El TSJEx paraliza la contrucción de fotovoltaicas en los Llanos de Cáceres

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La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha dictado un auto en el que acuerda la ejecución provisional de la sentencia de diciembre de 2021 que anula la modificación del Plan General Municipal (PGM) de Cáceres, aprobada para regular la instalación de plantas de energía solar fotovoltaica en el Suelo No Urbanizable de Protección de Llanos (SNUP-LL).

En esa sentencia la Sala argumentaba que la anulación fue “debida a la falta de motivación al no apoyarse en el interés general municipal sino en los intereses de las empresas que promovían las plantas solares”.

La resolución está recurrida en casación ante el Tribunal Supremo (TS) y el colectivo ambientalista Adenex solicitó su ejecución provisional, lo que ha estimado la Sala Contencioso-Administrativo del TSJEx.

En el auto se reseña que lo que pide la parte actora no es la ejecución de la sentencia en toda su amplitud, sino adoptar una serie de medidas a fin de evitar que se consoliden situaciones materiales que serían incompatibles con la sentencia del TSJEx si es confirmada por el Supremo, ha informado el alto tribunal extremeño en un comunicado.

En concreto, señala el auto, “se trata de evitar el inicio y ejecución de plantas solares que no resultarían compatibles con la anulación de la modificación puntual del PGM de Cáceres, evitando la consolidación de situación constructivas ilegales o la necesidad de ser posteriormente derribadas con los mayores y evidentes perjuicios de toda índole que ello produciría, como resulta notorio para todas las partes”.

Por todo ello, la Sala acuerda “la suspensión de los procedimientos de autorización para la instalación de plantas para la producción de energía solar fotovoltaica que tengan cobertura en la Resolución de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (de 1 de diciembre de 2020), relativa a la modificación puntual del PGM para regular la instalación de plantas para la producción de energía solar fotovoltaica en parte del Suelo No Urbanizable de Protección de Llanos (SNUP-LL)”.