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El plan de demolición del resort de lujo Isla de Valdecañas tiene que estar listo antes de final de año

Vista de las villas de lujo y el campo de golf en la urbanización Marina Isla de Valdecañas (Cáceres)

Santiago Manchado

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La sentencia del Tribunal Supremo que ordena la demolición total del complejo de lujo Marina Isla de Valdecañas, en el norte de la provincia de Cáceres, es firme y debe seguir adelante a pesar del incidente de nulidad presentado por la Junta de Extremadura y por los propietarios de los chalets. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura realiza esta consideración en un auto fechado el 16 de marzo, al que ha tenido acceso elDiario.es/extremadura, y en el que da un plazo máximo de 8 meses a la Junta para que elabore un plan de trabajo para proceder a la demolición y restauración de la zona.

El TSJEx justifica el plazo por la complejidad, variedad y numerosas medidas a adoptar, que incluyen desde la forma de ejecutar la demolición, las fases, los procedimientos de adjudicación, el desalojo de las viviendas, hotel y demás instalaciones, la gestión de residuos y las disposiciones presupuestarias necesarias. 

No obstante, la Junta de Extremadura podrá mantener el anterior plan, “en todo lo que no sea incompatible con el pronunciamiento del Supremo”, e incluir las nuevas fases de demolición, pero las medidas de ejecución deberán comenzar “a la mayor brevedad a partir de la aprobación y resolución de todas las controversias que puedan surgir”. Y es que el Gobierno regional ya había puesto en marcha un plan de trabajo que incluía labores de restauración medioambiental después de que el TSJEx ordenara en 2020 el mantenimiento de todo lo que ya estaba construido en Isla de Valdecañas y la eliminación de lo que estaba en fase de estructura o no levantado. Ahora esa programación de trabajo deberá ampliarse.

El plan deberá contener las previsiones y medidas para dejar libre de personas y usuarios todas las viviendas -185 villas-, el hotel, el campo de golf y demás instalaciones, pero se salvan las estaciones depuradoras porque son “un claro beneficio medioambiental” y dan servicio a las aguas residuales de las poblaciones de El Gordo y Berrocalejo y no han sido rechazadas por las asociaciones demandantes, subraya el auto.

La Junta también deberá incluir en ese plan “ todas las medidas y necesidades de demolición, revegetación, adjudicaciones, gestión de residuos, declaraciones de impacto ambiental, etc., que sean precisas para la demolición total del complejo”, además de precisar de manera individualizada la medida, el coste, las personas responsables de su ejecución o procedimiento de adjudicación y el calendario y el tiempo para su realización.

El auto del TSJEx también indica que no se fijan indemnización a las dos asociaciones ecologistas -Ecologistas en Acción CODA y Adenex al proceder la ejecución de las sentencias en sus propios términos. El TSJEx condenó a la Junta en 2020 al pago de 250.000 euros a cada una de las asociaciones, pero renunciaron al cobro confiando en el recurso que presentaron para conseguir el derribo total del complejo de lujo, como ha sucedido.

Por último, se recuerda a los propietarios, las comunidades de propietarios “y demás entidades afectadas por la sentencia”, como los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo, que deben facilitar a la Administración la realización de las medidas de ejecución y que es obligación de todas las partes el cumplir las sentencias en sus propios términos.

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