La Ley de Memoria Democrática, aprobada el pasado octubre, no sirve para juzgar los crímenes franquistas. Así lo ha dictaminado el Juzgado de Instrucción número 1 de Ferrol en el primer auto posterior a la aprobación de la norma, derivado de una querella interpuesta por el hermano de Moncho Reboiras. Reboiras, uno de los líderes de la izquierda nacionalista gallega y militante de la Unión do Povo Galego (UPG), fue asesinado por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado franquista el 11 de agosto de 1975 en, precisamente, Ferrol.
La querella de su hermano, presentada en febrero, imputaba a 24 miembros de las entonces llamadas Policía Armada y Brigada Político Social un delito de “asesinato en concurso con crimen de lesa humanidad”. La magistrada Ana González Lorenzo ha decretado el sobreseimiento libre y el archivo de las actuaciones por “prescripción de los delitos objeto de denuncia”. Esta se retrotrae a anteriores resoluciones judiciales, anteriores a la nueva ley, que rechazaron denuncias similares, y se apoya en tres puntos: la Ley de Amnistía de 1977, el principio de legalidad vigente cuando ocurrieron los hechos y la prescripción de los mismos.
“La Ley de Memoria Democrática no pone fin a la impunidad de los crímenes franquistas”, señala a elDiario.es una portavoz de la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina contra los Crímenes del Franquismo (Ceaqua), que ampara la demanda. Este punto fue uno de los que, durante su tramitación y aprobación en el Congreso de los Diputados, provocó que algunos grupos de izquierda se negasen a votar a favor. “La norma no modifica ni deroga la Ley de Amnistía y la introducción en el Código Penal del principio de legalidad desde una perspectiva de Derecho Internacional de los Derechos Humanos fue rechazada en el Parlamento durante la presente legislatura”, dice el comunicado de Ceaqua y Amnistía Internacional sobre el archivo de la querella de Reboiras.
Los querellantes recurrirán el auto ante la Audiencia Provincial de A Coruña.