Unidos Podemos ha registrado este martes en el Congreso una Proposición de Ley de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, una norma “transversal” que modifica varios textos, desde el Estatuto de los Trabajadores al Estatuto Básico del Empleado Público o la Ley de la Jurisdicción Social. El proyecto de Unidos Podemos es, de facto, una enmienda a la reforma laboral del Gobierno. Te damos algunas claves sobre el contenido del texto.
La ley introduce explícitamente el concepto de trabajo de igual valor: es decir, no atiende solo a la discriminación salarial directa (la que puede darse en un mismo puesto entre un hombre y una mujer) sino también a la indirecta, la que se produce cuando una empresa o sector asigna un salario mayor a ocupaciones o puestos masculinos e infravalora los femeninos.
Para ello, actúa sobre la clasificación profesional: las empresas deberán expresar los criterios y características que justifiquen la retribución de cada puesto. También tendrán que justificar complementos salariales y cualquier otra retribución.
Esa discriminación indirecta existirá cuando “una disposición, criterio o práctica” en materia de clasificación profesional“ suponga una valoración incorrecta de los puestos de trabajo y tenga como consecuencia una desventaja para las personas de un sexo respecto a las del otro. Por poner un ejemplo práctico: que los administrativos de una empresa sean mayoritariamente hombres y cobren más que las secretarias, mayoritariamente mujeres, aunque los requisitos para acceder al puesto sean similares y su trabajo tenga igual valor para la empresa.
“El valor del trabajo deberá evaluarse y compararse utilizando criterios objetivos tales como los requisitos educativos, profesionales y de formación, la cualificación, el esfuerzo y la responsabilidad así como cualquier otro factor estrictamente relacionado con las capacidades del trabajador y con las condiciones en que se desarrolle el trabajo”, especifica el texto
La norma establece que, en ciertos casos, se producirá presunción de discriminación. Es el caso de las empresas de 25 o más trabajadores en las que el promedio de percepciones de los trabajadores de uno de los sexos supere en más de 20 puntos porcentuales a las del otro sexo. En ese caso, se dará por hecho que existe discriminación y será la empresa la que tendrá que explicar ante los tribunales las razones objetivas por las que tienen esa brecha.
Aumentan también las obligaciones de información de las empresas: los representantes de los trabajadores tendrán derecho a conocer el salario con todos sus complementos de cada trabajador. Además, todos los empleados (y no solo sus representantes) podrán acceder a la información retributiva de la empresa desglosada por género, aunque en promedio: no a los salarios concretos de cada persona sino al promedio por sexo.
Horas extra, inspección y convenios de empresa
El proyecto de ley actúa sobre muchas otras disposiciones. Obliga, por ejemplo, a registrar la jornada diaria de trabajo para tener un control de las horas extra. Permite que la reducción de jornada que cojan los trabajadores por cuidado de menores o personas con discapacidad sea no solo diaria, sino semanal, mensual o anual. Busca corregir así la reforma laboral, que obliga a que esa reducción sea diaria: de salir adelante esta norma un trabajador con reducción de jornada podría acumularla durante unos días al mes o unas semanas al año, por ejemplo.
El texto toca también otros de los puntos clave de la reforma laboral: la prevalencia del convenio de empresa, que ha dado lugar a que muchas empresas multiservicios aprueben convenios propios que rebajan sustancialmente las condiciones laborales. Muchas de estas empresas dan servicio a otras y las plantillas de contratas y subcontratas tienen condiciones distintas, aunque hacen el mismo trabajo. La propuesta de Unidos Podemos es que los trabajadores de las empresas contratistas tengan derecho a la misma retribución que abona la empresa principal por esos mismos trabajos.
La proposición de ley propone la creación de unidades especializadas en igualdad de género y detección de la discriminación en las direcciones provinciales de la inspección de trabajo. Refuerza el papel del Instituto de la Mujer, que deberá emitir informes periciales en casos de discriminación salarial y que podrá solicitar información detallada a una empresa si un trabajador así lo pide al organismo para proteger su anonimato.