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Cosechas falsas, facturas irreales... el promotor Francisco Roig pierde un pleito fiscal de 9,3 millones

Francisco Roig patrocinó a Nóos para "colocar" sus campos de golf

Antonio M. Vélez

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha condenado a la Sociedad Agraria de Transformación (SAT) Labor de Caballero NN 3944, del promotor inmobiliario valenciano Francisco Roig, a pagar a Hacienda 9.296.263,86 euros entre cuota, intereses de demora y sanciones por el Impuesto de Sociedades de 2004 a 2006. La sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, confirma el criterio del Tribunal Económico Administrativo Central de Hacienda, que en julio de 2014 respaldó las conclusiones de la Agencia Tributaria frente a la recurrente.

La mayor parte de lo reclamado, más de 7,7 millones, son deudas tributarias por deducciones de “gastos no acreditados” y desgravaciones por reinversión de beneficios extraordinarios incorrectamente aplicadas porque no cumplían los requisitos para su aplicación“. A ello se suman 1,7 millones de sanción. La sentencia condena a la SAT a las costas y critica su ”falta absoluta de diligencia“ en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Ante “la inexistencia de una actividad agrícola relevante”, la Audiencia ha echado por tierra las millonarias deducciones que se anotó incorrectamente la SAT de Roig al reinvertir beneficios obtenidos por la compraventa de terrenos en Valencia. Aunque intentó colar esos solares como “inmovilizado” propio de su actividad económica, su “actividad real”, según Hacienda, era el ladrillo, por lo que debió contabilizar los terrenos como “existencias”, sin derecho a aplicarse esos incentivos fiscales.

“En los ejercicios 2005 y 2006 más del 95%, por no decir el 100%, de la actividad económica realizada es inmobiliaria. En consecuencia, ni la Sociedad Agraria de Transformación, ni los socios, ni las sociedades participadas desarrollan una actividad agrícola o ganadera que sea relevante”, según interpretó Hacienda, que añadió: “La realidad es que no estamos ante una SAT sino ante una sociedad de régimen general que desarrolla en un sentido amplio la actividad inmobiliaria. En particular la compra venta de terrenos, previa recalificación urbanística en algunos casos de los mismos”.

Naranjas, cebollas, chufas y topillos

La sentencia confirma la improcedencia de deducciones por facturas que tampoco correspondían “a servicios reales” y desgrana ejemplos de esa nula actividad agrícola, como unos terrenos en el barrio valenciano del Campanar adquiridos por la SAT en 2005. La sociedad de Roig “aportó una factura de 31/12/2006 de venta de cebollas por 6.000,00 euros” a Hortalizas Pepo SL. Pero “tres días antes” había adquirido a esa misma empresa cebollas por idéntico importe, lo que “pone en duda que las cebollas vendidas fueran cultivadas por el obligado tributario y no las mismas que 3 días antes había adquirido”, según Hacienda.

En una de esas parcelas, adquirida por 4,7 millones, la SAT aseguró que “cultivó chufas en el 2007, pero una plaga de topillos acabó con la cosecha”. Al no acreditar gastos relacionados con esos supuestos cultivos, y teniendo en cuenta que ese suelo “se califica como urbanizable en el nuevo plan general de Valencia”, la conclusión de la Agencia Tributaria fue esta: “Resulta más que evidente que su finalidad no pasa por la explotación agrícola sino por su afectación a la actividad urbanística desarrollada por el obligado tributario”.

En el caso de otros terrenos en Torres Torres y Algimia de Alfara (Valencia), la SAT presentó facturas por venta de naranjas de la campaña 2005-2006 por importe de 12.686,69 euros, sin especificar en qué parcelas las cultivó ni aportar facturas de la siguiente campaña o de compra de abono o productos fitosanitarios. “Las naranjas vendidas, suponiendo que procedan de estas parcelas, corresponderían a la producción existente en el momento de la adquisición (en su mayoría mediados de 2005), pero estos cultivos no fueron explotados por el obligado tributario en campañas sucesivas”, según la Agencia Tributaria.

“Ello unido al hecho de que la inversión realizada en Torres-Torres y Algimia supone 2.557.913,12 euros y 4.212.769,53 euros, y de que la mayoría de las parcelas están afectadas por planes urbanísticos” promovidos por La Baronia Golf Valencia Resort SL (otra empresa de Roig), “evidencia que cuando se adquirieron estas parcelas su actividad era la promoción urbanística y no la explotación agraria”, según Hacienda.

Un parking Robocop

En aquellos años, Francisco Roig (Poble Nou, Valencia, 1939) estaba en su apogeo inmobiliario, tras dar un pelotazo de 31,6 millones con la venta en 2004 de su 19,2% del Valencia CF, del que fue máximo accionista y su presidente entre 1994 y 1997.

El hermano mayor del presidente y máximo accionista de Mercadona, Juan Roig, y de Fernando Roig, dueño del Villarreal FC y magnate del azulejo castellonense, anunció en 2005 una inversión de 3.000 millones para desarrollar diez campos de golf en la Comunidad Valenciana con sus correspondientes urbanizaciones, tras hacerse con más de cuatro millones de metros cuadrados de suelo rústico.

“No podemos competir con China ni con los países del Este en mano de obra y las naranjas se están abandonando porque ya no son rentables. Con diez campos de golf daríamos más trabajo que Ford España. Los están haciendo en Portugal, Andalucía, Murcia... y nosotros, que tenemos mejor clima, nos estamos quedando a la cola”, se quejaba en noviembre de 2006 ante las trabas administrativas que decía encontrar para sus proyectos golfísticos, que según sus cálculos crearían 10.000 empleos.

Tras el crack del ladrillo, esas millonarias inversiones se quedaron en nada. La última iniciativa empresarial de Roig, hoy casi un octogenario, fue un parking 100% robotizado en Valencia inaugurado en enero de 2012. Lo explota una empresa cuyo socio único es, precisamente, la SAT Labor de Caballero.

Los campos de golf que intentó promover y que ahora le han costado un pleito millonario con Hacienda también le llevaron al juzgado. Tuvo que comparecer como testigo en la Audiencia de Palma junto a su hermano Alfonso durante la instrucción del caso Nóos para explicar su relación con Iñaki Urdangarin. En abril de 2016, reconoció que en 2006 pagó 156.000 euros en concepto de patrocinio al Instituto Nóos para intentar desbloquear tres campos de golf que entonces intentaba “colocar” a inversores: “No sé qué pasó. Sé que yo pagué y no recibí nada a cambio”, declaró.

Preguntado por este asunto, Roig ha dicho desconocer si ha recurrido ante el Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional, dictada el pasado 14 de noviembre: “No tengo ni idea, yo estoy jubilado ya”.

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