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Publicado el decreto de ayudas para los jóvenes agricultores, con cuantías de hasta 70.000 euros

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado el decreto por el que se regulan las ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores, con las que se pretende rejuvenecer la población activa agraria y fomentar el relevo generacional en el campo extremeño.

Las ayudas se destinan a personas que no hayan sido titulares de una explotación agraria con anterioridad a los doce meses previos a la presentación de la solicitud y se instalen por primera vez en una explotación agraria prioritaria como jefe de la misma o mediante titularidad compartida.

Se pretende mejorar la competitividad y dinamizar el sector; fomentar el empleo en el sector agrario; contribuir al mantenimiento de la población en el medio rural; y evitar el abandono de las explotaciones mejorando su dimensión, entre otros fines.

Una prima

La subvención consiste en una prima que comprende dos conceptos, una prima básica y unos incrementos. La cuantía de la prima básica se establece en 15.000 euros, que se podrán incrementar hasta un máximo de 70.000 euros, en función de que en el Plan Empresarial que presente el solicitante de la subvención esté prevista la realización de actuaciones y gastos para la puesta en marcha de la explotación, o, entre otras cuestiones, la generación de empleo adicional.

Estas subvenciones se incluyen en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 y están cofinanciadas en un 75 por ciento por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). 

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado el decreto por el que se regulan las ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores, con las que se pretende rejuvenecer la población activa agraria y fomentar el relevo generacional en el campo extremeño.

Las ayudas se destinan a personas que no hayan sido titulares de una explotación agraria con anterioridad a los doce meses previos a la presentación de la solicitud y se instalen por primera vez en una explotación agraria prioritaria como jefe de la misma o mediante titularidad compartida.