La Marea Atlántica presenta una denuncia por transfuguismo contra el gobierno socialista de A Coruña que fichó a una ex edil de Ciudadanos

Daniel Salgado

29 de enero de 2021 18:02 h

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El 1 de septiembre del pasado año, Mónica Martínez Lema se incorporaba, como edil de Deportes, al Gobierno local socialista de A Coruña. Lo hacía en calidad de concejala no adscrita, después de haber sido elegida por la lista de Ciudadanos en mayo de 2019 y haber abandonado el partido un año más tarde. Para Marea Atlántica, se trata de transfuguismo. Tras ver como la alcaldía rechazaba su escrito de reposición en contra del nombramiento, ahora lo lleva a la justicia. Este viernes ha interpuesto el recurso previo a la demanda en el juzgado de lo Contencioso Administrativo de la ciudad.

El documento presentado reclama la nulidad de la resolución de la Alcaldía que desestimaba la protesta del grupo izquierdista, actualmente en la oposición. Según esta, ocho folios emitidos el 1 de diciembre de 2020 y firmados por la propia alcaldesa, Inés Rey, “nada obsta para que una concejala que haya adquirido la condición de no adscrita ostente competencias por delegación de la Alcaldía-Presidencia, sea nombrada miembro de la Xunta de Gobierno Local y perciba las retribuciones acordadas por el Pleno”. Los decretos del nombramiento, así, “no están incursos en causa de nulidad alguna y resultan plenamente conformes a derecho”.

Marea Atlántica apoya su argumentación en varias sentencias recientes y en la última actualización del Pacto Antitransfuguismo, en noviembre. Esta incumbe directamente al caso coruñés, ya que se “refuerza el criterio de que la persona tránsfuga no pueda gozar de los derechos económicos y administrativos que les corresponden a los grupos políticos”. Martínez Lema pasó de cobrar una dedicación parcial como única integrante del grupo mixto del pleno de A Coruña a una dedicación exclusiva en el gabinete local. Su salario también subió: de los 44.687 euros anuales a los 59.582.

Los dictámenes judiciales que esgrime Marea Atlántica son, sobre todo, dos. La primera la dictó la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo el pasado octubre y fija como doctrina que “el pase a la condición de concejal no adscrito, como consecuencia o por razón de un supuesto de transfuguismo, impide que se asuman cargos o que perciban retribuciones que antes no ejercía o percibía e impliquen mejoras personales, políticas o económicas. Queda excluida de esta limitación la incorporación a las comisiones informativas”.

La segunda lo aplica a un caso concreto en Font de la Figuera, en la Comunidad Valenciana. Allí la única concejala de Ciudadanos en el mandato 2015-2019 fue expulsada de la formación naranja por apoyar un alcalde de Compromís. Pasó a no adscrita y el Gobierno local -formado por Compromís y PSOE- la nombró teniente de alcalde. Le denuncia del PP, el único partido de la oposición, llegó al Supremo, que ratificó la sentencia del Superior valenciano y anuló sus cargos.