EH Bildu presenta una proposición de Ley para que procesados por violencia de género no tengan la custodia de los hijos

EH Bildu ha presentado una Proposición de Ley para impedir que los progenitores que estén inmersos en procedimientos judiciales por supuestos de violencia de género puedan ejercer la guardia y custodia compartida de los hijos, con el objetivo de proteger a los menores. Con este mismo objetivo, también plantea que se les pueda suspender el derecho a visitas o comunicación, por decisión judicial.

Estas son algunas de las medidas que recoge la Proposición de modificación de la Ley vasca 7/2015, de 30 de junio, de relaciones familiares en supuestos de separación o ruptura de los progenitores, registrada por la portavoz suplente del grupo soberanista en el Parlamento Vasco, Oihana Etxebarrieta, recogida por Europa Press.

En la exposición de motivos, Etxebarrieta asevera que, doce años después de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por la que se crearon órganos judiciales especializados para abordar los aspectos penales y civiles relacionados con la violencia de género desde un prisma global, “este objetivo no se ha logrado”.

En este sentido, destaca que diferentes estudios indican que el 97% de los hombres con orden de alejamiento de la madre por violencia de género, tienen otorgado por el juez un régimen de visitas a sus hijos, e incluso, en algún caso, de custodia compartida.

EH Bildu destaca que organizaciones de mujeres, ONG, Amnistía Internacional e incluso el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) denuncian “la falta de protección de los menores de edad, expuestos de forma reiterada en la violencia machista en su entorno más cercano”.

La formación soberanista subraya que, durante los últimos meses, se han producido en Euskadi “episodios graves de violencia contra mujeres y menores con consecuencias muy dolorosas que han despertado aún más la conciencia social, y que hacen necesario que se den pasos por parte de las instituciones”.

Muertes en presencia de los hijos

Por ello, cree que esto hace “más necesaria la modificación de la legislación vigente”. “No podemos aceptar que vuelvan a ocurrir casos como la muerte violenta de mujeres en presencia de sus hijos menores de edad, del asesinato de menores de edad, y denuncias de acoso sexual o incluso acoso sicológico grave a menores”, añade.

A su juicio, “la ausencia de perspectiva de género en la Administración de Justicia, está desembocando en fatídicas consecuencias para niños”. “Se ha comprobado que la violencia de género, las medidas cautelares que esta pueda llevar aparejada, que incluyen, desde la prisión provisional, al alejamiento previsto en el artículo 544 bis, o la orden de protección cuyo contenido es más amplio, dejan en manos del juez un pronunciamiento de peligro que se traduce, en muchas ocasiones, en la no adopción de medidas de protección”, añade.

En esta línea, lamenta que la violencia machista no sea “determinante para la fijación del régimen de visitas”. “A pesar de que la Ley lo contempla, los jueces no acuerdan medidas directas que puedan llevar a la suspensión de las visitas cuando se den supuestos de violencia de género, se observa en las instancias jurídicas que, frente a progenitores, normalmente padres maltratadores, no se da una respuesta inmediata”, remarcado.

De esta forma considera que “el sistema judicial asume, en cierta manera, una paternidad violenta, exenta de responsabilidades y que goza de derechos absolutos, concediéndoles la posibilidad de ejecutar el derecho de visitas, acceder a la guardia y custodia compartida, incluso con medidas de protección vigentes”.

Modificaciones legales

Por todo ello, EH Bildu pide que se reforme, entre otras cosas, el artículo 3 de la norma vasca, que regula las relaciones familiares en supuestos de separación o ruptura de los progenitores, para que recoja, que “cualquier decisión, resolución o medida que afecte a hijos e hijas menores de edad, deberá adoptarse en interés y beneficio de estos, garantizando la protección de todos sus derechos en el que se incluya de manera específica su derecho a la integridad física y moral”.

En este mismo apartado, pretende que se establezca que los hijos tendrán derecho a un contacto directo con sus progenitores de modo regular, y a que ambos participen en la toma de decisiones inherentes a la titularidad y ejercicio de la patria potestad, “salvo cuando se encuentre el progenitor incurso en una causa por violencia de género, en cualquiera de sus modalidades legales, y se haya adoptado alguna medida de protección respecto de la víctima, o cuando la causa que se lleve adelante lo sea por violencia contra el menor”.

El grupo soberanista también reclama que se añada un artículo 9 bis destinado a que, “cuando alguno de los progenitores esté incurso en un procedimiento judicial por razón de violencia de género, se hayan adoptado o no medidas en relación con el mismo”, no tenga derecho a ejercitar la guardia y custodia compartida.

También insta a la supresión del apartado 3 y la reforma del apartado 1 del artículo 11, para que el padre que no tenga consigo a los hijos menores o discapacitados, pueda gozar, con carácter general, del derecho a visitarles y comunicarse con ellos, pero precise que este derecho podrá ser suspendido por decisión judicial “cuando esté inmerso en procedimiento judicial por violencia de género, se hayan o no adoptado medidas en relación con el mismo y, haya o no al momento de la decisión, sentencia”.

Para la adopción de esta medida, propone que se recabe informe de los Servicios de Mediación Familiar, médico, social y psicológico. Asimismo, plantea que se tengan en cuenta los indicios existentes sobre la comisión del delito y las decisiones judiciales en vigor para adoptar. Las partes podrán hacer alegaciones, mientras que el juzgador será el que resuelva, una vez oídas todas las opiniones y valorando toda la información recibida.