Las empresas tipo Uber o de alquiler de alojamientos online no podrán subir precios en situaciones como la DANA
Las empresas que personalizan los precios de forma automatizada, como las de vehículos de transporte con conductor (VTC) o las de alquiler de viviendas que se contratan por internet –como los pisos turísticos– no podrán subir precios en situaciones similares a la DANA.
El Gobierno ha aprobado este jueves un real decreto que prohíbe las subidas abusivas de precios en situaciones de catástrofes. En concreto, las empresas que personalizan precios de forma automatizada no podrán incrementar las tarifas en situaciones que puedan calificarse de emergencia por protección civil.
La medida supone modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y ha sido propuesta por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, junto con el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Estas empresas que no tienen precios fijos, sino que dependen, por ejemplo, de la demanda en un momento determinado, no podrán subir sus tarifas en “contextos de urgencia, riesgo o necesidad de la persona consumidora”, según detalla el Ministerio encabezado por Pablo Bustinduy, en cualquier situación que pueda ser calificada como emergencia según la Ley que regula el Sistema Nacional de Protección Civil.
Medidas para los concesionarios
Además, el real decreto limita el precio de venta de vehículos de motor, dentro del Plan Reinicia Auto+, para dar ayudas económicas a quienes necesiten adquirir uno porque lo perdieron durante la DANA. De esta forma, los puntos de venta, como concesionarios, que se adhieran a este programa no podrán comercializar coches a personas afectadas a precios que sean superiores a los que había el 28 de octubre.
Estos puntos de venta deberán firmar una declaración responsable que recoja que no suben sus tarifas respecto a esa fecha y cumplimentar un formulario disponible en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo. En paralelo, para garantizar que el precio de los vehículos a motor no sea superior al registrado antes de la DANA, el punto de venta deberá reflejar en la factura el precio medio de aquellos vehículos que fueron vendidos durante el mes de septiembre de 2024, explica el Ministerio, teniendo que ser vehículos del mismo modelo y con las mismas características, incluyendo extras y personalizaciones. En esos casos, al precisar el precio medio en la factura, no será necesario que el punto de venta firme una declaración responsable.
De esta forma, detalla el Ministerio de Consumo, la ayuda de 10.000 euros para la adquisición de nuevos vehículos queda vinculada a la limitación de precios de venta que estaban fijados antes de que se produjera la DANA.
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