El nuevo impuesto para que las grandes empresas tributen al menos al 15% afectará a más de 800 multinacionales

Diego Larrouy

9 de enero de 2024 22:40 h

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El Gobierno ha dado los primeros pasos para que las grandes multinacionales cumplan con el tipo mínimo del 15% en impuestos sobre el beneficio. La vía por la que se prevé lograr este objetivo es mediante un tributo complementario al de Sociedades sobre empresas españolas y multinacionales extranjeras con actividad en nuestro país. La memoria que el Ministerio de Hacienda ha publicado junto con el anteproyecto de ley permite estimar que serán más de 800 compañías las que se verán afectadas por esta norma.

El Ejecutivo llevó este asunto a uno de los últimos consejos de ministros del pasado año. Se trata de la implementación en España de la directiva europea por la que todos los países miembro se adhieren al acuerdo del tipo mínimo del 15% que se alcanzó hace dos años en el seno de la OCDE y del G20. Esta iniciativa busca evitar la erosión tributaria que tienen las políticas agresivas de distintos países en materia de fiscalidad de las grandes multinacionales.

El nuevo impuesto se encuentra por el momento en una fase inicial. El Gobierno aprobó un anteproyecto de ley, que actualmente se sitúa en el proceso de consulta pública para que se planteen posibles modificaciones. Tras ello, volverá al Gobierno, que redactará un proyecto de ley y lo presentará en las Cortes, en cuyo proceso parlamentario se podrían incorporar nuevos cambios.

Esta audiencia pública de la norma, que concluye el día 19 de enero, llega con una memoria acompañada de la estimación que se hace sobre el universo de empresas que se verán afectadas. Se trata de compañías con más de 750 millones de euros en facturación en dos de los últimos cuatro ejercicios y con actividad tanto en España como en el extranjero. Toca igualmente a empresas cuya matriz es española como a filiales de compañías con sede en el extranjero.

Con estos requisitos, el Gobierno estima que se verían dentro del ámbito 126 grupos españoles que presentaron el informe 'País por país', en el que se detalla la actividad de las multinacionales en el extranjero y sus tipos impositivos. Si bien, el 90% de ellos, 113, se les aplicaría la nueva tributación mínima. El documento expresa que 41 de ellos tendrían la tributación mínima en España, con un tipo efectivo medio del 6,21%, y 109 por la tributación mínima en otros territorios, con un tipo medio efectivo del 5,14% en 2020.

A ello se suman en el ámbito de la nueva regulación 30 modelo “grupos nacionales de gran magnitud” que tributan en régimen de consolidación fiscal. Si bien, el Ejecutivo estima que solo un tercio de ellas, 10, tendrían que pagar este nuevo impuesto complementario, al tener un tipo efectivo del 9,2%.

Por último, la norma incluye también a los grupos multinacionales con matriz extranjera y filiales en España, que se han estimado en 2.526 grupos, de los cuales 707 (el 28%) estarían afectados por este anteproyecto en España, con un tipo medio efectivo del 2,56%. Así, según estas estimaciones presentadas por el Gobierno, son más de 800 compañías las que estarían bajo el nuevo sistema, en base a los registros de los años previos.

El impuesto complementario que se regulará con esta ley, procedente de las directivas europeas, consta de tres niveles. Hay un impuesto complementario nacional. La finalidad de este nivel, explicó el Gobierno en su presentación, es que las entidades constitutivas de un grupo multinacional radicado en territorio español y que no alcancen la tributación mínima del 15% en España, lleguen a esa fiscalidad mínima.

A ello se suma un impuesto complementario primario. En este caso se activa cuando la matriz de un grupo multinacional se sitúe en España y obtenga rentas de filiales situadas en el extranjero que aplican un tipo impositivo inferior al 15%. Por último, el impuesto complementario secundario, que, de manera similar al anterior, no recae sobre la matriz, sino sobre filiales del grupo ubicadas en España.

El Gobierno tenía hasta el pasado 31 de diciembre para implementar en nuestro país esta medida acordada en el seno de la Unión Europea. El parón legislativo por la convocatoria de elecciones ha obligado a incumplir este plazo. Sin embargo, el anteproyecto deja claro que “tendrá efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 31 de diciembre de 2023”. Es decir, con determinados periodos transitorios pero la norma estaría vigente ya a este ejercicio.

La memoria que acompaña al anteproyecto de ley no trae consigo una estimación recaudatoria, pese a que reconoce que es una norma con impacto presupuestario. El texto explica que “no es posible realizar una estimación del ingreso” puesto que dependerá de la implantación de estas medidas en el resto de territorios. Cuando se anunció la creación de este tipo mínimo global, distintos estudios estimaron unos 600 millones de recaudación para España.

Lucha contra la política fiscal “agresiva”

El documento asegura que el objetivo de que España aplique esta nueva regulación se encuentra más allá de cumplir con la normativa europea. Supone, explican, “adoptar medidas para reforzar la lucha contra la planificación fiscal agresiva en un mercado globalizado”. Además, apuntan a la búsqueda de una fiscalidad “más justa y equitativa”, que ponga fin a las prácticas fiscales de las multinacionales para trasladar beneficios a países con baja imposición.

La ley deja fuera a algunas multinacionales. En concreto, las entidades públicas, las organizaciones internacionales, las que no tienen ánimo de lucro, los fondos de pensiones o los fondos de inversión que sean una entidad matriz última. Tampoco se aplicará sobre las empresas que hayan empezado su internacionalización en un periodo reciente.

Una vez entre en vigor el nuevo impuesto complementario, se analizará para cada territorio en el que opera una empresa el tipo efectivo que paga por sus beneficios. A partir de ahí se calculará el tipo de gravamen que se debe de aplicar y que será la diferencia entre el tipo impositivo mínimo del 15% y el efectivo que se ha aplicado en cada jurisdicción.

La ley que ahora se está tramitando no es la primera en la que el Gobierno ha caminado hacia la aplicación de un mínimo de tributación de las grandes empresas. En el año 2022 comenzó a operar un tipo mínimo del 15% acordado por PSOE y Unidas Podemos. La diferencia entre la medida que entró entonces en vigor y la actual es que aquella se aplicaba sobre la base imponible y ahora el 15% es sobre el beneficio. En el último acuerdo de coalición, firmado entre los socialistas y Sumar, ya se incluía el intento de caminar hacia una tributación mínima efectiva del 15% sobre el beneficio, superando la situación actual.

Entre enero y noviembre del año pasado, a falta del dato del último mes, la Agencia Tributaria registró un impacto en la recaudación del tipo mínimo que ya está vigente de 578 millones.

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