La Audiencia Provincial de Álava ha absuelto por el caso del matadero ilegal desmantelado en 2018 en la Cuadrilla de Ayala (Álava) a siete de los trece acusados por maltrato animal y delito contra la salud pública, debido a un error judicial en los plazos; mientras que a los otros seis procesados se les ha impuesto penas de entre tres meses y un año de cárcel, y multas de entre 360 y 540 euros. El Ministerio Fiscal y la defensa han alcanzado un acuerdo para reducir la peticiones de penas y ninguno de los seis considerados culpables en la sentencia tendrá que ingresar en prisión, por maltrato animal y la distribución sin control de carne, destinada al consumo humano.
Por otra parte, el tribunal ha absuelto a otros siete encausados, al haberse vulnerado los plazos procesales durante la instrucción de la causa, ya que su citación para declarar como investigados se produjo “fuera del plazo de los seis meses desde el inicio de la instrucción”, marcado por el Artículo 324 de la ley de Enjuiciamiento Criminal. Finalmente, la causa, que se debía dirimir a lo largo de esta semana, ha finalizado este mismo lunes con el pronunciamiento en firme de la Audiencia Provincial de Álava. Tras absolver a siete de los trece encausados, el juicio ha tenido un receso de más de dos horas y media, en el que Fiscalía y defensa han alcanzado un pacto.
Así, para dos de los seis culpables, la Audiencia ha impuesto un año de prisión (seis meses por un delito continuado de maltrato animal y otros seis meses por un delito contra la salud pública); así como dos años de inhabilitación para trabajar con animales y 18 meses de inhabilitación para tenencia de los mismos, y el pago de una multa de 540 euros, respectivamente. Los otros cuatro acusados han sido condenados a tres meses de prisión, nueve meses de inhabilitación especial para oficio con relación con animales y tenencia de animales, además de una multa de 360 euros, según recoge Europa Press.
Tras estudiarse los antecedentes penales de cada uno de los seis imputados, el tribunal ha concedido “la suspensión de ejecución de las penas de prisión impuestas”, demandadas por los diferentes abogados, “con la condición de que no cometan nuevos delitos en los próximos dos años”. Cuatro de los condenados tenían antecedentes por diversos delitos (lesiones, violencia machista y tráfico de drogas), pero, según ha explicado el presidente del tribunal, “son cancelables y no computables de acuerdo al artículo 80 del Código Penal”, por lo que eluden entrar a prisión.
Plazos procesales
El inicio del juicio ha estado marcado por la absolución de siete de los trece encausados, al haberse vulnerado los plazos procesales durante la instrucción de la causa. Sus defensas han solicitado la nulidad de las actuaciones contra sus clientes porque su citación para declarar como investigados se produjo “fuera del plazo de los seis meses desde el inicio de la instrucción”, marcado por el Artículo 324 de la ley de Enjuiciamiento Criminal.
El tribunal y el Ministerio Fiscal han dado por buenas las peticiones de las defensas de la mitad de los procesados que han demandado su “absolución y la nulidad de las actuaciones derivadas”, al ser “extemporáneas” y, tanto “tomadas como acordadas, fuera del plazo” estimado por la ley. “El tribunal estima la presunción deducida a seis de los acusados, ya que se ha constatado que su declaración se obtuvo y fue acordada fuera de los seis meses que rige la ley. Todas las diligencias acordadas con posterioridad quedan descartadas por nulidad”, ha anunciado el magistrado.
Las defensas de estos seis acusados han argumentado que “el Juzgado de Amurrio, encargado de la causa, realizó los autos de instrucción, pasados seis meses”, por lo que “son extemporáneas todas las diligencias realizadas a partir de esa fecha”. “Se trata de procedimientos nulos y, por ello, debe suspenderse la vista. Las diligencias son nulas, ya que, desde el auto de incoación está fuera de plazo y todos los hechos quedarían nulos”, han añadido uno a uno los letrados de seis de los trece procesados.
La absolución también afecta a un séptimo encausado, que no ha comparecido a la primera sesión del juicio y había sido “declarado en rebeldía”. Así, los siete acusados que declararon a partir del 21 de noviembre de 2018, han sido absueltos de la causa, ya que “sus declaraciones se obtuvieron fuera de los seis meses que marca la ley”.
“Un dolor intenso, miedo y angustia”
En un principio, la Fiscalía demandaba penas que superaban los once años de cárcel para los máximos responsables de la trama, pero, finalmente y tras la absolución de siete procesados por un error en el procedimiento judicial, el fiscal ha rebajado sus peticiones para el resto de encausados por los delitos de maltrato animal y contra la salud pública. La causa se ha celebrado seis años después de que en 2018, la Ertzaintza desmantelara un matadero ilegal en la Cuadrilla de Ayala que distribuía carne sin control, destinada al consumo humano.
Según la Ertzaintza, el grupo desmantelado llevaba funcionando unos cinco años y, además de criar ganado vacuno y ovino, el recinto era utilizado como matadero ilegal, donde se sacrificaban vacas y ovejas sin los permisos administrativos ni controles sanitarios. Ese ganado era ofrecido por propietarios de Bizkaia y Cantabria, y se trataba de animales que no tenían salida en el mercado legal y “para los que buscaban un rendimiento en el mercado negro”. Asimismo, los informes policiales apuntaban también a la comercialización y distribución de esa carne, que en su mayoría iba destinada a domicilios particulares de Bilbao y de Vitoria-Gasteiz, entre otras localidades.
Según la Fiscalía, las instalaciones del matadero ilegal no eran adecuadas para el sacrificio de animales, se efectuaba por personas “sin formación y sin habilidad necesaria para el manejo de los animales”, lo que provocaba en el animal “un dolor intenso, miedo y angustia”. Se estima que semanalmente daban muerte a una media de dos vacas y veinticinco cabezas de ganado ovino, sin los permisos administrativos ni controles sanitarios.