El Supremo anula la cláusula de Ryanair que obliga a estar afiliado a CCOO para tener mejoras salariales

El Tribunal Supremo ha declarado nula la cláusula de Ryanair que obligaba a que los tripulantes de cabina estuvieran afiliados a CCOO para beneficiarse de las subidas salariales y mejoras pactadas con el sindicato, han anunciado las organizaciones USO y UGT, que denunciaron la medida ante los tribunales.
En concreto, la cláusula suscrita en 2022 recogía que “este acuerdo tiene caracter y eficacia limitada y será de aplicación a todos los tripulantes de cabina empleados por Ryanair y afiliados a CCOO (incluyendo afiliados de CCOO durante la duracion del acuerdo), siendo el acuerdo aplicable desde el mes que se afilien al sindicato”.
La sentencia considera que “condicionar el acceso a los beneficios del acuerdo a pertenecer a un sindicato concreto ha de entenderse que vulnera la libertad sindical y el principio de igualdad, al establecer un trato diferencial por razones de afiliación sindical”, recoge el fallo al que ha accedido elDiario.es, por lo que anula esta cláusula, pero no del conjunto del pacto entre la multinacional y el sindicato.
El alto tribunal argumenta que “no puede establecer como requisito obligatorio para beneficiarse del acuerdo una condición discriminatoria, como la afiliación a un sindicato determinado”. USO ha celebrado que los magistrados se inclinen por su denuncia, sobre que “tal cláusula infringe la dimensión negativa de la libertad sindical al inducir o presionar a los trabajadores no afiliados a afiliarse para no quedar excluidos de ciertas ventajas laborales”.
Así, los magistrados del Supremo enmiendan lo sentenciado previamente por la Audiencia Nacional, que atribuía esta claúsula a “una decisión de política sindical, que podrá o no ser compartida, pero que entra dentro de las facultades del sindicato, de su manera de concebir la acción sindical”.
Ryanair ha mandado un comunicado a los medios en el que celebra la sentencia porque desestima “las alegaciones de USO de que el acuerdo debía ser anulado y confirma que las mejoras salariales y condiciones aplicadas a la tripulación de cabina con base en España para el periodo 2022-2024 son válidas”. Sin embargo, la multinacional no responde a elDiario.es sobre qué repercusión tendrá para la plantilla la cláusula, si se extenderán las mejoras salariales a los tripulantes no afiliados a CCOO.
Indemnización de 7.501 euros por daños
Contra esta sentencia, varios sindicatos interpusieron recursos (USO, UGT, ATR y Sitcpla), y el Supremo “estima parte de los dos primeros”, celebra USO, que han supuesto también la imposición a Ryanair de una indemnización por daños y perjuicios de 7.501 euros para UGT y para USO, los sindicatos perjudicados, por los daños morales derivados de tal vulneración de la libertad sindical.
“Ha triunfado la libertad sindical, al reconocerse, ya en sentencia firme y sin posibilidad de más recursos, el derecho de las personas trabajadoras a poder adherirse a un acuerdo extraestatutario firmado con un sindicato, sin tener que afiliarse a este. Esto evita la tentación de las empresas a ‘secuestrar’ a los trabajadores mediante la afiliación a un sindicato de elección patronal para reventar así la negociación colectiva y acallar a los sindicatos críticos”, han destacado este miércoles en USO-Sector Aéreo.
“No se puede utilizar la afiliación a un sindicato como moneda de cambio para acceder a condiciones laborales básicas”, indicó por su parte UGT en un comunicado, muy crítico con CCOO. El sindicato ha sostenido que siempre ha trabajado por alcanzar acuerdos de eficacia general para toda la plantilla de la plantilla. “Otros decidieron un camino equivocado con Ryanair, acordando una estrategia de marketing sindical para lograr implantación, sin garantías, y sin voluntad de construir unas condiciones dignas para todas las personas trabajadoras”, ha denunciado el sindicato, recoge la agencia Servimedia.
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