La ley de desindexación de la economía. Bajo este concepto Luis de Guindos vendió la que pretendía ser una de sus principales reformas en el Ministerio que ha pilotado estos cuatro años y que ahora dirige en funciones. La desindexación tenía como objetivo eliminar el IPC como principal referencia para actualizar las rentas y conseguir que estas se pactaran entre las partes con otros parámetros. Terminada la legislatura, el proyecto se ha quedado inacabado. Las reticencias internas a llevarlo a cabo hacen peligrar la aplicación de la ley.
La norma se publicó en el BOE en marzo de 2015 con la intención de acabar con las revalorizaciones automatizadas y con que se tomara el IPC como referencia en cualquier Administración pública a la hora de actualizar precios. Sin embargo, la norma comprende que muchos elementos se deben actualizar con el paso del tiempo y la ley dejaba pendiente de desarrollo reglamentario el fijar con qué índices o referencias se harían a partir de ahora estas revalorizaciones.
Por poner un ejemplo (que citaban fuentes de Economía cuando trabajaban en el texto), los precios de los contratos de obra pública se deberían revalorizar en función de los elementos que realmente encarecían el coste, como la subida de las materias primas utilizadas o la mano de obra, pero no con el indicador general que rastrea la evolución de los precios en la cesta de la compra.
Pero llega el 1 de enero de 2016 y las referencias públicas no se actualizarán conforme a estos criterios (supuestamente objetivos) porque no se han fijado. La tarea de construir los nuevos indicadores quedó plasmada en un borrador de Proyecto de Real Decreto que tuvo una fuerte contestación por los órganos consultivos.
Injerencia en la negociación colectiva
Una de la partes más polémicas era fijar la revalorización de la mano de obra en un contrato público poniendo como límite el aumento de la retribución de los empleados del sector público. El Consejo Económico y Social (CES), uno de los principales órganos consultivos del Estado, fue especialmente duro con este criterio, ya que entiende que la formación de salarios en el sector público y en las empresas privadas no está motivada por las mismas cuestiones ni puede ser pactada con los mismos parámetros.
También fue muy censurada esta posibilidad por los sindicatos, que entendían que era una injerencia en la negociación colectiva al impedir a las empresas fijar sus propias subidas salariales.
La ley aprobada aseguraba que “por real decreto se fijarán aquellos supuestos donde cabe aprobar estos sistemas de revisión periódica y predeterminada; las directrices para el diseño de fórmulas; los criterios para la interpretación de los principios de eficiencia y buena gestión empresarial; y los supuestos y límites para la traslación de costes de mano de obra. Adicionalmente, el real decreto podrá establecer los componentes de costes a incluir en las fórmulas, así como mecanismos regulatorios que incentiven el comportamiento eficiente”. Nada de esto se ha llevado a cabo.
Otro de los indicadores que han quedado pendientes de aprobar es el de la actualización de una concesión del Estado, como puede ser el peaje de una autopista. Hasta ahora, estas concesiones se actualizaban conforme al IPC y el Departamento de De Guindos ideó una fórmula con la que revalorizar estos contratos públicos.
Fuera de España, emplean el IPC
Fuentes del sector censuran esta idea ya que aseguran que en la mayor parte de las economías desarrolladas las actualizaciones se hacen con el IPC. Al cambiar esta referencia en España, estas fuentes creen que se penaliza a la inversión privada, que ya no puede tener la seguridad de que sus inversiones se revalorizarán en línea con el coste de la vida.
El CES es también de la misma opinión. Cree que el texto “no está adecuadamente orientado” a favorecer la actividad empresarial, especialmente en lo que se refiere a los contratos de concesión de obras públicas, por lo que considera que podrían ponerse en peligro algunos proyectos de inversión.
El borrador para fijar todas estas nuevos elementos se ha quedado parado y desde el Ministerio reconocen que no hay plazo para aprobarlo. En definir cuáles deben ser los nuevos indicadores de referencia ha trabajado una comisión interministerial de Economía, Hacienda e Industria (entre otros) y las posiciones encontradas y los dictámenes en contra han terminado por enterrar el proyecto. El borrador fijaba incluso cómo debían subir las eléctricas o las gasistas los suministros de las tarifas básicas.
También fallido ha sido el invento del indicador sustitutivo del IPC que creó artificialmente Economía y que no ha tenido calado ni en la propia institución que lo realiza, el Instituto Nacional de Estadística (INE). El nuevo indicador con el que el Gobierno pretendía que los particulares pactaran actualizar rentas como el alquiler se bautizó como Índice de Garantía de la Competitividad. El último dato publicado por el Instituto para este indicador es de octubre de 2015, y el organismo ni siquiera lo tiene incluido en su calendario de estadísticas. Encontrarlo en la web es una odisea.
De hacer caso a este índice, que se calcula con el IPC menos una fórmula que calculará la competitividad perdida desde que España entró en el euro, las rentas se tendrían que haber actualizado con tasas próximas al -3% durante el último año.
Será el nuevo Gobierno el que tenga que completar la labor de De Guindos. Sin embargo, los partidos de la oposición ya han expresado sus intenciones en campaña de recuperar el IPC como referencia para actualizar las pensiones o para los convenios colectivos. El Gobierno quería evitar por ley las presiones inflacionistas, pero lo cierto es que la bajada del precio del petróleo ha logrado desinflar los precios sin necesidad de crear ninguno de los nuevos indicadores anunciados. Por ahora, el nuevo año llega con una congelación de las tarifas generalizada, provocada por que el IPC no ha registrado desde hace dos años una evolución al alza.