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Vacunación contra lengua azul se extiende a toda Extremadura y límite con Francia

La vacunación obligatoria contra el virus de la lengua azul se extiende a toda Extremadura, así como vacunación preventiva a la zona limítrofe con Francia, según recoge la nueva orden de medidas de restricción de movimientos y vacunación publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En concreto, se amplía la zona de restricción frente al serotipo 1 a toda la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluyéndola como zona de vacunación obligatoria e instaurando medidas para minimizar el riesgo de los movimientos de animales sensibles.

Además, dada la situación de la enfermedad en Francia, se ha decidido establecer un área de vacunación preventiva frente al serotipo 8 de la lengua azul en la franja fronteriza con el país galo.

Según recoge el texto, Aragón, Cataluña y Navarra han manifestado su interés en llevar a cabo esta vacunación propuesta por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) en los bovinos y ovinos.

Concretamente, la vacunación preventiva frente al sertoipo 8 pasa a ser obligatoria en vacuno y ovino mayor de 3 meses en Aragón: comarcas veterinarias zaragozanas de Sos del Rey Católico, Jaca, Ejea de los Caballeros y Zuera; y en las comarcas oscenses de Ayerbe, Barbastro, Binéfar, Boltaña, Castejón de Sos, Grañén, Graus, Huesca, Jaca, Monzón, Sabiñanigo, Sariñena y Tamarite de Litera).

En Cataluña, en las comarcas barcelonesas de l'Anoia, Bages, Baix Llobregat, Berguedà, Maresme, Osona, Vallès Occidental y Vallès Oriental; las comarcas leridanas de Alt Urgell, Alta Ribagorça, Cerdanya, Noguera, Pallars Jussà, Pallars Sobirà, Pla d'Urgell, Segarra, Segriá, Solsonès, Urgell y Vall d'Aran y la provincia de Girona al completo.

Además, esta vacunación obligatoria se extiende a la totalidad de la comunidad foral de Navarra.

La vacunación deberá finalizar antes del 30 de abril próximo, aunque las autoridades competentes de cada comunidad autónoma podrán ampliar este período de manera motivada.

Será voluntaria en los bovinos y ovinos mayores de tres meses en los que no sea obligatoria la vacunación frente al serotipo 8, siempre que estén ubicados en el País Vasco o en los animales que vayan a ser objeto de movimiento intracomunitario a Francia para su lidia o movimientos temporales para participar en ferias, mercados o exposiciones en este país y esté previsto su retorno al origen.

En este caso la vacunación deberá ser autorizada por la autoridad competente de la comunidad autónoma de origen, según recoge el BOE.

La vacunación obligatoria contra el virus de la lengua azul se extiende a toda Extremadura, así como vacunación preventiva a la zona limítrofe con Francia, según recoge la nueva orden de medidas de restricción de movimientos y vacunación publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En concreto, se amplía la zona de restricción frente al serotipo 1 a toda la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluyéndola como zona de vacunación obligatoria e instaurando medidas para minimizar el riesgo de los movimientos de animales sensibles.