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Daños causados por el trabajo y compensación

Jesús Uzkudun Illarramendi

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Aunque las noticias periodísticas suelen recoger las cifras de los Accidentes de Trabajo mortales, se ignoran los innumerables accidentes con baja y sin baja, igual que las enfermedades profesionales, que aun sin incapacitar de forma permanente a la persona lesionada, conllevan múltiples perjuicios, secuelas dolorosas y pérdida de salud. Me refiero a: Cicatrices, amputaciones, rigideces articulares y limitación de movilidad, anquilosis, hipoacusias o perdidas auditivas, de visión…etc., Lesiones de importancia, qué aun no generando derecho a una Incapacidad Permanente, tienen derecho a una justa compensación de la Seguridad Social por dicha pérdida de salud. Mayoritariamente, la justa compensación es ninguneada por las Mutuas (MATEPSS), tratando de evitar el pago, ayudadas por el desconocimiento, la pasividad social y el coste de la demanda judicial en defensa de sus derechos. La compensación de dichas secuelas, vienen baremadas y recogidas por la Orden ESS/66/2013, donde figura el precio de las diferentes partes de la carne obrera, curiosamente congelados desde hace más de 8 años.

Que el Baremo de Indemnizaciones por Lesiones no Invalidantes, permanezca congelado desde el 2013, resulta una burla inadmisible. Muestra la falta de empatía o sensibilidad del Gobierno, de la Seguridad Social y otros agentes implicados, con las clases trabajadoras, que pierden su salud e integridad física por las precarias medidas preventivas en él trabajo. 

Que anualmente, el Gobierno central, actualice el baremo de indemnizaciones por secuelas de accidentes de tráfico, mientras mantiene congelado, desde el 2013 el Baremo de indemnización por secuelas laborales, es una burla que no se puede permitir.

En tiempos de retroceso y pérdida de derechos laborales, corremos el riesgo de que la mano de obra se convierta en objeto de “Usar y tirar”, incluso, cuando a muchas empresas les sale más barato incumplir la legislación preventiva, que mejorar las condiciones de trabajo peligrosas. Por ello, es urgente retomar la lucha por la salud laboral, exigir una prevención real de los riesgos laborales (incluidos los higiénicos, ergonómicos, psicosociales) y la compensación del daño una vez que sean producido. Si se olvida la justa compensación de los daños una vez que sean producido, se favorece la impunidad y él incumplimiento de normas, un doble perjuicio a las personas lesionadas.  Un cambio que el sindicalismo no puede eludir. Mañana puede ser tarde.

Aunque las noticias periodísticas suelen recoger las cifras de los Accidentes de Trabajo mortales, se ignoran los innumerables accidentes con baja y sin baja, igual que las enfermedades profesionales, que aun sin incapacitar de forma permanente a la persona lesionada, conllevan múltiples perjuicios, secuelas dolorosas y pérdida de salud. Me refiero a: Cicatrices, amputaciones, rigideces articulares y limitación de movilidad, anquilosis, hipoacusias o perdidas auditivas, de visión…etc., Lesiones de importancia, qué aun no generando derecho a una Incapacidad Permanente, tienen derecho a una justa compensación de la Seguridad Social por dicha pérdida de salud. Mayoritariamente, la justa compensación es ninguneada por las Mutuas (MATEPSS), tratando de evitar el pago, ayudadas por el desconocimiento, la pasividad social y el coste de la demanda judicial en defensa de sus derechos. La compensación de dichas secuelas, vienen baremadas y recogidas por la Orden ESS/66/2013, donde figura el precio de las diferentes partes de la carne obrera, curiosamente congelados desde hace más de 8 años.

Que el Baremo de Indemnizaciones por Lesiones no Invalidantes, permanezca congelado desde el 2013, resulta una burla inadmisible. Muestra la falta de empatía o sensibilidad del Gobierno, de la Seguridad Social y otros agentes implicados, con las clases trabajadoras, que pierden su salud e integridad física por las precarias medidas preventivas en él trabajo.