A un lado del ring, el Gobierno de Malasia. Al otro, los herederos del último Sultán de la isla filipina de Joló, fallecido hace casi 80 años. En medio, un ejército de abogados y asesores, un fondo especializado en la financiación de litigios y un jurista español, Gonzalo Stampa, convertido a su pesar en protagonista de una inusual disputa en la que hay una indemnización histórica en juego, 15.000 millones de dólares (cerca de 14.000 millones de euros), y muchos intereses en liza.
Son algunos ingredientes de la intrincada pugna que libran a cara de perro desde hace años ante distintas instancias de varios países las autoridades malayas y los herederos de ese sultán, a los que Stampa dio la razón con un laudo dictado el 22 de febrero de 2022 que reconoció su derecho a cobrar esa multimillonaria compensación. Los 14.000 millones equivalen a más de un 4% del PIB de Malasia.
Los herederos, ocho personas de nacionalidad filipina, según el Gobierno malayo, son pocos, pero no están solos: tienen detrás a un fondo británico experto en pleitos, Therium, que a cambio de financiar este proceso se llevará la correspondiente comisión millonaria si Malasia acaba pagando. En su web, Therium dice haber prestado asistencia financiera para litigios por valor de unos 100.000 millones de dólares. Entre los asesores que ha tenido en España el Gobierno de Malasia está la firma de lobby Estudio de Comunicación, del ex periodista y empresario Lalo Azcona.
La disputa está vinculada a los yacimientos de petróleo y gas del Estado de Sabah, territorio al norte de la enorme isla de Borneo (sureste asiático), que en parte pertenece a Malasia. Los herederos del sultán argumentan que Malasia está adherida a la Convención de Nueva York sobre arbitraje de 1958. Quieren una compensación millonaria por la tierra que, dicen, su antepasado alquiló allí a una empresa británica en el siglo XIX, antes del descubrimiento de grandes reservas de crudo y gas en Sabah.
El penúltimo asalto de esta batalla trascendió el pasado martes. La Corte de Apelaciones de París dio la razón a Malasia, según Bloomberg, en una decisión que, de acuerdo con esta agencia, “probablemente” va a cancelar el pago de la indemnización al negar el reconocimiento del laudo dictado por Stampa en el que se declaraba competente para arbitrar la disputa.
La ministra malaya de Justicia, Azalina Othman, aseguró que el dictamen implica que el laudo de Stampa se anulará en una resolución posterior. Un abogado de los herederos, Benjamin Siino, sostuvo en cambio que la decisión, que puede recurrirse, no tiene un efecto automático sobre el laudo que Malasia tiene impugnado en otro proceso.
El culebrón, probablemente, continuará, y su resultado es todavía incierto. Por lo pronto, este “arbitraje fantasma”, como lo califican las autoridades de Malasia, se ha saldado con el procesamiento de Stampa. Tras una querella presentada por el embajador malayo en Madrid y una denuncia de la Fiscalía, el español, considerado una estrella del arbitraje internacional, está acusado de presuntos delitos de desobediencia e intrusismo profesional, que conllevan penas de cinco años de prisión. El Juzgado de Instrucción 40 de Madrid, del que es titular el juez Enrique de la Hoz, dictó hace unos días un auto que ordena la apertura de juicio oral contra él.
“Ya no me fío de nadie”, dice al teléfono Stampa, que rechaza hacer declaraciones: “Es una situación delicada y tengo que medir mucho lo que hago y cómo lo hago”.
Acuerdo de 1878
Para encontrar el origen de este embrollo hay que remontarse 145 años atrás, a un acuerdo firmado en tiempos del Imperio Británico en Borneo en 1878, en un escenario histórico similar al de las novelas de Emilio Salgari sobre Sandokán, el tigre de Malasia.
Muhammad Jamad al Alam, entonces Sultán de Joló, acordó ceder a los empresarios Gustavus von Overbeck y Alfred Dent los derechos sobre la costa norte de esa zona de la isla de Borneo para la explotación de sus recursos naturales. El acuerdo estableció que cualquier desavenencia se sometería al cónsul británico en Borneo. Esto abriría la puerta a que, en caso de disputa, un tercero tuviera que dirimir. Fue la clave del laudo de Stampa al fallar que Malasia heredó las obligaciones de ese contrato al asegurar su independencia del Reino Unido en 1963.
Tras fallecer sin descendencia directa en 1936 Jamaluk Kiram II, último sultán formalmente reconocido de Joló, sus herederos vinieron cobrando un estipendio anual mínimo del gobierno malayo (unos 1.200 euros) hasta 2013. Malasia suspendió los pagos cuando Jamalul Kiram III, autoproclamado Sultán de Joló, instigó una revuelta independentista en Sabah (murieron al menos 60 personas) para reclamar la soberanía filipina de ese territorio. Los herederos iniciaron el arbitraje reclamando la actualización de esa renta ante las ingentes reservas de hidrocarburos de esa zona de Borneo. El caso ha terminado en la justicia española ya que los herederos señalan que el contrato se firmó cuando la zona estaba sujeta a soberanía española en época colonial.
Gonzalo Stampa fue nombrado en 2019 árbitro del litigio por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). En mayo de 2020 dictó un laudo de jurisdicción en el que se declaraba competente sobre el asunto. Pero Malasia presentó incidente de nulidad alegando indefensión porque no se le había emplazado correctamente. Recurso que estimó la mayoría de la sala del TSJM al anular el nombramiento de Stampa.
