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El Gobierno reconduce la nueva ley concursal para mantener la prevalencia del pago de cotizaciones e impuestos

El ministro de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, José Luis Escrivá, junto a la vicepresidenta de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, en una foto de archivo.

Rodrigo Ponce de León

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En el seno del Gobierno se ha vivido en los últimos meses una pugna soterrada para solventar un punto fundamental de la nueva ley concursal: el privilegio del crédito público, es decir, la prevalencia para que las empresas en quiebra paguen las deudas de la Seguridad Social y los impuestos pendientes, el dinero común que financia los servicios públicos y las pensiones. Tras semanas de tiras y aflojas se ha impuesto en el Ejecutivo la postura de mantener este privilegio ante las presiones llegadas por parte de las organizaciones empresariales y asociaciones de administradores concursales que habías asumido algunos responsables ministeriales.

En esta ocasión no era un conflicto entre los socios de Gobierno, PSOE y Unidas Podemos, sino entre ministerios de la órbita socialista de la coalición, aunque fuentes internas del Ejecutivo aseguran que el dilema tenía una buena carga de profundidad ideológica. En un lado estaban las carteras ministeriales de Asuntos Económicos y Justicia, más proclives a una exoneración de los créditos de derecho público, y, por el otro lado, los de Seguridad Social y Hacienda, que se posicionaron como defensores de la prevalencia de lo público.

El Estado español está obligado a trasponer la directiva europea 2019/1023 para transformar la Ley Concursal en un instrumento más flexible y más rápido con el objetivo de garantizar la continuidad de las empresas y evitar el mayor número de cierres de compañías. A principios del mes de agosto se aprobó el anteproyecto de reforma concursal y semanas después, en plena canícula, se abrió el periodo de consulta pública en el que organizaciones de autónomos como ATA o UATAE y asociaciones como Registro de Economistas Forenses y la Asociación Profesional de Administradores Concursales, junto a despachos de abogados y consultoras, calentaron aun más el ambiente con un alud de propuestas y modificaciones.

“En la Unión Europea son conscientes de las diferencias tributarias y de Seguridad Social que hay en cada país, así que dejaron un campo muy abierto para la trasposición de la directiva que ha llevado a un texto en el que se podría interpretar que todos los acreedores no tienen que ser iguales. Cuando se discutió el borrador que habían impulsado Asuntos Económicos y Justicia se vio que de los 30 artículos de la directiva europea se había refundido un texto con más 750 artículos, prácticamente se había puesto en marcha una nueva regulación íntegra, donde se había eliminado el privilegio del crédito público, entre otros aspectos inadmisibles”, explica un miembro del Ejecutivo que pide el anonimato.

La misma fuente añade que buena parte del nuevo borrador venía de una refundición de la normativa que se hizo bajo la dirección del Ministerio de Economía de Luis de Guindos durante el Gobierno anterior del Partido Popular. “Había cosas inaceptables como que tuvieran más protección los planes de pensiones privados que el dinero que había que pagar a las cotizaciones sociales de la Seguridad Social, en definitiva, una parte de lo que financia la sanidad pública o el sistema público de pensiones”, añade.

El texto inicial proponía que en los procedimientos abreviados se eliminaba el privilegio del crédito público y se condicionaba el pago de cotizaciones e impuestos a un acuerdo entre los acreedores privados. “Nos podríamos encontrar con que en un proceso concursal un empresario termine de pagar la compra de su coche y deje sin pagar las cotizaciones sociales de alguno de sus trabajadores, que al final tendríamos que pagar entre todos”, argumentan.

Este posicionamiento provocó un fuerte rechazo por parte de los responsables de los ministerios de Hacienda e Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. “Ya sea por desconocimiento o por influencia de las organizaciones empresariales en Justicia y Asuntos Económicos habían aceptado el discurso ideológico que insiste en señalar el dinero que deben los empresarios a las instituciones públicas - y que sostiene las prestaciones públicas - como el causante final de la quiebra de la empresa, cuando ya se ha demostrado que no es así”, añade otra fuente del Gobierno, que pide el anonimato.

Autotutela de la Administración Pública

Los defensores del privilegio del crédito público recuerdan que si este desparece de la futura Ley Concursal se estaría acabando de facto con la autotutela de la Administración Pública, una facultad administrativa que permite el aplazamiento y las moratorias de los deudas de cotizaciones sociales e impuestos que deben abonar los autónomos y las empresas. Lo argumentan de la siguiente manera: “Nadie entendería que se otorgaran aplazamientos o moratorias del pago de una deuda con un organismo público que el empresario se puede quitar de encima si acude a un proceso concursal, estaríamos poniendo en peligro la continuidad de servicios públicos fundamentales o el pago de pensiones”.

“Hay un mantra que por más que se repita no es cierto que es que las deudas públicas lleven al cierre de las empresas, cuando ocurre todo lo contrario: se busca ofrecer facilidades de pago y la continuidad de la actividad. A la Administración Pública, ya sea la Seguridad Social o la Agencia Tributaria, no le interesa el cierre de empresas o que un autónomo se quede sin trabajo, todo lo contrario. Más desempleo se traduce en menos cotizaciones sociales y más problemas para el sistema de prestaciones públicas y lo mismo ocurre con los impuestos”, explican fuentes del Ejecutivo que insisten en que la mejor prueba es que las medidas puestas en marcha durante la pandemia mediante moratorias y aplazamientos o los avales del ICO han servido para proteger el tejido productivo español.

Según los datos que ha hecho públicos el Ministerio que dirige José Luis Escrivá, con el impacto de la pasada crisis financiera el número medio de deudores de la Seguridad Social entre 2009 y 2013 fue de 1.400.517 mientras que en enero de 2021, gracias a las moratorias, los empresarios que debían cotizaciones sociales era un 26% menos, 1.031.130 morosos. Además, mientras que en 2012 el porcentaje de impagados a la Seguridad Social rondaba el 3,5%, las medidas aprobadas por el Ejecutivo que daban liquidez y aplazaban las deudas públicas han permitido que no suba la morosidad y los impagos a la Seguridad Social se mantuvieron en 2020 en el 2%, el mismo nivel que en 2019.

Durante la crisis financiera entre 2008-2015 se contabilizaron más de 42.500 empresas que solicitaron acogerse a un procedimiento concursal, pero solo el 7,5% sobrevivieron. Desde las organizaciones de empresarios a los responsables de la Administración Pública admiten que durante el 2020 los procedimientos concursales se contuvieron por las moratorias, aplazamientos y las medidas de liquidez aprobadas. Ahora las asociaciones de autónomos y empresariales han señalado que en la tramitación parlamentaria de la norma volverán a tratar de influir en el arco parlamentario para eliminar el privilegio del crédito público.

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