El derecho a la vivienda se reconoció en España por vez primera con la ley vasca de 2015 y ahora, ocho años después, el Gobierno autonómico ha aprobado finalmente el decreto para regularlo. Se puede sustanciar con el acceso a una vivienda protegida en régimen de alquiler asequible en caso de cumplir los requisitos económicos -incluso teniendo otra si no reúne unos mínimos de “habitabilidad”- o con una prestación económica sustitutoria de 300 euros para facilitar la renta del mercado libre. Ha habido varios borradores y retrasos en la tramitación y, de hecho, se había dado septiembre como última fecha, aunque finalmente ha llegado en octubre. El objetivo es ampliar en unos 8.000 a 18.000 los beneficiarios y facilitar una pasarela para que un máximo de hasta 45.000 perceptores de otras ayudas al alquiler se puedan sumar también, incluidos titulares sin permiso de residencia en España que inicialmente se iban a quedar fuera de Etxebide, que es el Servicio Vasco de Vivienda. No se han dado datos de impacto presupuestario.
¿Quiere decir que se inicia ahora la aplicación del derecho a la vivienda? No. En estos años, se había aplicado transitoriamente al amparo de la propia ley. Son unos 8.200 beneficiarios en total. 2.500 familias habían entrado ya a un piso con esta fórmula y 2.100 cobrado la ayuda, llamada PEV. El resto está en lista de espera. “El derecho subjetivo de vivienda es uno de los valores diferenciales de la política de vivienda en Euskadi”, ha señalado el consejero del ramo, Iñaki Arriola, que es de la parte del PSE-EE del Gobierno de coalición con el PNV y que ha querido repetir este mensaje en euskera y en castellano.
La gran novedad del texto es que crea una pasarela para reconocer automáticamente el derecho a los perceptores de otras ayudas sociales relacionadas con el alquiler que ahora desaparecerán, como la prestación complementaria de vivienda (PCV, cobrada en agosto por 24.680 perceptores) asociada a la renta de garantía de ingresos (RGI) o a las ayudas de emergencia social (AES, con unos 10.000 beneficiarios en lo tocante a alquileres). Asimismo, unos 11.000 titulares del ingreso mínimo vital (IMV) que no lo complementan con la RGI entrarían también este régimen transitorio. Sin embargo, hasta el 2 de abril de 2024 no se hará efectivo el reajuste de las prestaciones de vivienda. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) el 25 de octubre, según las estimaciones del Ejecutivo, pero el Gobierno admite que necesita una “vacatio legis” de unos seis meses para garantizar el correcto traspaso de expedientes y medios para tramitar las ayudas. Hasta ahora, la PCV era tramitada por Lanbide y no por Vivienda al estar directamente vinculada con la RGI.
“Se trata de una cuestión de alcance”, ha admitido el consejero. Un volumen potencial máximo de hasta 45.000 personas podría ver reconocido de golpe el derecho a la vivienda, todas ellas de colectivos vulnerables y con rentas bajas. Indica el área de Vivienda que la convergencia crea un marco “transitorio” por el cual se concede un año de PEV a todos a quienes tengan que renovar la PCV. Después, “deberán solicitar el derecho subjetivo a la Vivienda”. El matiz es que hay colectivos, como quienes no tienen permiso de residencia en España, que podían cobrar antes la RGI -y la PCV- pero que quedarían fuera de los reglamentos de Etxebide, el Servicio Vasco de Vivienda, según su regulación hasta ahora.
El consejero Arriola ha prometido que esto no se producirá. “El decreto quiere alinearse con la ley de garantía de ingresos. En ese sentido, si en la ley no se recoge el requisito de residencia, nosotros a futuro tampoco lo recogeremos. Hay muchas personas que cobran la PCV que no reúnen ese requisito [de tener permiso de residencia en España] y no queremos perjudicar a nadie como consecuencia del paso de un sistema de prestación a otra”, ha respondido Arriola en respuesta a preguntas de los periodistas.
El derecho subjetivo y su alcance
La Constitución de 1978, más allá de su literalidad y de la creencia popular, no recoge el acceso a la vivienda como un derecho sino como un principio rector que ha de orientar las políticas públicas. Se requiere que una ley lo desarrolle y, si no, no es posible reclamarlo a los tribunales como sí ocurre con otros derechos fundamentales. Y eso es lo que hizo la ley vasca de 2015, aprobada tras un pacto entre PSE-EE, EH Bildu y UPyD contra el criterio del Gobierno de entonces, un gabinete del PNV en minoría que alertó del “efecto llamada” internacional que podría generar esta norma. Después, también Navarra ha adoptado fórmulas similares aunque allí la coalición en la que se integra el PNV, Geroa Bai, sí se ha sumado a ellas. Ni siquiera la actual normativa estatal de vivienda, aunque en el título lleve una referencia al “derecho”, configura el acceso a una casa como una potestad subjetiva.
El decreto, como antes la ley, marca que para obtener el derecho a la vivienda hay que tener más de 18 años y tener “un año de residencia efectiva” en Euskadi y tres en Etxebide. Se ha destacado que la ley de 2015 pedía cuatro años y que se ha rebajado esta exigencia. Se ha de carecer de una casa -salvo que no reúna unos mínimos de “habitabilidad”- y, en cuanto a los ingresos, se miden en euros “ponderados”, que no son los ingresos brutos o netos de una familia. Son 19.000 para unidades de convivencia de tres o más miembros, 17.000 para dos personas y 13.000 para una. ¿Qué son euros ponderados? Arriola ha dado como ejemplo que los 19.000 podrían ser 21.000 euros reales con un único perceptor en la unidad de convivencia, pero en un extremo podrían pasar hasta los 38.000 euros reales. Ahora son más bajas esas cuantías, de 9.000, 12.000 y 15.000 euros ponderados y en el futuro se irán actualizando mediante órdenes del consejero competente de turno, según se ha indicado. El consejero Arriola ha insistido en que el Gobierno ha sido proactivo hasta ahora en la comunicación a posibles titulares del derecho de que podían solicitarlo y ha añadido que la intención es volver a enviar una nueva remesa de cartas en cuanto entre en vigor el decreto.