La Fiscalía Anticorrupción ha rechazado que los máximos responsables del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) participaran “consciente, voluntaria y materialmente” en la presunta estafa que supuso la salida a Bolsa de Bankia y, en consecuencia, ha negado que una supuesta “desidia” en su labor de supervisión sea constitutiva de un ilícito penal.
El fiscal Alejandro Luzón se opone a admitir la petición de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) de citar en calidad de investigados al exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez, al exvicepresidente de la CNMV Fernando Restoy, al antiguo subgobernador del regulador Javier Aríztegui y al exdirector general de Supervisión Jerónimo Martínez Tello.
El representante del Ministerio Público explica que la CIC, presidida por Gonzalo Postigo, ha criticado la “desidia o el déficit de actuación” de estos organismos por la falta de alcance de su función de vigilancia y control. Sin embargo, pone de relieve que “no es posible” participar a título de imprudencia en un delito doloso, como es el caso de la estafa, en el que el engaño es la “médula, el alma o la piedra angular”.
Tras recordar que la responsabilidad por imprudencia ha sido ya descartada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, el fiscal recuerda que es “todavía más insostenible” perseguir una actuación dolosa porque no existen pruebas en la causa y “resulta radicalmente incompatible con la intervención que estas instituciones han tenido con vistas a la corrección de diversas malas prácticas en su momento detectadas”.
“La opción de considerar la existencia de un delito doloso, esto es que los funcionarios del Banco de España o de la CNMV participaron dolosamente por omisión en el delito de estafa que se investiga en estos autos, equivale a admitir que dichos funcionarios contribuyeron consciente, voluntaria y materialmente al resultado lesivo”, ha concluido.
La CIC, defendida por el abogado Andrés Herzog, acusó a los responsables del Banco de España de “ocultar” los “problemas” y las irregularidades contables detectadas, mientras que afeó a la CNMV permitir la operación de julio de 2011 al “eximir a la entidad de la presentación de sus cuentas anuales auditadas”.
En el marco de la causa, abierta tras las querellas presentadas en junio de 2012 por UPyD --que se ha retirado del caso--, los peritos judiciales Antonio Busquets y Víctor Sánchez Nogueras, adscritos al Banco de España, ratificaron el pasado 12 de enero los informes en los que apuntaban que el grupo, conformado en diciembre de 2010 por siete cajas de ahorro, presentaba pérdidas desde dos años antes, y la entidad salió a Bolsa sin ofrecer su “imagen fiel” a los inversores institucionales y a los accionistas minoritarios.
En julio de 2012, Andreu imputó al exvicepresidente del Gobierno y expresidente de Bankia Rodrigo Rato, a una treintena de antiguos miembros del Consejo de Administración, así como a Bankia y BFA en calidad de personas jurídicas por indicios de delitos de falsificación de cuentas, administración desleal, maquinación para alterar el precio de las cosas y apropiación indebida.
El juez Andreu acordó en noviembre de 2015 aumentar hasta los 38.290.648 euros la fianza en concepto de responsabilidad civil impuesta a la entidad financiera, su matriz BFA, el expresidente Rodrigo Rato, el exvicepresidente José Luis Olivas, el antiguo consejero delegado Francisco Verdú y el que fuera consejero ejecutivo y secretario de Estado de Hacienda José Manuel Fernández Norniella.