El Gobierno detalló este martes “una medida histórica” para aliviar el impacto del actual pico de inflación “a las personas que alquilan sus viviendas”: la limitación al 2% de la revalorización de los rentas durante tres meses. La medida, incluida en el Real decreto ley que aprobó el Consejo de Ministro, se aplicará a los contratos que se actualicen desde que la norma se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hasta el 30 de junio.
Técnicamente, el límite tendrá dos velocidades, según explicó la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz: estará ligado de forma automática al Índice general de competitividad (IGC) en el caso de los grandes tenedores y tendrá que ser renegociado con los inquilinos en el supuesto de los pequeños propietarios. Es decir, podrán pactar un revisión superior a ese 2%. Siempre, con un tope del 2% si no hay acuerdo, el mismo que tiene el propio IGC.
Esta medida extraordinaria entiende como gran tenedor aquella persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros.
El único índice de referencia será el IGC hasta el 30 de junio
La actualización anual de la mayoría de contratos de alquiler de vivienda está ligada actualmente al IPC general, que a su vez es el límite máximo al que se puede revisar al alza una renta, aunque no es el único indicador al que la ley permite indexarlas. Los contratos de arrendamiento pueden, de hecho, no actualizarse jamás mientras están vigentes, si no queda especificado lo contrario.
Cuando sí se prevé, se hace respecto al IPC general, o, en algunos casos, los menos según reconocen distintas fuentes del sector inmobiliario, respecto al IPC del alquiler de vivienda, que apenas se ha tensionado en los últimos meses, o respecto al IGC, que también calcula el INE, si está recogida la actualización anual pero no la referencia.
Este último índice será la única referencia desde que se publique el Real decreto ley de respuesta al impacto de la guerra en el BOE hasta el 30 de junio.
Como ejemplo, un alquiler medio en España, que ronda los 700 euros, subirá solo 14 euros en los próximos meses (un 2%), y no los 53,2 euros que lo hará según el IPC de febrero, del 7,6%.
Y es que la medida aliviará a los inquilinos que actualicen sus rentas en los próximos tres meses, aunque los alquileres revisados desde octubre ya vienen sufriendo subidas de más de un 5%, mientras han subido también los principales suministros: luz, gas...
¿Solo hasta el 30 de junio?
El tope al 2% en el alza de los alquileres no tiene por qué ser una medida limitada en el tiempo. Así lo consideran el Sindicato de Inquilinos y de Llogateres, que abogan porque esa medida sea permanente y vaya incluida en la nueva Ley de Vivienda que ya está en fase de tramitación parlamentaria.
Este jueves, los sindicatos presentarán en el Congreso de los Diputados las enmiendas que proponen al texto y, entre ellas, esta limitación del 2%, ligada al Índice de garantía de la competitividad (IGC).
Una limitación que ya han propuesto en ocasiones anteriores. Por ejemplo, en la reunión que hace unas semanas mantuvieron en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con la ministra Raquel Sánchez; y el secretario de Vivienda, David Lucas.
Esa aplicación del IGC sería una alternativa al índice de precios que contempla la ley en tramitación y que sólo prevé frenar las subidas en zonas con precios tensionados y solo para grandes tenedores.