Ha llegado el momento: entra en vigor el nuevo sistema de cuotas de los autónomos en función de lo que ganan. Aunque se aprobó en verano, tras un gran acuerdo social, empieza a funcionar desde este 1 de enero y supone un importante cambio para los trabajadores por cuenta propia, que hasta ahora podían elegir cuánto cotizaban a la Seguridad Social.
El nuevo sistema es aplicable a todos los nuevos autónomos a partir del 1 de enero, pero también para aquellas personas que ya trabajan por cuenta propia, que deberán transitar a las nuevas cuotas. A continuación, recogemos algunas preguntas y respuestas sobre esta adaptación.
¿En qué consiste el nuevo sistema de cotización?
Los autónomos comenzarán a cotizar a la Seguridad Social según lo que ganan (sus rendimientos netos), con un sistema progresivo que se irá aplicando poco a poco a lo largo de los próximos años. Para este 2023, se establecen 15 tramos de “ingresos reales” o rendimientos netos y la persona autónoma deberá elegir uno de ellos –según sus previsiones de negocio– y cotizar lo que le corresponda a ese tramo.
La reforma pretende adecuar la cotización a los rendimiento de los trabajadores, así como las prestaciones que reciben, como los permisos de maternidad y paternidad, el paro de los autónomos, las bajas por enfermedad y la futura jubilación, entre otras. Ahora, como la inmensa mayoría de los autónomos cotiza por la mínima posible, sus prestaciones también son las mínimas.
¿Cuánto tendré que pagar con las nuevas cuotas?
Depende de lo que ganes. La referencia para establecer la cotización son los “rendimientos netos” obtenidos de las distintas actividades que realices como trabajador por cuenta propia, a los que debes “sumar el importe de las cuotas abonadas a la Seguridad Social si tributa conforme al régimen de estimación directa”, explica la Seguridad Social.
A estos rendimientos netos, se aplicará una deducción por gastos genéricos del 7%, porcentaje que, en el caso de socios mercantiles o socios laborales, que hayan estado de alta como autónomos 90 días en el año, la deducción se reduce a un 3%.
Cuando tenga una cifra estimada de sus rendimientos netos, debe ver en qué tramo de los 15 creados se ubica. ¿Gana menos de 630 euros al mes? ¿Entre 1.500 y 1.700 euros mensuales? ¿Más de 6.000 euros? Cada tramo tiene establecida una base mínima y máxima de cotización para 2023 y dentro de esa franja el trabajador podrá elegir su base, que dará lugar a la cuota mensual a pagar.
Un ejemplo: si se ganan 2.000 euros al mes, ¿cuál sería la cuota?
Veamos qué cuota resulta con un ejemplo práctico, de una trabajadora con unos 2.000 euros al mes estimados de rendimientos netos. En la tabla de tramos, la mujer se ubicaría en el escalón de rendimientos netos entre 1.850 y 2.030 euros mensuales.
Para este tramo, en 2023 se establece una base mínima de cotización de 1.029,41 euros y una máxima de 2.030 euros. La trabajadora puede elegir su base dentro de este rango y, cuando tenga el resultado, se pueden obtener las cuotas a pagar. El Ministerio de la Seguridad Social ha creado un simulador para facilitar este cálculo, al que se puede acceder desde aquí.
Si la trabajadora elige la base mínima posible, pagará 315 euros al mes de cuota. En cambio, si elige una base de 1.600 euros, pagará unos 489 euros al mes de cuota. O si elige una base de 2.000 euros mensual, pagará 612 euros al mes de cuota. En la tabla insertada arriba se ofrece la referencia de la cuota mínima a pagar en cada tramo.
¿Cómo cambiar mi cuota de autónomos?
Lo primero que debe comprobar es su base de cotización actual y sus rendimientos netos reales. Si le corresponde un tramo de rendimientos netos con una base de cotización mayor a la que tiene ahora, habrá de ajustar sus cuotas.
Para hacerlo, “a partir de enero, el portal Importass de la Seguridad Social incorporará nuevas funcionalidades para gestionar los trámites conforme al nuevo sistema”, explica el Ministerio.
“Los autónomos podrán comunicar los rendimientos esperados, elegir de forma sencilla su base de cotización o solicitar y modificar los beneficios aplicables (deducciones, bonificaciones, cuota reducida por inicio de actividad). Además, está previsto el desarrollo de otro simulador, ya personalizado”, añaden.
¿Qué plazo tengo para cambiar la cuota?
Se podrá hacer el cambio desde el 1 de enero. “Tendrás que solicitar el cambio de tu base de cotización y comunicar tu previsión de rendimientos netos anuales, en promedio mensual, antes del próximo 28 de febrero con la finalidad de que no se tenga que realizar posteriormente ninguna regularización de cuotas”, explica la Seguridad Social.
Si pago una cuota superior a lo que me corresponde, ¿qué hago?
Si a 31 de diciembre de 2022 estás dado de alta como trabajador autónomo y cotizas por una base superior a la que te correspondería según tus rendimientos, “podrás mantener dicha base de cotización, o una inferior a esta, aunque tus rendimientos determinen una base de cotización inferior a cualquiera de ellas”, detalla la Seguridad Social.
¿Y si no sé cuándo voy a ganar?
El nuevo sistema requiere cotizar en función de una estimación de los rendimientos netos, por lo que hay que elegir alguna referencia dentro de los 15 tramos disponibles. Si tienes ganancias muy cambiantes, hay que decir que el sistema permite cambiar hasta seis veces de base de cotización al año, con las fechas del calendario que se indican en el siguiente vídeo de la Seguridad Social.
¿Qué pasa si mis rendimientos finales son superiores? ¿O inferiores?
Las bases de cotización elegidas tienen carácter provisional hasta que la Tesorería General de la Seguridad Social realice la regularización anual según los datos de Hacienda.
Si tus rendimientos anuales han sido finalmente menores a los que habías previsto, “la Tesorería General de la Seguridad Social procederá de oficio a devolver la diferencia entre la cuota que has pagado y la que te corresponde pagar”, explica el Ministerio. “Si tus rendimientos anuales definitivos están por encima de los previstos, tendrás que regularizar tu situación pagando la diferencia”, añade.
Estoy cobrando la 'tarifa plana', ¿qué debo hacer?
Seguirás disfrutando de la tarifa plana, en las mismas condiciones, hasta que finalice su periodo máximo de duración.
La reforma de los autónomos ha regulado una nueva tarifa plana de 80 euros al mes durante 12 meses de inicio de la actividad, que entra en vigor este enero. Puede consultarse aquí con más detalle.
Además del simulador de cuotas, el Ministerio de la Seguridad Social ha elaborado una página con información más detallada del nuevo sistema de cuotas, al que se puede acceder aquí.
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CORRECCIÓN: En la versión inicial del artículo se incluía la tabla de cuotas acordada en verano, pero se ha actualizado con el aumento de la cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneral (MEI) de las pensiones, que suma 0,6 puntos porcentuales, en vigor desde este enero.