El Govern de la Generalitat de Catalunya aprobó el pasado día 17 la ley que devuelve tras 28 años de prohibición el permiso a los ganaderos para vender leche cruda directamente al consumidor final. Hasta ahora esta venta solo se podía hacer a centrales lecheras, que eran las que trataban la leche con garantías y la distribuían a los comercios minoristas y grandes superficies con su marca.
La nueva norma exigirá a los ganaderos unos controles sanitarios muy estrictos y una garantía de que en la comercialización no se romperá la cadena de frío, así como un etiquetado que indique claramente las condiciones en que se debe almacenar e ingerir esta leche y su fecha de caducidad. Por otro lado, estos la podrán comercializar en máquinas expendedoras, en la misma explotación o en comercios minoristas, como hasta ahora hacían las centrales. El Gobierno ha reconocido que estudia proponer una norma similar para toda España.
Esta nueva ley, sin embargo, ha levantado polémica entre expertos en higiene alimentaria y en salud, que temen que los casos de infecciones por bacterias que puedan encontrarse en la leche cruda -leves y graves en algunos casos- aumenten. Sostienen que muchos microorganismos como Listeria, Salmonella, Escherichia coli, Campylobacter, etc., pueden contaminar la leche y provocar infecciones gastrointestinales leves, y a veces graves. Aseguran que en Estados Unidos, en los estados donde la venta de leche cruda es legal, hay estudios que indican cuatro veces más brotes por infección alimentaria que en aquellos donde es ilegal.
También argumentan que el texto de la misma fía finalmente a la responsabilidad y el conocimiento del consumidor la eliminación de posibles riesgos, ya que por mucho que los controles y la higiene sea estricta, si el consumidor no almacena adecuadamente la leche cruda -entre 1ºC y 4ºC- inmediatamente después de comprarla y no la hierve antes de 72 horas tras el ordeño, corre el riesgo de contaminaciones microbianas.
Los argumentos para aplicar la norma
¿En qué se basa entonces el Govern para autorizar la venta directa de leche cruda? ¿Por qué el Gobierno también quiere aplicar una norma similar? Hay una serie de hechos que explicarían, en principio, la autorización
1. Hay un reglamento europeo que permite vender leche cruda
El Reglamento 853/2004 aprobado por el Parlamento Europeo sí permite comercializar leche y productos derivados como quesos, yogures, flanes, helados, etc., siempre que estos procedan de granjas que siguen un protocolo de higiene estricto y se practiquen controles sanitarios y microbiológicos sistemáticos.
2. Ya se vende leche cruda en España
En efecto, aunque de acuerdo con la normativa española no es legal la venta de leche cruda directamente al consumidor, de momento, en los últimos años ganaderías como O Alle o Dastatu, que venden leche cruda al cliente final por internet, se han acogido al reglamento antes citado. Este es el caso también de no pocos productores franceses de quesos artesanos, que así evitan tener que vender la leche al comercializador para que sea tratada y después volver a comprarla. La alternativa que tienen es adquirir costosos sistemas de tratamiento de leches que no se pueden permitir.
3. La Generalitat asegura que su normativa es más estricta que el reglamento europeo
El Govern asegura que su Decreto 163/2018 aumenta los requisitos en sanidad, control y distribución respecto a lo recomentado por el Regalmento 853/2004 del Parlamento Europeo, que ya se considera muy estricto. Así, presenta exigencias adicionales en el lavado de los instrumentos de ordeño y las instalaciones, así como en el control de la mamitis. Precisamente esta enfermedad es la que puede dar entrada a mayor cantidad de contaminaciones en la leche.
Si la norma europea exige un nivel de menos de 400.000 células somáticas por mililitro, la catalana lo fija en 300.000 para certificar la viabilidad de la leche, por ejemplo. Además, exigirán a las explotaciones que vendan la leche disponer de un responsable exclusivo para la comercialización, así como el paso obligatorio por un curso de formación de 20 días para obtener la licencia.
4. Los ganaderos dejan de ser cautivos de las grandes centrales
La medida se hace en principio para impulsar las explotaciones ganaderas catalanas, que están sufriendo desde hace años una crisis de beneficios por causas más directamente relacionadas con los vaivenes del mercado, y los intereses de los grandes distribuidores, que con la demanda del consumidor.
Los ganaderos se ven muchas veces forzados a vender su leche a los grandes distribuidores por debajo del coste para después compensar la pérdida con las ayudas europeas, según denuncian algunos sectores de Podemos. Si la aplicación de la nueva norma tuviera éxito, los ganaderos podrían en principio tener más control de precio de venta de su producto. Al menos, no tendrían la obligación de pasar por intermediarios.
¿Qué dicen los expertos?
A pesar de estas razones esgrimidas, para la mayor parte de los expertos sanitarios y de seguridad alimentaria, la norma es un retroceso en el progreso en materia de higiene y control sanitario muy importante. A pesar de la vigencia del Reglamento 853/2004, la propia Autoridad Sanitaria Europea (EFSA) pone en cuestionamiento la seguridad alimentaria del mismo en este documento, en el que asegura que los controles que fija no son suficiente garantía.
Tampoco la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) avala el consumo de leche cruda, según se colige de este informe. Ni siquiera laFood and Drugs Administration norteamericana (FDA) es partidaria a pesar de que en Estados Unidos se puede comercializar leche cruda bajo determinadas premisas.
Por su parte la bloguera experta en seguridad alimentaria Gemma del Caño publicaba antes de ayer una entrada en su blog criticando la medida, bajo el título La cruda realidad de la leche cruda. Para Del Caño las medidas expuestas en la norma catalana no añaden un plus de seguridad sobre lo que ya estaba reglamentado, tal como se aduce. Finalmente acusa a la norma de “imprudente, populista y cediendo a modas peligrosas”, además de considerarla una involución.
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