La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social permitieron a Indra participar en la redacción de pliegos de concursos que esta firma luego amañó junto a otras compañías tecnológicas con las que formó un cártel para repartirse y encarecer artificialmente contratos públicos en el negocio de la informática y el tratamiento de datos.
Así se desprende de la resolución con la que la sala de Competencia del consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Indra y a otras diez empresas del sector con multas de 29,9 millones de euros por su pertenencia a ese cártel, que estuvo vigente durante diez años (2005-2015) y afectó a organismos tan diversos como el Instituto Cervantes, la Universidad de Barcelona y los ministerios de Hacienda, Empleo, Interior y Educación.
La resolución de Competencia, publicada este miércoles, critica que “en numerosas ocasiones la Administración ha recurrido a las empresas (especialmente Indra y SAG) para que le ayuden en el diseño de los pliegos”, lo que en su opinión “pone de manifiesto” una “clara intención de manipular el procedimiento con un único objetivo, mantener las posiciones en los sucesivos contratos”.
“Quieren que les ayudemos a hacer los pliegos”
Un ejemplo es el contrato de “Servicios de desarrollo y mantenimiento de sistemas y aplicaciones de administración electrónica en el departamento de informática tributaria de la AEAT” que se adjudicaron sendas uniones temporales de empresas participadas por Indra y por la alemana SAG.
Indra, que ya venía prestando ese servicio, se adjudicó a través de dos filiales el segundo lote del contrato en abril de 2015 por 7.804.259,94 euros. Su participación en la redacción de los pliegos “queda patente”, según la CNMC, en un correo electrónico interno intervenido por el organismo y fechado el 26 de agosto de 2014 en el que la empresa señalaba: “Hemos elaborado los perfiles junto con el cliente y en el pliego han puesto exactamente los modelos que nosotros les enviamos”.
Se da la circunstancia de que fue este contrato el que puso sobre la pista a la CNMC. Según la resolución, alguien en la propia AEAT trasladó determinada información a Competencia, en aplicación de una disposición de la ley de contratos públicos de 2011 que obligaba a notificar “cualesquiera hechos de los que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones que puedan constituir infracción a la legislación de defensa de la competencia”.
Otro ejemplo de la participación de Indra en la elaboración de un pliego es el contrato para la “Realización del desarrollo y mantenimiento de las aplicaciones informáticas de las Entidades Gestoras, Servicios Comunes e Intervención General de la Seguridad Social, mediante la prestación de los servicios de análisis, diseño, construcción, pruebas y documentación de aplicaciones”. Fue adjudicado en octubre de 2013 a la UTE formada por Indra y SAG por 33.438.111,09 euros, más IVA.
El 24 de enero de 2013, en un correo electrónico interno, una empleada de Indra indicaba que había hablado con la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (GISS) de cara a la próxima expiración de los contratos por los que la compañía ya prestaba ese servicio. “Desde la GISS quieren que les ayudemos a hacer los pliegos para comenzar el proceso administrativo”, señalaba.
Un voto particular apunta a la administración
La consejera de la CNMC Pilar Canedo “suscribe en su totalidad la descripción de los hechos probados y considera que acreditan rotundamente la existencia de infracción”, pero destaca que “numerosos párrafos recogidos en los hechos probados de la resolución apuntarían a una potencial participación de la administración en varios de los contratos repartidos por las empresas”.
Canedo cita en concreto esos y otros correos electrónicos, que probarían “que las empresas tienen en su poder los pliegos de contratación con que está trabajando la entidad”. Por eso, ha presentado un voto particular en el que considera que “de los hechos expuestos se deduce con claridad que la administración contratante podría ser conocedora de la existencia del reparto de mercado y que podría haber jugado un papel activo en el mismo”.
En su opinión, y pese a que la Ley de Competencia no contempla expresamente esta posibilidad, Canedo entiende que la jurisprudencia existente permite “considerar que las diferentes personificaciones de la administración habrían podido realizar conductas de facilitación del cartel entre las empresas, por lo que debería habérseles incluido en la incoación” del expediente sancionador.
Indra, empresa del Ibex 35 habitual en los sumarios de casos de corrupción vinculados al PP, como Púnica y Lezo y que desde 2013 tiene como mayor accionista al Estado, confirma que recurrirá la sanción ante la Audiencia Nacional por considerar “que esta decisión no se ajusta a Derecho, por exceso en la calificación de los hechos y desproporción en la sanción”.
Fuentes del grupo destacan que la multa impuesta a la compañía, que ha recibido la mayor sanción (13,5 millones), equivale al 0,73% de su facturación en España en 2017 (1.833 millones), un porcentaje mucho menor que el importe máximo sancionador, que es del 10% del volumen de negocio de la compañía.
Así a Software AG le ha correspondido una sanción de 6 millones, equivalente a un 8% de su facturación, mientras que para Atos ha sido de 5 millones (1,7% de sus ventas).
El resto de multas ha correspondido a Connectis ICT (1,8 millones y un tipo sancionador del 4,3%), IBM (940.000 euros y un tipo del 0,59%), Everis (800.000 euros, el 0,06% de sus ventas), Babel Sistemas (633.000 euros, 2,5% de su cifra de negocio), Cibernos Consulting (616.038 euros, un tipo del 2,4%), Gesein (320.000 euros, el 3,5% de sus ventas), Accenture (300.000 euros, el 0,03% de su facturación en España) y Next Computer (46.720 euros, el 2,3% de sus ventas).
Hay otras tres empresas investigadas sobre las que no se han obtenido suficientes pruebas de su implicación.