestadores de servicios profesionales. Establecer umbrales (posiblemente por sector) con arreglo a los cuales una actividad se consideraría una actividad no profesional entre pares puede ser una manera adecuada de avanzar”.