Se trata de una actividad cíclica, que aunque no se repita en fechas exactas, pero sí aproximadas, se reitera en el tiempo y aparece dotada de homogeneidad. Por ello, la falta de llamamiento [de la trabajadora] para la temporada de 2016 [...] comportó la existencia de un despido improcedente de la trabajadora“. Así ratifica el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) la condena a la empresa pública Tragsa por despido improcedente por no contratar en 2016 a una brigadista con la que sí había contado en las campañas de lucha contra los incendios forestales de la Xunta de Galicia entre 2011 y 2015 a razón de dos o tres meses cada año.
La sentencia, emitida por el TSXG el pasado 22 de enero, continúa en la línea de otras emitidas anteriormente sobre contratos temporales irregulares y es reveladora de la precariedad con la que la Xunta trata al personal de la lucha contra el fuego, parte del cual contrata a través de Seaga y Tragsa, empresas públicas autonómica y estatal, respectivamente, a las que encarga la gestión de brigadas. Una gestión que viene estando rodeada de polémica por la discrecionalidad de las contrataciones. La precariedad, en todo caso, se extiende también al personal de la propia administración a pesar de la promesa de mejorar esa situación.
Según el relato de los hechos de la sentencia, la trabajadora en cuestión fue contratada para el distrito forestal de O Condado-A Paradanta en primer lugar por la empresa pública autonómica Seaga del 12 de julio al 17 de septiembre de 2011. A partir del ejercicio siguiente ya sería Tragsa quien la contrataría, nunca por más de tres meses cada año: en 2012 del 25 de julio al 6 de octubre, en 2013 del 13 de agosto al 12 de noviembre, en 2014 del 26 de agosto al 25 de noviembre y en 2015 del 16 de julio al 5 de octubre. Según la sentencia, como peón de incendios cobraba 1.214,15 euros brutos mensuales con las pagas extras prorrateadas, contratos que se firmaban como temporales por obra o servicio y con financiación de fondos europeos.
Sin embargo, en 2016 Tragsa dejó de llamar a la trabajadora, que primero pidió un acto de conciliación y, al no ser atendida su petición por la empresa, recurrió a la Justicia. El Juzgado del Social número 3 de Vigo, en sentencia del 20 de julio del año pasado, le dio la razón a la trabajadora y condenó a Tragsa a readmitirla “o abonarle una indemnización de 1.765,45 euros” por lo que consideró un despido improcedente con fecha del 10 de julio de 2016, el día en que la empresa llamó al resto de trabajadores pero no a la afectada. Tragsa recurrió pero el TSXG ratifica ahora esa condena.
Según el tribunal, “la naturaleza de su relación laboral” y la forma en que ésta se ejecutó con sucesivos llamamientos para actuar en las campañas contra incendios, por tratarse de una actividad cíclica (aunque lo fueran bajo la forma irregular de nuevas contrataciones temporales), es la propia de un trabajador indefinido discontinuo desde el inicio de esa relación, cuya falta de llamamiento en la nueva campaña fue correctamente calificado cómo despido improcedente“.
Tragsa y Seaga no sólo están en el foco de los sindicatos y la justicia por la precariedad de sus contrataciones para las brigadas contra incendios. El Consello de Contas, órgano de fiscalización autonómico equivalente al Tribunal de Cuentas estatal, también criticó que esas dos entidades vienen subcontratando sin control la mitad de los trabajos que les encarga el Gobierno gallego. Igualmente, Contas criticó que la Xunta les encargue tareas que debería acometer ella misma, lo que sólo en 2013 acabó implicando la conversión en funcionarios, tras las respectivas denuncias judiciales, de 29 trabajadores de esas empresas públicas.