Pero el TSJM no anuló en arbitraje en sí, cuya sede Stampa trasladó a París, donde acabó dictando el laudo. Malasia fue contra el árbitro español por vía penal, acusándole de desobedecer al TSJM al no haber puesto fin al arbitraje tras la anulación de su nombramiento. La Fiscalía se alineó contra Stampa, que ha acabado a las puertas del juicio oral.
Los herederos del sultán se han movilizado para embargar bienes de Malasia en Luxemburgo, Países Bajos o Francia. Consideran que el nombramiento fue correcto y rechazan que se designe otro árbitro. Defienden que la nulidad del nombramiento no implica anular el laudo preliminar de Stampa en el que se declaró competente para llevar el asunto, y que anular esa decisión requeriría un procedimiento específico.
Familia de juristas
Stampa, doctor en Derecho, es mediador internacional con una trayectoria enfocada al arbitraje desde 1991. “Ha participado como abogado y árbitro en más de ciento cincuenta arbitrajes nacionales e internacionales, celebrados bajo los auspicios de las principales instituciones arbitrales”, según la web del despacho que fundó.
Stampa pertenece a una familia de juristas. Es pariente lejano (primo tercero) del fiscal Ignacio Stampa, que se encargó del caso Villarejo en sus inicios. Y su padre era el prestigioso catedrático José María Stampa, fallecido en 2003 y que fue una eminencia del derecho penal en España.
En los años 90, José María Stampa se hizo famoso defendiendo a personajes tan diversos como Julián Sancristóbal (ex director de Seguridad con Felipe González) en el caso GAL, Javier de la Rosa, Luis Roldán, Lola Flores, Pedro Ruiz o Augusto Pinochet. En los 80, fue letrado del torero Manuel Benítez en la demanda de paternidad que presentó su hijo, del golpista Antonio Tejero, o de Rafael Escobedo, convicto del asesinato de sus suegros, los marqueses de Urquijo. También fue acusador particular en el juicio contra los asesinos de los abogados de Atocha.
El procesamiento del árbitro español y el contencioso en general tienen en vilo al mundillo jurídico y empresarial, ante lo que se ha denominado ya “caso Stampa”. El 31 de mayo, 61 abogados del mundo del arbitraje publicaron una carta abierta en Expansión para manifestar su “consternación” por la situación de “uno de los más distinguidos abogados arbitrajistas de España”, “prestigioso jurista de integridad jamás cuestionada”.
“Parecen estar desconociéndose principios elementales del derecho arbitral, cuya sola consideración debiera bastar para remitir a las partes al dilatado ámbito de la litigación civil”, aseguraban. Sobre el posible delito de intrusismo, indicaban que esta tarea la puede asumir “cualquiera que se halle en el pleno ejercicio de sus derechos civiles, sin importar, en lo esencial, su cualificación profesional”. Y sobre la posible desobediencia de Stampa, afirmaban que “jueces y tribunales carecen de competencia para entablar comunicación con los árbitros, ordenándoles conducta o inactividad alguna”.
“El principio de intervención judicial mínima en el arbitraje -de trascendencia constitucional- se traduce en un elenco tasado de actuaciones posibles”, como nombrar árbitros “y, si lo piden las partes, resolver sobre su remoción”; pronunciarse sobre la validez o la nulidad de los laudos dictados en territorio nacional; otorgar o denegar el reconocimiento de los dictados en el extranjero o proceder, en su caso, a su ejecución forzosa. “Fuera de esos supuestos, cualquier actuación judicial deja de estar amparada por la ley”, según esos 61 árbitros, que advertían del peligro de que esta situación afecte a España “como jurisdicción arbitral fiable, neutral, amistosa y segura, donde los árbitros puedan desempeñar sus funciones libre y sosegadamente”.
Tres días después, el Gobierno de Malasia respondía en otra carta en el mismo medio que el laudo de Stampa “no es más que un sofisticado abuso del sistema de arbitraje internacional” y exponía “la verdadera historia de este caso”: que el Tribunal Constitucional ha respaldado la decisión de anular el nombramiento de Stampa y este se ha negado a cumplir “varias órdenes” del TSJM “exigiéndole poner fin de inmediato al arbitraje”.
Según el Gobierno malayo, “en un movimiento que solo el Sr. Stampa puede explicar, decidió desobedecer las órdenes del mismo tribunal que inicialmente lo había designado pero que posteriormente revocó su nombramiento. Es importante destacar que, para actuar como árbitro, el Sr. Stampa solicitó inicialmente 8 millones de dólares a los ciudadanos filipinos (la única parte que participó en el arbitraje) y finalmente acabó cobrando más de 2,5 millones de dólares del financiador que respalda a los ciudadanos filipinos”.
El mundo del arbitraje teme que este contencioso afecte a España como sede para dirimir este tipo de litigios, en los que suele haber en juego sumas multimillonarias. El 5 de junio, el Club Español e Iberoamericano de Arbitraje (CEIA) publicaba otra nota en la que indicaba que “sigue con preocupación algunas de las opiniones que se han vertido” en relación con el procesamiento de Stampa y negaba “con rotundidad” que afecte “a la condición de España como sede segura de arbitraje internacional”.