Competencia pide analizar el estatuto de consumidores electrointensivos “desde la óptica de ayudas de Estado”

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha advertido este jueves de que el Proyecto de Real Decreto que regula el estatuto de consumidores electrointensivos elaborado por los ministerios para la Transición Ecológica y de Industria para mitigar el elevado coste de la luz de la gran industria “debe ser analizado desde la óptica de ayudas de Estado”.

La sala de regulación del organismo recuerda que el proyecto recoge distintos mecanismos de apoyo cuyo impacto se estima en 41 millones de euros en términos anuales: “los directamente aplicables (reducción o exención de la financiación de los pagos por capacidad) y otros indeterminados al quedar condicionados a futura regulación vía orden ministerial o a la existencia de disponibilidad presupuestaria (mecanismos de compensación de costes de emisiones, revisión de coeficientes de pérdidas y la cobertura de riesgos para contratos a largo plazo). Cualquiera de ellos debe ser analizado desde la óptica de ayudas de Estado”.

En una nota, la CNMC “pide analizar en mayor detalle todos los mecanismos desde la óptica de la normativa de ayudas de Estado y recomienda que se tengan en consideración las ayudas a la industria electrointensiva que otros Estados miembros han adoptado y que ya han sido autorizadas” por la Comisión Europea

Bruselas tiene un exigente régimen de autorización para las ayudas de Estado, definidas por el Tratado de la UE como “las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones” “en la medida que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros”. eldiario.es ha preguntado al Ministerio de Industria si se va a notificar ese estatuto a la Comisión Europea como una ayuda de Estado, sin obtener respuesta.

En su informe, la CNMC no considera “adecuado limitar la condición de consumidor electrointensivo al nivel de tensión y a la estructura de la tarifa de acceso a la que está acogido, teniendo en cuenta que los consumidores no tienen capacidad para conectarse a un nivel de tensión determinado ni para establecer la estructura del peaje que le es de aplicación”.

Entre otras observaciones, reclama que “la condición para ser electrointensivo no dependa de la estructura de peajes vigente en cada momento” y recomienda “establecer la metodología de cálculo de la relación entre el consumo anual y el valor bruto de la empresa titular del punto de suministro, en aquellos casos en que una misma empresa cuente con varios puntos de suministro y no todos ellos cumplan con el criterio de volumen de consumo anual y con el 50% del consumo en el periodo valle”.

“Por otra parte, la atribución de las funciones de certificación y registro de consumidores electrointensivos a la CNMC que queda recogida en el proyecto no se considera operativa”, ya que Transición Ecológica asume esta función y, a la vez, la supervisión del mecanismo. “En cualquier caso, debería conjugarse con la correspondiente dotación de medios (personales y/o económicos) que haga viable el ejercicio de la función”.

Este proyecto, elaborado tras los cierres de fábricas anunciados en los últimos meses por empresas como Alcoa, persigue mitigar los efectos de los elevados costes energéticos que soportan en España los llamados grandes consumidores de energía de sectores industriales como el metalúrgico, químico o siderúrgico. Está dirigido a consumidores en alta tensión con una demanda anual superior a 40 GWh, entre otros requisitos. No obstante, la Asociación Española de Grandes consumidores de Energía (AEGE) lo ha considerado “insuficiente” porque asegura que su impacto real es “mínimo”.