La Sección 3 de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado parcialmente una demanda de la Confederación General del Trabajo (CGT) y ha condenado a Konecta BTO SL, la multinacional española de call centers controlada por Banco Santander y el fondo capital de riesgo PAI Partners (dueños del 80% del capital), por el despido, el pasado 31 de julio, de 92 teleoperadores con discapacidad que hasta entonces prestaban el servicio de cita previa telefónica para la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y que Konecta se negó a subrogar al adjudicarse este servicio.
La sentencia, dictada el pasado 21 de diciembre y notificada a las partes este jueves, considera que Konecta “debió proceder a subrogar de forma inmediata a todos los trabajadores afectados sin realizar proceso de selección alguno” y califica como nulo el despido colectivo, por lo que condena a Konecta a readmitir a los trabajadores despedidos “en las mismas condiciones anteriores al despido con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar”.
La resolución, que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, absuelve a la anterior subcontrata, el Grupo Sifu SL, y a Servinform, adjudicataria del servicio antes que Konecta. En su demanda, CGT exigía que se reconociera el derecho de los trabajadores de Sifu a ser subrogados por Konecta en virtud del artículo 27 del convenio colectivo de centros y servicios de atención a personas con discapacidad o que, en caso de reconocerse la nulidad de los despidos, Sifu readmitiera a los despedidos o las tres empresas fueran condenadas subsidiariamente a la readmisión.
Como consecuencia de su despido, los afectados protagonizaron una huelga y, una vez en la calle, convocaron movilizaciones en Madrid para exigir la subrogación a Konecta, remitieron cartas a la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y realizaron varias concentraciones ante la sede central de la AEAT.
Sifu había informado por escrito a los afectados el 16 de julio de que el servicio que habían venido prestando desde 2015 en régimen de subcontrata para diferentes empresas del sector del telemarketing pasaría a manos de Konecta a partir del 1 de agosto y que quedarían subrogados con ella “de acuerdo con las disposiciones legales y convencionales que resultan de imperativa aplicación”.
Sin embargo, Konecta se limitó a ofrecer a los afectados incorporarse a un proceso de selección abierto y se negó a acatar la subrogación, amparándose en el artículo 18 del convenio del sector de Call Center. Además, se llevó el servicio a Sevilla y durante las primeras semanas, dejó de atender llamadas en catalán, valenciano y gallego, en contra de lo que estipulaban los pliegos del contrato.
Con sede central en Madrid, Konecta acumula un largo historial de condenas en la jurisdicción social. En 2014, cuando ya prestaba el servicio de call center para la Campaña de la Renta, fue multada por realizar un ERE encubierto.
Antes que a Konecta, el servicio de cita previa telefónica de la campaña de la Renta de la AEAT había sido adjudicado por vía urgente (procedimiento negociado sin publicidad “por responder a una necesidad inaplazable”) tras la suspensión del procedimiento ordinario por la presentación de un recurso durante el proceso de licitación del servicio.
En mayo, trabajadores de Sifu denunciaron a esta empresa, a Servinform y a la propia Agencia ante la Inspección laboral por entender que su call center en Madrid no guardaba “las mínimas medidas de seguridad”, tenía “instalaciones claramente deficientes” con “riesgo para la integridad y salud de los trabajadores” e incumplía la ley de riesgos laborales. Después, se quedaron en la calle. Ahora Konecta deberá readmitirles, junto a cerca de 90 compañeros, aunque está por ver dónde y en qué condiciones.