Dos años y medio de cárcel para el maquinista y el exjefe de seguridad de Adif por el accidente del Alvia que mató a 80 personas

Beatriz Muñoz

Santiago de Compostela —

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El Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela ha condenado a dos años y seis meses de cárcel a Francisco Garzón, el maquinista del tren Alvia que descarriló en la curva de Angrois el 24 de julio de 2013, y al que era director de Seguridad en la Circulación de Adif cuando se puso en funcionamiento la línea, Andrés Cortabitarte, por 79 delitos de homicidio y 143 delitos de lesiones por imprudencia grave. Cuando se cumplen 11 años de lo ocurrido, la sentencia considera que el accidente se debió a que no se pusieron medidas para mitigar los riesgos de usar un sistema de seguridad que dejaba toda la responsabilidad al maquinista y también al despiste de este tras recibir una llamada del interventor.

La jueza, Elena Fernández Currás, califica en una larga sentencia de “incomprensible” que no se hiciese un análisis de riesgos de seguridad después de hacer un cambio relevante en el proyecto de la línea: se había concebido diseñado como una conexión de alta velocidad, con uno de los sistemas de protección del tren más seguro que existía (el ERTMS, con capacidad para frenar el tren de forma automática si se están superando las velocidades máximas), pero luego se modificó y se dejaron unos kilómetros sin ese sistema. En su lugar se usó en el trecho en el que descarriló el tren el ASFA, en el que el frenado queda en manos del maquinista.

Los dos condenados por la sentencia, que es recurrible ante la Audiencia Provincial de A Coruña, están también inhabilitados para ejercer sus profesiones durante cuatro años y medio. La jueza impone también el pago de una indemnización a las víctimas, con responsabilidad civil directa de las aseguradoras de Renfe y Adif (QBE y Allianz Global, respectivamente), que supera los 25 millones de euros. Las acusaciones pedían una condena por 80 delitos de homicidio -aunque las víctimas contabilizan 81-, pero la jueza considera que las lesiones que sufrió una de las personas en el accidente no provocaron su fallecimiento, que fue 73 días después del descarrilamiento a consecuencia, dice, de una grave enfermedad que padecía. Sí sostiene que las heridas provocaron que empeorase, de modo que lo incluye entre los lesionados y ordena que sus familiares reciban una indemnización.

Sobre el maquinista, la sentencia expone que recibió una llamada “carente de urgencia” del interventor, que le quería hacer una consulta sobre unos pasajeros que se iban a bajar en Pontedeume, más de una hora después. Eso le hizo perder “su localización en la vía y no vio algunas de las señales” que le habrían permitido ubicarse en una zona cercana a la curva de Angrois, en la que tenía que reducir mucho la velocidad. Considera la jueza que esto fue una “omisión de la más elemental de las precauciones de un profesional de asegurarse, antes de contestar la llamada, del lugar en el que estaba o, incluso, de hacerlo durante la conversación”.