Las medidas económicas del estado de alarma: transporte a la mitad, intervención de fábricas y eléctricas y cierre de locales de ocio

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha enumerado este sábado las “drásticas” medidas contenidas en el real decreto que implanta el estado de alarma a partir de esta noche y durante un plazo de al menos 15 días para intentar frenar la expansión del coronavirus.

La norma va a incluir la limitación de movimientos de la población, el cierre de numerosos comercios y, entre otras medidas, la reducción a la mitad de muchos de los servicios de transporte, con la excepción de las Cercanías, el cierre de la mayoría de establecimientos de ocio y la posibilidad de “intervenir y ocupar transitoriamente” centros productivos “para el aseguramiento de bienes y servicios necesarios para protección y la salud publica”.

Sánchez ha avanzado que el Ejecutivo aprobará en el próximo Consejo de Ministros un segundo paquete económico con medidas de apoyo a los trabajadores y las empresas. El anuncio llega tras numerosas informaciones que apuntaban a un fuerte debate en el Consejo de Ministros sobre cuándo y cómo aplicar las medidas económicas. La rueda de prensa de Sánchez se ha retrasado más de siete horas.

Reducción del transporte

En relación con todos los medios de transporte de viajeros (trenes, aviones y autobuses), el presidente ha confirmado que, con carácter general, recortan a la mitad sus servicios, si bien en el caso de las Cercanías ferroviarias funcionarán al 100%.

Asimismo, quedará “suspendida toda actividad minorista” salvo la de los comercios dedicados al suministro de alimentos, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, médicos, ortopedias, combustibles, prensa, estancos, quipos tecnológicos, tintorerías, peluquerías y correspondencia, si bien “se controlará que consumidores y empleados mantengan distancia seguridad de un metro” y no se podrán consumir productos dentro y se evitarán aglomeraciones.

Según lo decretado, las autoridades adoptarán las medidas necesarias para garantizar el abastecimiento alimentario. Cuando sea preciso, se establecerán “corredores sanitarios” para permitir la entrada y salida de personas, materias primas y productos procedentes de lugares de producción alimentaria (por ejemplo, los mataderos). El Gobierno podrá intervenir empresas para asegurar el buen funcionamiento de lo dispuesto en el decreto.

Opción de intervenir fábricas y eléctricas

El decreto faculta al Gobierno, y en concreto al ministro de Sanidad, a intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, incluidos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada, así como la industria farmacéutica, y a practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias, en aquellos casos en que resulte necesario para la adecuada protección de la salud pública, en el contexto de esta crisis sanitaria.

El Ejecutivo podrá adoptar las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo, así como de gas natural previstas en las leyes del Sector Eléctrico y de Hidrocarburos, que permiten que, en caso de ser necesario, el Gobierno pueda intervenir empresas para asegurar la continuidad del suministro o reducir la velocidad máxima en las carreteras, entre otras medidas.

Asimismo, se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público hasta que el decreto pierda su vigencia, lo que permitirá evitar que prescriban procedimientos ante la Agencia Tributaria o en los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Aunque en un primer borrador el Ejecutivo incluyó una única medida laboral, el teletrabajo obligatorio cuando fuera posible, tanto en el sector privado como en el público, finalmente esta disposición no figuró en el decreto definitivo que se aprobó el sábado.

Con información de Marina Estévez Torreblanca, Antonio M. Vélez y Analía Plaza.

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