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Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

La letra pequeña del decreto de subida de las pensiones que ha aprobado el Gobierno de coalición

El Gobierno de coalición del PSOE y Unidas Podemos se ha estrenado esta semana con la aprobación de la prometida subida de las pensiones para este 2020. El real decreto-ley que recoge este incremento del 0,9%, publicado en el BOE este miércoles, también desarrolla otras cuestiones destacadas, como la pensión máxima y las mínimas según los distintos tipos de pensión y algunas excepciones en prestaciones que no suben por el momento o que se incrementan en función de otras referencias.

La revalorización del 0,9% alcanza a “más de 11,1 millones de pensiones públicas”, según ha explicado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Se aplica de manera general a “pensiones y otras prestaciones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva y no contributiva, así como de Clases Pasivas del Estado”. Queda pendiente para más adelante un mayor incremento de las pensiones mínimas, que prometió el presidente del Gobierno.

A continuación, algunas cuestiones destacadas y excepciones que recoge el decreto aprobado en el primer Consejo de Ministros.

Las reglas para recibir “la paguilla”

El Gobierno se ha comprometido a mantener “el poder adquisitivo de las pensiones en caso de que la inflación en 2020 sea superior al incremento previsto del 0,9%”. El decreto-ley desarrolla cómo se calculará la inflación para ver si procede este ajuste en las pensiones. La referencia es igual a la del año pasado: el valor medio de los IPC interanuales de los meses de diciembre de 2019 a noviembre de 2020.

Si este valor medio del IPC de todos estos meses es superior al 0,9%, el Gobierno se compromete a abonar la diferencia “en un único pago” antes de 1 de abril de 2021, recoge el decreto ley. Es lo que se conoce como “la paguilla” y que en este 2019 recibieron los pensionistas para ajustar una décima de inflación del año anterior.

Pensiones mínimas y máxima

La norma establece que la pensión máxima en las pensiones públicas para 2020 alcanza los “2.683,34 euros mensuales”, unos 24 euros más que en 2019, o “37.566,76 euros” si se tiene en cuenta en términos anuales, ya que se reciben 14 pagas.

El decreto desarrolla en su anexo las diferentes cuantías mínimas según el tipo de pensión. El Ministerio de Seguridad Social destaca que “la más común de las pensiones mínimas, la pensión de jubilación para mayores de 65 años, con cónyuge a cargo, alcanza los 843,40 euros al mes” o los 11.807,60 anuales.

Pero hay mucha variedad en las pensiones mínimas, según la modalidad de que se trate. La pensión mínima de orfandad, por ejemplo, alcanza en 2020 los 2.924,60 euros al año por beneficiario (208,90 euros al mes) y los 5.754 euros anuales (411 euros al mes) en los casos de beneficiarios menores de 18 años con discapacidad en grado igual o superior al 65%.

La pensión mínima por viudedad alcanza los 11.069,80 euros al año (790,7 euros al mes) en los casos de personas beneficiarias con cargas familiares y la cuantía más baja de las pensiones por gran invalidez queda establecida en los 17.711,40 euros anuales (1.265,10 euros al mes).

Huérfanos de víctimas de violencia machista

El decreto establece algunas excepciones a la subida general del 0,9%. Por ejemplo, el incremento de las prestaciones de orfandad causadas por violencia contra la mujer y reconocidas durante el año 2019, que “experimentarán en 2020 un incremento igual al que se apruebe para el salario mínimo interprofesional para dicho año”.

El año pasado, el Congreso aprobó que todos los hijos de las mujeres asesinadas por violencia machista cobren pensión de orfandad. Fuentes de la Seguridad Social explican que se diferencia este incremento porque “esa pensión se calcula tomando como referencia el SMI”.

Otras excepciones al incremento del 0,9%

El decreto-ley enumera en su artículo 1.8 otras excepciones al aumento general del 0,9%. Entre ellas, las pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo (reguladas en el título II del Real Decreto 851/1992, de 10 de julio), “que se adaptarán a los importes que correspondan conforme a su legislación propia”.

Tampoco aumentan el 0,9% las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) “cuando entren en concurrencia con otras pensiones públicas”, excepto cuando concurran con pensiones de viudedad, prestaciones para menores desplazados al extranjero como consecuencia de la Guerra Civil y otras plasmadas en el apartado d) de este artículo del real decreto-ley.

Pensiones de incapacidad permanente total

Hay que destacar el incremento de una de las pensiones por incapacidad permanente total, aquella para personas con menos de 60 años causada por enfermedad común. La cuantía mínima de estas pensiones aumenta por el momento un 0,9%, como el resto, pero antes su suelo estaba vinculado al SMI. El Gobierno anuló este vínculo el año pasado y, tras las quejas de Unidas Podemos desde la oposición, el Ejecutivo accedió a incrementarlas conforme al salario mínimo (aunque sin volver a vincularlas por ley).

Las cuantías mínimas de esta modalidad de pensión son las más bajas de las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social. En el caso de los beneficiarios que tengan cónyuge a cargo y aquellos que no tengan cónyuge, el mínimo es de 7.054,60 euros anuales (503,9 euros al mes). Cuando los titulares de la pensión tienen un cónyuge que no está a su cargo económicamente, el mínimo alcanza los 6.993 euros anuales (499,5 euros al mes).

Fuentes del Ministerio de Seguridad Social explican que “la intención es incrementarlas más adelante, pero en el contexto de la elaboración de la Ley de Presupuestos”.

Sin subida en las ayudas por hijo a cargo

Tampoco se benefician del aumento del 0,9% las ayudas por hijo a cargo sin discapacidad para familias sin recursos, que quedan recogidas en el decreto con la misma cuantía de finales de 2019: 341 euros al año de manera general y 588 euros al año para las familias con ingresos situados bajo el umbral de la pobreza severa.

El Gobierno de Sánchez incluyó el incremento de estas ayudas contra la pobreza infantil en sus Presupuestos Generales para 2019, pero no salieron adelante. Los socialistas aprobaron finalmente la subida hasta los 341 y 588 euros mencionados –un alza del 17% y del 102% respecto a las cuantías de 2018– a través de un real decreto-ley en marzo.

Ahora el real decreto-ley de revalorización de las pensiones de este 2020 mantiene congelada la cuantía de estas ayudas, que no del máximo de ingresos para acceder a ellas (que sí crece un 0,9%). Desde el Ministerio de la Seguridad Social apuntan de nuevo que “la intención es incrementarlas más adelante” en el marco de los Presupuestos.

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