Hace un año se produjo un rechazo similar en el mismo lugar, y este lunes 7 de diciembre ha vuelto a ocurrir: los 28 estados miembros de la UE, cuyos ministros de Empleo se han reunido en el Consejo de la Unión en Bruselas, no se han puesto de acuerdo y han vuelto a dejar caer la propuesta de directiva comunitaria que obligaba a elevar la representación femenina en los consejos de administración de las grandes compañías –públicas y privadas- hasta el 40% en el año 2020. Diez países se han opuesto. España no estaba entre ellos.
Sobre la mesa había una propuesta de la Comisión Europea que fue publicada en 2012 y lleva tres años arrastrándose con riesgo de morir en las próximas semanas: la Presidencia luxemburguesa, al igual que la italiana hace justo un año, ha puesto muchos esfuerzos en sacar adelante esta directiva apoyada Parlamento Europeo, una mayoría de estados miembros y la propia Comisión. Pero el esfuerzo ha sido en vano y Luxemburgo acaba de ceder la Presidencia semestral a Holanda, uno de los países que han abanderado el rechazo a la igualdad de cuotas junto con Alemania, Polonia o Reino Unido; por eso ahora la directiva puede caer en el olvido, advierten con preocupación fuentes de la Comisión.
Concretamente, Holanda, Alemania, Polonia, Eslovaquia, Dinamarca, Croacia, Hungría, Polonia, Suecia y Reino Unido se han opuesto a la adopción. Los motivos son muy dispares: desde la llegada del nuevo gobierno ultraconservador Ley y Justicia en Polonia hasta la estrambótica posición germana, que ha aprobado una ley parecida que entrará en vigor el año que viene (es decir, dentro de menos de un mes) que obliga a 110 grandes empresas germanas a tener al menos un 30% de mujeres en los consejos. Alemania ha considerado que esto debe de hacerse a nivel nacional y por eso ha descartado su voto a favor, explican portavoces del Consejo de la UE en Bruselas.
Eslovaquia y Suecia han secundado la posición alemana, explican fuentes del Consejo. Reino Unido ha argumentado para finalmente rechazar la propuesta que el país ha “adoptado voluntariamente” un compromiso el cual ha permitido doblar el número de mujeres en puestos de dirección desde 2011 (hasta el 25% aproximadamente). Dinamarca se ha limitado a decir que la directiva es “demasiado inflexible”.
España no se ha opuesto aunque, según fuentes del Gobierno, la posición mantenida ha sido la de “reserva de estudio positiva debido a la disolución de las Cortes Generales por las inminentes elecciones”. Esto significa que España no ha dado su opinión pero que estaba dispuesta a votar a favor si la medida hubiera llegado a buen puerto, lo que no ha sido el caso.
Portugal cambia de bando
Algunos cambios de Gobierno se han notado positivamente, caso de Portugal y su nuevo Ejecutivo de izquierdas, el cual ha dado el visto bueno a la directiva.
La Comisión, concretamente la cartera de Igualdad de Género ostentada por la checa VÄra Jourová, ha intentado arrancar el compromiso de los 28. “Hemos decidido que adoptar una medida legislativa ya que esta es la mejor manera de asegurar el progreso” con relación a la igualdad de género en los consejos. Un progreso que sin embargo “evoluciona muy lentamente” según esta institución.
Un estudio comunitario revela que el 60% de los nuevos graduados son actualmente mujeres, pero que éstas se ven “sobrepasadas por hombres en las posiciones de liderazgo de las grandes compañías”. Solo un 21,2% de los integrantes de consejos de administración eran del sexo femenino en abril de 2015, según el estudio de la Comisión Europea. El récord lo tiene Francia con el 32,8%, seguida de Letonia (32.3%). Solo cinco países superan el 25% de mujeres de media en puestos decisorios.
El ratio en España es del 16,8%, uno de los más bajos, pero ya hay una norma que exige que el 40% de los consejos en compañías públicas de 250 o más trabajadores sean ocupados por mujeres. Sin embargo, no se prevén sanciones por incumplimiento ni se ha extendido esta recomendación a la esfera privada.
“Las compañías con una baja participación de mujeres serán instadas a hacer nombramientos basándose en la cualificación de los candidatos, la neutralidad de género y criterios no ambiguos”, señalaba la directiva comunitaria. “Solo donde haya dos candidatos con la misma calificación se daría prioridad al candidato perteneciente al sexo infra-representado”. Además la propuesta permitía a cada país seguir su camino en la consecución de estas metas: “Nuestro criterio no era único para todos los casos, sino que reconocemos que cada estado miembro podía escoger un camino alternativo para mejorar la igualdad de género en las grandes empresas”. No ha sido posible.