Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz a Arf Vitoria Gasteiz SL, promotora del Azkena Rock Festival (ARF), que se celebró del 15 al 17 de junio en la capital alavesa, por prohibir el acceso con comidas y bebidas del exterior a los alrededor de 30.000 asistentes. La asociación, atendiendo a las quejas de los socios, ha elevado el caso a las autoridades para que sancionen las posibles infracciones que se cometieron, según ha informado la propia Facua en un comunicado.
Según constató esta asociación, la promotora del ARF impidió el acceso al recinto con comida y bebida del exterior, “vulnerando el derecho que asiste a los usuarios”, dado que la actividad principal de esta organización no es la hostelería, sino el desarrollo de un espectáculo musical. La asociación ha señalado que esta prohibición de consumir comidas y bebidas adquiridas fuera del recinto “no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada”. Además, ha advertido de que “la situación se agrava cuando en el interior del recinto es posible adquirir alimentos y bebidas, aunque a precios más altos”.
Facua ha denunciado que la promotora del Azkena “es reincidente”, dado que suma otras denuncias de esta misma asociación por el mismo motivo en los años anteriores, “sin que la acción de las administraciones haya logrado hasta ahora disuadirles en estos incumplimientos”.
La asociación de defensa de los consumidores ha explicado que en la web del ARF se hace referencia a esta prohibición en el apartado de las condiciones generales, en el que se indica que “no se permitirá el acceso al recinto con alimentos y/o bebidas del exterior”.
En dicho apartado -añade Facua- se establece también que “sin perjuicio de lo anterior, en el supuesto de que algún usuario tenga necesidades especiales, por motivos de salud u otros análogos, deberá justificarlo previamente a la organización, a fin de que esta le pueda trasladar las indicaciones correspondientes”.
Esta medida aplicada en el Azkena Rock Festival puede suponer una infracción “muy grave”, conforme al régimen sancionador recogido en el artículo 51 de la Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que establece que “son infracciones muy graves (...) ejercer el derecho de admisión de forma arbitraria, discriminatoria o abusiva”.
La multa ante este tipo de infracciones es de entre 30.001 y 150.000 euros, según recoge el artículo 55 de la misma normativa, que prevé otras formas de sancionar esta práctica.
A juicio de Facua, la medida adoptada en el ARF “vulnera” el apartado primero del artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que estipula que “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.
Este articulado lo completa la misma normativa, que añade: “no obstante lo previsto en los apartados precedentes, en todo caso son abusivas las cláusulas que, conforme a lo dispuesto en los artículos 85 a 90, ambos inclusive: b) limiten los derechos del consumidor y usuario, e) resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato”. Además, la asociación ha advertido que estas imposiciones de la promotora son cláusulas “abusivas”, conforme a la Ley 4/2023, de 27 de abril, del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de Euskadi.
Reclamaciones
La asociación ha invitado a todos los asistentes a este tipo de eventos y espectáculos, en los que se incluyan cláusulas abusivas, a comunicárselo para denunciar estas prácticas ante las autoridades “en defensa de los consumidores y usuarios”.
Tras otras denuncias similares presentadas por FACUA, el Ministerio de Consumo ha incoado esta semana su primer expediente sancionador a la empresa DQG Norte AIE, organizadora del Reggaeton Beach Festival, que programó eventos en once localizaciones de toda España como son Madrid (donde el Ayuntamiento de Madrid les retiró la licencia por motivos de seguridad), Marina D'Or, Asturias, Tenerife, Marbella, Benidorm, Mallorca, Barcelona, Santander, Torrevieja y Galicia.
Facua ha denunciado también a la promotora del festival BBK Live, Last Tour, tanto ante el Ayuntamiento de Bilbao como ante el Instituto Vasco de Consumo (Kontsumobide) por “imponer cláusulas abusivas” a sus asistentes, entre ellas la prohibición de entrar al recinto con comida y bebida comprada fuera y la obligatoriedad de tener que pagar los productos adquiridos dentro del festival solo con la pulsera 'cashless'.